Características del servicio

Style Servicios De Transporte Y Logística Expeditado Sociedad An Exp: 206/2023

Federal > Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua de Décimo Séptimo Circuito
Actor: Style Servicios De Transporte Y Logística Expeditado, Sociedad Anónima De Capital Variable
Demandado: Juez Cuarto Civil Por Audiencias Del Distrito Judicial Bravos
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 206/2023 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Incidental fue promovido por Style Servicios De Transporte Y Logística Expeditado, Sociedad Anónima De Capital Variable en contra de Juez Cuarto Civil Por Audiencias Del Distrito Judicial Bravo en el Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua en Circuito 17 (Chihuahua). El Proceso inició el 24 de Febrero del 2023 y cuenta con 16 Notificaciones.

Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes

 

Buscar Antecedentes
Legales y Expedientes

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Recibir notificaciones
de este Expediente

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Notificaciones del Expediente 206/2023

  • 03 de Diciembre del 2024

    Actor: Style Servicios de Transporte y Logística Expeditado, Sociedad Anónima de Capital Variable

    Demandado: Juez Cuarto Civil por Audiencias del Distrito Judicial Bravos

    Ciudad Juárez, Chihuahua, dos de diciembre de dos mil veinticuatro. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 62 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, agréguese el escrito firmado por el apoderado de la moral quejosa, a través del cual solicita la devolución del billete de depósito N 954964, por la cantidad de $********************(********************/100 moneda nacional), que exhibió con el fin de que siguiera surtiendo efectos la suspensión definitiva otorgada en el incidente de suspensión derivado del presente juicio de amparo. Ahora bien, del estado procesal que guardan los autos se advierte que mediante proveído de cinco de enero del año en curso, se decretó el archivo del juicio en que se actúa, por encontrarse concluido, por lo que en esa misma fecha se ordenó agregar el cuadernillo del incidente de suspensión relativo al presente expediente. Por tanto, como lo solicita el promovente, y toda vez que resulta innecesaria su conservación, se procede a la devolución del citado billete a su depositante ********************; en el entendido de que cuenta con un plazo de dos años, contados a partir del siguiente en que surta efectos la notificación que se le haga de este acuerdo, para que comparezca personalmente en días y horas hábiles ante este tribunal a recibir dicha garantía, trayendo consigo identificación original vigente con fotografía; apercibido que de no hacerlo en dicho lapso, se hará efectivo el mismo a favor del erario federal, acorde a lo dispuesto en los artículos 36, 37, 45 y 48 párrafo segundo, de la Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación

  • 11 de Enero del 2024

    Actor: Style Servicios de Transporte y Logística Expeditado, Sociedad Anónima de Capital Variable

    Demandado: Juez Cuarto Civil por Audiencias del Distrito Judicial Bravos

    SE NOTIFICA A LA PARTE TERCERA INTERESADA, POR MEDIO DE LISTA, EL PROVEÍDO DE 05 DE ENERO DE 2024, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN I, INCISO B), DE LA LEY DE AMPARO: Acuerdo: agréguese a los autos el oficio de cuenta, signado por el Secretario adscrito al Primer Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito, con sede en esta ciudad, con el cual notifica la resolución adjunta emitida en sesión de siete de diciembre último, en el amparo en revisión civil ********************, formado con motivo del medio de impugnación interpuesto por la quejosa ********************, a través de su apoderado, contra la sentencia dictada el doce de abril del año próximo pasado, en la que la superioridad resolvió: "PRIMERO. Se confirma la sentencia recurrida. SEGUNDO. Se sobresee en el juicio de amparo promovido por ********************, contra los actos que reclamo a la Juez Cuarto de lo Civil por Audiencias del Distrito Judicial Bravos, consistente en el auto dictado en el expediente ******, de quince de febrero de dos mil veintitrés, mediante el cual admitió al prueba pericial contable." Ahora bien, toda vez que no existe diligencia pendiente de desahogar ni actuación alguna por cumplimentar; aunado a lo anterior, de conformidad con el párrafo segundo, del artículo 25 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de valoración, destrucción, digitalización, transferencia, resguardo y destino final de los expedientes judiciales generados por los órganos jurisdiccionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el siete de junio de dos mil veintitrés, se constató que las constancias que integran la versión electrónica del expediente en que se actúa, se encuentran debidamente digitalizadas y vinculadas en el Sistema Integral de Seguimiento de Expediente (S.I.S.E.); por tanto, agréguese el cuaderno original del incidente de suspensión y con fundamento en los preceptos 196 y 214 de la ley de la materia, archívese el presente asunto como totalmente concluido y en su oportunidad, remítase al área respectiva para su resguardo

  • 08 de Enero del 2024

    Actor: Style Servicios de Transporte y Logística Expeditado, Sociedad Anónima de Capital Variable

    Demandado: Juez Cuarto Civil por Audiencias del Distrito Judicial Bravos

    agréguese a los autos el oficio de cuenta, signado por el Secretario adscrito al Primer Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito, con sede en esta ciudad, con el cual notifica la resolución adjunta emitida en sesión de siete de diciembre último, en el amparo en revisión civil ********************, formado con motivo del medio de impugnación interpuesto por la quejosa ********************, a través de su apoderado, contra la sentencia dictada el doce de abril del año próximo pasado, en la que la superioridad resolvió: "PRIMERO. Se confirma la sentencia recurrida. SEGUNDO. Se sobresee en el juicio de amparo promovido por ********************, contra los actos que reclamo a la Juez Cuarto de lo Civil por Audiencias del Distrito Judicial Bravos, consistente en el auto dictado en el expediente ******, de quince de febrero de dos mil veintitrés, mediante el cual admitió al prueba pericial contable." Ahora bien, toda vez que no existe diligencia pendiente de desahogar ni actuación alguna por cumplimentar; aunado a lo anterior, de conformidad con el párrafo segundo, del artículo 25 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de valoración, destrucción, digitalización, transferencia, resguardo y destino final de los expedientes judiciales generados por los órganos jurisdiccionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el siete de junio de dos mil veintitrés, se constató que las constancias que integran la versión electrónica del expediente en que se actúa, se encuentran debidamente digitalizadas y vinculadas en el Sistema Integral de Seguimiento de Expediente (S.I.S.E.); por tanto, agréguese el cuaderno original del incidente de suspensión y con fundamento en los preceptos 196 y 214 de la ley de la materia, archívese el presente asunto como totalmente concluido y en su oportunidad, remítase al área respectiva para su resguardo

  • 22 de Mayo del 2023

    Actor: Style Servicios de Transporte y Logística Expeditado, Sociedad Anónima de Capital Variable

    Demandado: Juez Cuarto Civil por Audiencias del Distrito Judicial Bravos

    Con fundamento en el artículo 62 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, agréguese a los autos el oficio de cuenta, signado por la licenciada ***, Actuaria Judicial adscrita al Primer Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito, con sede en esta ciudad, con el que notifica el acuerdo adjunto de dieciocho de los actuales, en que se admitió a trámite el recurso de revisión que hizo valer la quejosa Style Servicios de Transporte y Logística Expeditado, Sociedad Anónima de Capital Variable, a través de su representante legal, asignándole el número de expediente 147/2023

  • 10 de Mayo del 2023

    Actor: Style Servicios de Transporte y Logística Expeditado, Sociedad Anónima de Capital Variable

    Demandado: Juez Cuarto Civil por Audiencias del Distrito Judicial Bravos

    Visto el estado procesal que guardan los autos electrónicos y físicos del expediente en que se actúa, toda vez que el mismo se encuentra debidamente integrado, con la totalidad de las constancias de notificación a las partes de la sentencia dictada el doce de abril último, así como las relativas al proveído de veintiocho del mismo mes y año, en que se tuvo a la parte quejosa, interponiendo recurso de revisión contra el fallo indicado renglones arriba; sin que sea necesario remitir el escrito de interposición y expresión de agravios, toda vez que fue presentado por medio del Sistema Electrónico del Poder Judicial de la Federación. En términos de lo establecido en la parte final del referido artículo 73, del Acuerdo General 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración y trámite del expediente electrónico y el uso de videoconferencia en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio consejo, se pone a disposición del tribunal que conozca del citado medio de impugnación, la consulta del expediente electrónico a través del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes

  • 08 de Mayo del 2023

    Actor: Style Servicios de Transporte y Logística Expeditado, Sociedad Anónima de Capital Variable

    Demandado: Juez Cuarto Civil por Audiencias del Distrito Judicial Bravos

    SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA AL TERCERO INTERESADO EL PROVEÍDO DE VEINTIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRÉS, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN I, INCISO C) DE LA LEY DE AMPARO Visto el escrito de cuenta, signado electrónicamente por ********************, autorizado de la quejosa, se le tiene interponiendo recurso de revisión contra la sentencia dictada en este juicio de amparo el doce de abril del año en curso y expresando agravios. Por tanto, dado que el citado medio de impugnación se promovió electrónicamente, obténgase las copias necesarias a fin de distribuirse entre las partes

  • 02 de Mayo del 2023

    Actor: Style Servicios de Transporte y Logística Expeditado, Sociedad Anónima de Capital Variable

    Demandado: Juez Cuarto Civil por Audiencias del Distrito Judicial Bravos

    Visto el escrito de cuenta, signado electrónicamente por ********************, autorizado de la quejosa, se le tiene interponiendo recurso de revisión contra la sentencia dictada en este juicio de amparo el doce de abril del año en curso y expresando agravios. Por tanto, dado que el citado medio de impugnación se promovió electrónicamente, obténgase las copias necesarias a fin de distribuirse entre las partes

  • 13 de Abril del 2023

    Actor: Style Servicios de Transporte y Logística Expeditado, Sociedad Anónima de Capital Variable

    Demandado: Juez Cuarto Civil por Audiencias del Distrito Judicial Bravos

    ÚNICO. Se sobresee en el presente juicio de amparo presentado por el apoderado legal de la persona moral ********************, Sociedad Anónima de Capital Variable, respecto del acto reclamado a la Juez Cuarto de lo Civil por Audiencias del Distrito Judicial Bravos, con residencia en esta ciudad

  • 24 de Marzo del 2023

    Actor: Style Servicios de Transporte y Logística Expeditado, Sociedad Anónima de Capital Variable

    Demandado: Juez Cuarto Civil por Audiencias del Distrito Judicial Bravos

    agréguese a los autos la comunicación de cuenta, signada por la Jueza Cuarto de lo Civil por Audiencias del Distrito Judicial Bravos, con sede en esta ciudad, con el cual rinde su informe justificado y exhibe documentales como apoyo al mismo, en términos de lo dispuesto por el numeral 117 de la ley de la materia; por lo que, dese vista a las partes para que se impongan de su contenido, sin perjuicio de relacionarlos en la audiencia constitucional. Ahora bien, tomando en consideración que se encuentra señalado este día para llevar a cabo la audiencia constitucional y toda vez que el citado informe no se recibió con la debida anticipación; esto es, al menos ocho días antes de la celebración de la audiencia constitucional, a fin de no transgredir las normas del procedimiento, en términos de lo dispuesto en el artículo 117, segundo párrafo, de la Ley de Amparo, se difiere la audiencia señalada para el día de hoy y para que tenga verificativo se fijan las diez horas con treinta y cinco minutos del doce de abril de dos mil veintitrés

  • 07 de Marzo del 2023

    Actor: Style Servicios de Transporte y Logística Expeditado, Sociedad Anónima de Capital Variable

    Demandado: Juez Cuarto Civil por Audiencias del Distrito Judicial Bravos

    Agréguese a los autos el escrito de cuenta, signado por Mario Alberto Herrera Venegas, apoderado legal de la quejosa Style Servicios de Transporte y Logística Expeditado, Sociedad Anónima de Capital Variable, con el cual exhibe el billete de depósito N ***, expedido por Banco del Bienestar, por la cantidad de $*******, moneda nacional, que exhibe para que surta plenamente efectos la suspensión definitiva otorgada en resolución interlocutoria de uno de marzo del año actual emitida en el incidente de suspensión que nos ocupa. Hágase lo anterior del conocimiento de la autoridad responsable para los efectos legales procedentes

antecedentes
“Siempre estaba preocupada por el avance de mi divorcio, me la pasaba marcando y visitando a mi abogado. Ahora me siento segura ya que me entero inmediatamente de todo lo que sucede, inclusive antes que mi abogado y que el abogado de mi exmarido.” Alejandra Solórzano Pediatra
antecedentes
“Antes de hacer negocios con cualquier persona o contratar a alguien, verifico si tiene antecedentes, así tengo la certeza de saber con que tipo de persona estoy tratando. Me he ahorrado varios problemas y dinero.” Saúl Fernández Empresario
Aceptamos pagos con Paypal Aceptamos depósitos en OXXO y Seven Eleven Aceptamos Bancomer, Citibanamex, HSBC, Banorte y Santander
certificado de seguridad ssl 1 certificado de seguridad ssl 2 certificado de seguridad ssl 3 certificado de seguridad ssl 4