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Sucesión A Bienes De Eleuterio Y/o Torres Rodríguez | Juez Exp: 1349/2009

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Sucesión A Bienes De Eleuterio Y/o Eleuterio Torres Y/o Torres Rodríguez
Demandado: Juez Civil Y Familiar Del Distrito Judicial De Juárez
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 1349/2009 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Sucesión A Bienes De Eleuterio Y/O Eleuterio Torres Y/O Torres Rodríguez en contra de Juez Civil Y Familiar Del Distrito Judicial De Juárez en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 14 de Octubre del 2009 y cuenta con 5 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 1349/2009

  • 10 de Septiembre del 2019

    Actor: SUCESIÓN A BIENES DE ELEUTERIO Y/O ELEUTERIO TORRES Y/O TORRES RODRÍGUEZ

    Demandado: JUEZ CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUÁREZ

    Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, se omitió proveer sobre el destino del presente expediente. En consecuencia, a fin de subsanar dicha deficiencia, se estima que el presente expediente es susceptible de destruible, por haberse desechado la demanda

  • 29 de Octubre del 2010

    Actor: SUCESIÓN A BIENES DE ELEUTERIO Y/O ELEUTERIO TORRES Y/O TORRES RODRÍGUEZ

    Demandado: JUEZ CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUÁREZ

    Agr'guese sin mayor tr mite el escrito signado por Yesenia Rodr¡guez Carmona, mediante el cual se ostenta como autorizada en t'rminos amplios de la parte quejosa y solicita la devoluci¢n de diversas documentales; lo anterior, toda vez que no es parte dentro del presente juicio ni tiene reconocida su personalidad

  • 25 de Marzo del 2010

    Actor: SUCESIÓN A BIENES DE ELEUTERIO Y/O ELEUTERIO TORRES Y/O TORRES RODRÍGUEZ

    Demandado: JUEZ CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUÁREZ

    Visto el estado procesal que guardan los presentes autos de los que se advierte que mediante proveído de tres de noviembre de dos mil nueve, se ordenó el archivo de este expediente en términos del Acuerdo General Conjunto 1/2001, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establecía los lineamientos para el flujo documental, depuración y digitalización del acervo archivístico de los Juzgados de Distrito, Tribunales Unitarios de Circuito y Tribunales Colegiados de Circuito. Por acuerdo 1/2009, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la transferencia, digitalización, depuración y destrucción de los expedientes generados en los Juzgados de Distrito, se derogó el Acuerdo General Conjunto 1/2001, por lo que a esta data rige el referido acuerdo 1/2009. Este juzgador procede a proveer lo relativo a la transferencia, digitalización, depuración y destrucción de este expediente de conformidad con lo establecido en el acuerdo 1/2009, de veintiocho de septiembre de dos mil nueve. Este juzgador estima que el presente expediente carece de relevancia documental, en virtud de que no se ubica en ninguna de las hipótesis establecidas en el artículo vigésimo primero de dicho acuerdo. Realícese la identificación correspondiente en la carátula del expediente y una vez que haya transcurrido el término de tres años que establece el diverso artículo décimo primero del Acuerdo General en cita, remítase este expediente al Centro de Documentación y Análisis a que hace alusión el acuerdo General Conjunto

  • 06 de Noviembre del 2009

    Actor: SUCESIÓN A BIENES DE ELEUTERIO Y/O ELEUTERIO TORRES Y/O TORRES RODRÍGUEZ

    Demandado: JUEZ CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUÁREZ

    Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista el auto dictado el tres de noviembre de dos mil nueve, que en síntesis dice: "...Se declara que el proveído que desecha la demanda de garantías ha causado estado para los efectos legales a que haya lugar. Háganse las anotaciones en el libro de gobierno. En consecuencia, resérvese el presente asunto en el archivo para su depuración y toda vez que será destruido en su totalidad, notifíquese a la parte quejosa para que en el término de seis meses manifieste lo que a su derecho corresponda..."

  • 14 de Octubre del 2009

    Actor: SUCESIÓN A BIENES DE ELEUTERIO Y/O ELEUTERIO TORRES Y/O TORRES RODRÍGUEZ

    Demandado: JUEZ CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUÁREZ

    Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista el auto dictado el nueve de octubre de dos mil nueve que en síntesis dice:"...Analizada la demanda de garantías, se desecha de plano la misma. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica y por autorizados para tal efecto a las personas que refiere..."

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