Características del servicio

Susana Cobos Quirino | Junta Especial Número Dos De La Local Exp: 963/2016

Federal > Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua de Décimo Séptimo Circuito
Actor: Susana Cobos Quirino | Junta Especial Número Dos De La Local De Conciliación Y Arbitraje
Demandado: Junta Especial Número Dos De La Local De Conciliación Y Arbitraje
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 963/2016 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Susana Cobos Quirino en contra de Junta Especial Número Dos De La Local De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua en Circuito 17 (Chihuahua). El Proceso inició el 24 de Noviembre del 2016 y cuenta con 10 Notificaciones.

Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes

 

Buscar Antecedentes
Legales y Expedientes

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Recibir notificaciones
de este Expediente

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Notificaciones del Expediente 963/2016

  • 19 de Enero del 2017

    Actor: Susana Cobos Quirino

    Demandado: Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje

    Vista la certificación de cuenta, se advierte que transcurrió para las partes el plazo de diez días a que se refiere el artículo 86 de la Ley de Amparo, para interponer recurso de revisión contra la resolución de veintiuno de diciembre de dos mil dieciséis, en la cual se sobreseyó en el juicio; en tales condiciones, con fundamento en el artículo 356, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la materia, se declara que la misma causa ejecutoria. Toda vez que en el presente no existe diligencia pendiente de practicar, ni ulterior acuerdo que emitir, en su oportunidad, archívese como asunto concluido. Se hace la precisión de que este expediente es susceptible de destrucción, una vez que transcurran cinco años posteriores a la fecha de su archivo, por ubicarse en el supuesto previsto en la fracción II, del punto Vigésimo Primero del Acuerdo General Conjunto número 1/2009, de veintiocho de septiembre de dos mil nueve, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la transferencia, digitalización, depuración y destrucción de los expedientes generados en los Juzgados de Distrito, toda vez que se decretó el sobreseimiento del juicio, aunado a que al prudente arbitrio de este juzgador no tiene relevancia documental. Asiéntense los anteriores datos en la carátula respectiva del expediente mencionado y háganse las anotaciones correspondientes en el libro de registro de juicios de amparo

  • 19 de Enero del 2017

    Vista la certificación de cuenta, se advierte que transcurrió para las partes el plazo de diez días

  • 22 de Diciembre del 2016

    ". Por lo expuesto y fundado, se RESUELVE: ÚNICO. Se sobresee en el presente juicio de amparo promovido por XXXXXXXXXXXXXXXXXX, respecto al acto que reclamó de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta ciudad, por los motivos precisados en el último de los considerandos de esta sentencia. Notifíquese

  • 22 de Diciembre del 2016

    Actor: Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje

    Demandado: Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje

    ". Por lo expuesto y fundado, se RESUELVE: ÚNICO. Se sobresee en el presente juicio de amparo promovido por XXXXXXXXXXXXXXXXXX, respecto al acto que reclamó de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta ciudad, por los motivos precisados en el último de los considerandos de esta sentencia. Notifíquese

  • 01 de Diciembre del 2016

    Glósese el informe justificado que rinde el Presidente de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta ciudad; sin perjuicio de relacionarlo al momento de celebrarse la audiencia constitucional, con el que se da vista a la parte quejosa para que manifieste lo que a su derecho convenga

  • 01 de Diciembre del 2016

    Actor: Susana Cobos Quirino

    Demandado: Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje

    Glósese el informe justificado que rinde el Presidente de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta ciudad; sin perjuicio de relacionarlo al momento de celebrarse la audiencia constitucional, con el que se da vista a la parte quejosa para que manifieste lo que a su derecho convenga

  • 29 de Noviembre del 2016

    Se agrega pedimento del fiscal adscrito, se le expiden las copias que solicita

  • 29 de Noviembre del 2016

    Actor: Susana Cobos Quirino

    Demandado: Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje

    Se agrega pedimento del fiscal adscrito, se le expiden las copias que solicita

  • 24 de Noviembre del 2016

    se admite la demanda promovida por el quejoso Susana Cobos Quirino, por propio derecho, contra un acto de las autoridades responsables Junta Especial Número Dos (2) de la Local de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta localidad fronteriza, el cual considera violatorios de los derechos fundamentales consagrados en los artículos 8 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Fórmese expediente y regístrese bajo el número 963/2016-IV-F. Sin necesidad de ordenar la apertura de cuadernos incidentales, toda vez que la parte quejosa no solicita la suspensión de los actos reclamados. Se señalan las diez horas del veintiuno de diciembre de dos mil dieciséis, para que tenga lugar la audiencia constitucional. Con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, pídase a la autoridad señalada como responsable su informe con justificación, que deberá rendir dentro del plazo de quince días, exponiendo las razones y fundamentos legales que estime pertinentes para sostener la constitucionalidad del acto reclamado o la improcedencia del juicio, debiendo acompañar, en su caso, copias certificadas legibles de las constancias que sean necesarias para apoyar su contenido;

  • 24 de Noviembre del 2016

    Actor: Susana Cobos Quirino

    Demandado: Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje

    se admite la demanda promovida por el quejoso Susana Cobos Quirino, por propio derecho, contra un acto de las autoridades responsables Junta Especial Número Dos (2) de la Local de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta localidad fronteriza, el cual considera violatorios de los derechos fundamentales consagrados en los artículos 8 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Fórmese expediente y regístrese bajo el número 963/2016-IV-F. Sin necesidad de ordenar la apertura de cuadernos incidentales, toda vez que la parte quejosa no solicita la suspensión de los actos reclamados. Se señalan las diez horas del veintiuno de diciembre de dos mil dieciséis, para que tenga lugar la audiencia constitucional. Con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, pídase a la autoridad señalada como responsable su informe con justificación, que deberá rendir dentro del plazo de quince días, exponiendo las razones y fundamentos legales que estime pertinentes para sostener la constitucionalidad del acto reclamado o la improcedencia del juicio, debiendo acompañar, en su caso, copias certificadas legibles de las constancias que sean necesarias para apoyar su contenido;

antecedentes
“Siempre estaba preocupada por el avance de mi divorcio, me la pasaba marcando y visitando a mi abogado. Ahora me siento segura ya que me entero inmediatamente de todo lo que sucede, inclusive antes que mi abogado y que el abogado de mi exmarido.” Alejandra Solórzano Pediatra
antecedentes
“Antes de hacer negocios con cualquier persona o contratar a alguien, verifico si tiene antecedentes, así tengo la certeza de saber con que tipo de persona estoy tratando. Me he ahorrado varios problemas y dinero.” Saúl Fernández Empresario
Aceptamos pagos con Paypal Aceptamos depósitos en OXXO y Seven Eleven Aceptamos Bancomer, Citibanamex, HSBC, Banorte y Santander
certificado de seguridad ssl 1 certificado de seguridad ssl 2 certificado de seguridad ssl 3 certificado de seguridad ssl 4