Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Tania Galindo Hernández.
Demandado: Quinta Sala Del Tribunal Federal De Conciliación Y Arbitraje .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3740/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Tania Galindo Hernández en contra de Quinta Sala Del Tribunal Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 05 de Diciembre del 2023 y cuenta con 5 Notificaciones.
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Actor: Tania Galindo Hernández.
Demandado: QUINTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
Agréguese el oficio enviado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito; a través de él remite el testimonio de la ejecutoria pronunciada en el recurso de queja Q.T.- 8/2024, en donde se declaró infundado el recurso, de lo que se toma de conocimiento para los efectos legales conducentes. Acúsese el recibo de estilo correspondiente a la superioridad. en virtud de que sólo se trata de copias certificadas del presente expediente, procédase a su inmediata destrucción. Archívese este expediente como asunto totalmente concluido. En razón de que no obran documentos originales en este cuaderno de antecedentes, no se actualiza la obligación de notificar personalmente a la parte quejosa para que recupere este tipo de papeles. Notifíquese.
Actor: Tania Galindo Hernández.
Demandado: QUINTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
Agréguese a los autos el oficio proveniente del Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, en el cual acusa recibo de las constancias remitidas e informa que admitió a trámite el recurso de queja interpuesto y que se registró con el número de Q.T. 8/2024, de lo cual se toma conocimiento. Notifíquese.
Actor: Tania Galindo Hernández.
Demandado: QUINTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
Agréguese el escrito remitido por la parte quejosa, mediante el cual interpone recurso de queja contra el auto en el que se desechó la demanda de amparo. En consecuencia, se tiene por interpuesto el RECURSO DE QUEJA contra el auto de cuatro de diciembre de dos mil veintitrés, por el cual se desechó la demanda que dio origen al juicio de amparo en que se actúa. Con fundamento en el artículo 101 de la Ley de Amparo, ríndase el informe materia de la queja en el sentido de que es cierto que se dictó el acuerdo reclamado, por las consideraciones ahí expresadas. Siguiendo esa línea, remítase inmediatamente a la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Primer Circuito, el escrito de presentación y expresión de agravios, con su copia respectiva para el Agente del Ministerio Público Federal adscrito al tribunal de alzada y copia certificada del presente juicio de amparo, misma que se estima necesaria para su resolución, para que por su conducto sea turnado el recurso de que se trata al tribunal que por turno le corresponda. Con independencia de lo anterior, en términos del artículo 73 del Acuerdo General 12/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, instrúyase a la encargada del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes que habilite la consulta del expediente electrónico. Se ordena a la Secretaria de cuenta que verifique la coincidencia entre el expediente físico y el electrónico. Sin que haya lugar a emitir mayor acuerdo sobre el recurso de queja, pues el artículo 99 de la Ley de Amparo dispone que el recurso de queja se presentará por escrito ante el órgano jurisdiccional que conozca del amparo, el cual debe limitarse a darle trámite. Notifíquese.
Actor: Tania Galindo Hernández.
Demandado: QUINTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
Agréguese a los autos la promoción electrónica proveniente del Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Xalapa, por medio del cual devuelve diligenciado el exhorto 194/2023-IV del índice de este Juzgado, que la autoridad exhortada registró con el número exhorto 303/2023/I-B, número de orden 387/2023. se tiene por legalmente notificado el acuerdo de cuatro de diciembre de dos mil veintitrés, a la parte promovente. Hágase las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno. no es necesario acusar recibo, toda vez que la comunicación oficial se recibió a través del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, en el que se genera el acuse de recibo correspondiente para la autoridad oficiante automáticamente. Notifíquese.
Actor: Tania Galindo Hernández.
Demandado: QUINTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
Téngase por recibida la demanda. SE DESECHA DE PLANO la demanda de amparo. ya que la parte quejosa señala como domicilio para oír y recibir notificaciones ... el cual se encuentra fuera de la jurisdicción de este juzgado de Distrito; gírese atento exhorto vía electrónica al Juez de Distrito en Veracruz, con residencia en Xalapa, en turno, para que en auxilio de las labores de este Juzgado, ordene al actuario de su adscripción, se constituya en el domicilio referido, y notifique personalmente este proveído al promovente. Notifíquese y por exhorto al promovente.
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