Federal
> Tercer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Tercer Circuito de Tercer Circuito
Actor: * * * * *.
Demandado: Tercera Sala Del Supremo Tribunal De Justicia Del Estado De Jalisco .
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 408/2024 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por * * * * * en contra de Tercera Sala Del Supremo Tribunal De Justicia Del Estado De Jalisco en el Tercer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Tercer Circuito en Circuito 3 (Jalisco). El Proceso inició el 06 de Agosto del 2024 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Actor: * * * * *.
Demandado: Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco .
TÚRNESE ESTE ASUNTO A LA PONENCIA "A", A CARGO DEL SECRETARIO EN FUNCIONES DE MAGISTRADO DE CIRCUITO ARMANDO MÁRQUEZ ÁLVAREZ, PARA LA FORMULACIÓN DEL PROYECTO DE SENTENCIA CORRESPONDIENTE. Vista la certificación de cuenta, hágase del conocimiento de las partes que este órgano colegiado a partir del dieciséis de noviembre del año en curso, queda integrado con el suscrito y con el magistrado Ubaldo García Armas, así como con el secretario en funciones de magistrado de circuito Armando Márquez Álvarez.
Actor: * * * * *.
Demandado: Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco .
Agréguese el escrito del agente del Ministerio Público Federal adscrito y, por estar en tiempo, téngasele formulando alegatos en este amparo directo, dado su carácter de parte en términos del artículo 5°, fracción IV, de la ley relativa. Además, como lo pide, en su oportunidad expídasele copia simple de la sentencia que se dicte, con fundamento análogo en el artículo 278 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.
Actor: * * * * *.
Demandado: Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco .
De conformidad con los artículos 107, fracciones III, inciso a), y V, inciso c), de la Constitución General de la República, 34, 175, 179 y 181 de la Ley de Amparo y 38, fracción I, inciso c), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el siete de junio de dos mil veintiuno, se admite la demanda de amparo formulada por ***, contra la sentencia definitiva dictada el once de junio de dos mil veinticuatro, por la Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, en el toca de apelación ***. Emplácese al agente del Ministerio Público Federal adscrito. En términos de lo previsto en los artículos 181 y 182 de la Ley de Amparo, dese vista a las partes para que en el plazo de quince días, si lo estiman conveniente, presenten sus alegatos o amparo adhesivo.
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