Federal
> Juzgado Quinto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: * * * * *.
Demandado: Titular De La Dirección Ejecutiva De Asuntos Jurídicos E Inmobiliarios De Instituto De Vivienda De La Ciudad De México Y Otros
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1981/2024 en Materia Administrativa y de tipo Principal en contra de Titular De La Dirección Ejecutiva De Asuntos Jurídicos E Inmobiliarios De Instituto De Vivienda De La Ciudad De México Y Otro en el Juzgado Quinto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 19 de Diciembre del 2024 y cuenta con 5 Notificaciones.
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Actor: * * * * *.
Demandado: Titular de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos e Inmobiliarios de Instituto de Vivienda de la Ciudad de México y Otros..
QUEJOSO CONSULTA ELECTRONICA, REVOCA AUTORIZADOS NUEVOS AUTORIZADOS Promoción electrónica. Se tiene por recibida la promoción presentada en archivo electrónico... Promovente revoca y autoriza. Se tiene por recibido el escrito signado por el apoderado de la parte promovente, por medio del cual, (i) autoriza en términos del primer párrafo del artículo 12 de la Ley de Amparo a . Autorizados. En atención a su contenido, y de conformidad con la certificación de cuenta, se tiene por autorizada en términos del primer párrafo del artículo 12 de la Ley de Amparo, a Cristel Lucenilla Jauregui, quien tiene registrada su cédula profesional en el Sistema Computarizado para el Registro Único de Profesionales del Derecho ante los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito del Consejo de la Judicatura Federal, y para oír y recibir notificaciones a las diversas personas que menciona. Revocación. Ahora bien, se tiene por revocada toda autorización hecha con anterioridad, así como los usuarios autorizados. Consulta expediente electrónico. De conformidad con los artículos 3° de la Ley de Amparo; 62, 66, 77 y 78 del Acuerdo General Conjunto 1/2015 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, que regula los servicios tecnológicos relativos a la tramitación electrónica del juicio de amparo, las comunicaciones oficiales y los procesos de oralidad penal en los centros de justicia penal federal, y toda vez que se encontró registro de los usuarios "MANAZ" y "PAOLAPINEDA", se autoriza el acceso para la consulta del expediente electrónico, sin que ello implique autorización o permiso para que se notifiquen electrónicamente las resoluciones que se dicten en este asunto. Notifíquese.
Demandado: Titular de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos e Inmobiliarios de Instituto de Vivienda de la Ciudad de México y Otros
Promoción electrónica. Se tiene por recibida la promoción presentada en archivo electrónico... Tribunal admite queja. Agréguese el oficio del Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, que contiene inserto el proveído de cuatro de febrero del año en curso, dictado en el recurso de queja Q.A.-42/2025, del que se advierte que da trámite el referido recurso; de lo que se toma conocimiento para los efectos legales conducentes. Notifíquese
Demandado: Titular de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos e Inmobiliarios de Instituto de Vivienda de la Ciudad de México y Otros
Promoción electrónica. Se tiene por recibida la promoción presentada en archivo electrónico... Tribunal requiere habilitar expediente electrónico. Agréguese el oficio del Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del primer Circuito, el que contiene inserto el proveído de veintisiete de enero del año en curso, dictado en el recurso de queja Q.A. 42/2025 de su índice, a través del cual, requiere copia certificada de la constancia de notificación del auto recurrido. En atención a su contenido, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 278 y 279 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia, remitase por oficio y vía interconexión la constancia requerida. .. Notifíquese
Demandado: Titular de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos e Inmobiliarios de Instituto de Vivienda de la Ciudad de México y Otros
Promoción electrónica. Se tiene por recibida la promoción presentada en archivo electrónico... Queja quejosa. Visto el escrito de expresión de agravios de cuenta, a través del cual la promovente del amparo, interpone recurso de queja en contra el ato de dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro, dictado por este órgano jurisdiccional dentro del juicio de amparo en que se actúa. Con fundamento en los artículos 80, 97, fracción I, inciso a), 99 de la Ley de Amparo, se tiene por presentado el recurso de que se trata, ríndase informe ..Notifíquese
Demandado: Titular de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos e Inmobiliarios de Instituto de Vivienda de la Ciudad de México y Otros
QUEJOSO NOTIFICACION ELECTRONICA Oficio incompetencia. Visto el oficio del Juzgado Decimoquinto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México, mediante el cual declina competencia a este juzgado respecto del juicio de amparo 849/2024, promovido por ********************, apoderado de la quejosa ********************, al que acompaña el expediente 849/2024 de su índice; agréguense a los autos y provéase lo que en derecho corresponda. Avocamiento. Visto el contenido del oficio de cuenta y atendiendo a los argumentos por los que el juzgado oficiante declina su competencia, este órgano jurisdiccional comparte la opinión del referido órgano, por tanto éste órgano jurisdiccional se avoca al conocimiento del presente asunto. Infórmese lo anterior al Juzgado Decimoquinto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México, para los efectos legales conducentes. Fórmese expediente; háganse las anotaciones en el Libro de Gobierno y en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes con el número 1981/2024. Precisión del acto reclamado. De la lectura de la demanda de amparo se advierte que el quejoso se duele de lo siguiente: . Desechamiento. Una vez precisados los actos reclamados por la parte quejosa, con fundamento en el artículo 113 de la Ley de Amparo, este órgano jurisdiccional estima que debe desecharse de plano la demanda de amparo... Anotaciones. Háganse las anotaciones correspondientes en el Libro de Gobierno y en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes. Solicitud notificación vía electrónica. Toda vez la parte quejosa solicitó expresamente que las notificaciones personales se realizaran vía electrónica. Por lo tanto, de conformidad con En atención su contenido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Acuerdo General Conjunto 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula los servicios tecnológicos relativos a la tramitación electrónica del juicio de amparo, las comunicaciones oficiales y los procesos de oralidad penal en los centros de justicia penal federal háganse las notificaciones por vía electrónica, sólo aquellas que se ordenen de manera personal en el presente asunto, a través del usuario ********************, correspondiente al autorizado de la parte quejosa. ... Asimismo, se autoriza la consulta del expediente electrónico, en virtud de que, conforme a la certificación de cuenta, en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes sí encontró registro del nombre de usuario antes referido. ...Notifíquese electrónicamente al promovente
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