Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Titular De La Secretaría De Hacienda Y Crédito Público .
Demandado: Primera Sala Del Tribunal Federal De Conciliación Y Arbitraje .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3284/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Titular De La Secretaría De Hacienda Y Crédito Público en contra de Primera Sala Del Tribunal Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 06 de Noviembre del 2023 y cuenta con 10 Notificaciones.
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Actor: Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Otros..
Demandado: PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
Agréguese a los autos el oficio signado por la Actuaria adscrita al Octavo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, por el cual remite copia del acuerdo de cuatro de abril de dos mil veinticuatro, en atención a su solicitud y a la información de cuenta, envíese al superior de instancia, copia certificada de las constancias descritas en la certificación que antecede. devuélvase al archivo el presente expediente. NOTIFÍQUESE.
Actor: Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Otros..
Demandado: PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
Vista la certificación. Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido. este expediente deberá conservarse en el archivo de este Juzgado por el término de tres años y es susceptible de conservación. este expediente no es de relevancia documental. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público .
Demandado: PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
Agréguese a los autos el oficio de la autoridad responsable, informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público .
Demandado: PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
Agréguese a los autos el oficio signado por el Magistrado Presidente de la Primera Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, mediante el cual solicita se le amplíe el plazo para dar cumplimiento de la sentencia de amparo por las razones que expone. SE LE CONCEDE plazo legal de TRES DÍAS. Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Otros..
Demandado: PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
Vista la certificación, se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE. Se apercibe. NOTIFÍQUESE
Actor: Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Otros..
Demandado: PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA DE LA UNIÓN A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.
Actor: Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Otros..
Demandado: PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
Agréguese a los autos el oficio remitido por la autoridad responsable, mediante el cual rinde su informe justificado; en su apoyo adjunta copia certificada de constancias relativas al juicio natural; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónese en la audiencia constitucional. se tienen como delegados de la autoridad responsable, a las personas que señala, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Amparo. Notifíquese.
Actor: Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público .
Demandado: PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA CON EFECTOS DE EMPLAZAMIENTO A LA PARTE TERCERA INTERESADA EL ACUERDO TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS: "Téngase por recibida la demanda de amparo... vista la certificación de cuenta, esta juzgadora considera que debido a que el acto que reclama proviene de un expediente de origen diverso las otras tres demandas adjuntas y, por ende, estas deben estudiarse y resolverse por separado. obténgase copia de cada una de las otras tres demandas y de esta determinación y, mediante oficio, remítanse a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, para que sean registradas, les sea asignado un número de demanda, y previa compensación, sean turnadas a este órgano jurisdiccional. Una vez que sea turnada, se le dará el trámite correspondiente y se proveerá lo que conforme a derecho preceda. En esas condiciones, la materia del presente juicio, será única y exclusivamente lo reclamado por la parte quejosa, en el juicio laboral 4361/2020, del índice de la Primera Sala del Tribunal de Conciliación y Arbitraje. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las ONCE HORAS CON CATORCE MINUTOS DEL TREINTA DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de tercera interesada a la señalada por la parte quejosa. Por ende, con fundamento en los artículos 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que la emplace en el domicilio que se señala para tal efecto en la demanda. Notifíquese; y emplácese."
Actor: Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Otros..
Demandado: PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
Agréguese a los autos, el oficio remitido por el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, a través del cual informa que se avocó al conocimiento de la demanda remitida a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, por medio del oficio 40326/2023 de este juzgado, de lo que se toma conocimiento para los efectos legales correspondientes. Notifíquese.
Actor: Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público .
Demandado: PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
Téngase por recibida la demanda de amparo... vista la certificación de cuenta, esta juzgadora considera que debido a que el acto que reclama proviene de un expediente de origen diverso las otras tres demandas adjuntas y, por ende, estas deben estudiarse y resolverse por separado. obténgase copia de cada una de las otras tres demandas y de esta determinación y, mediante oficio, remítanse a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, para que sean registradas, les sea asignado un número de demanda, y previa compensación, sean turnadas a este órgano jurisdiccional. Una vez que sea turnada, se le dará el trámite correspondiente y se proveerá lo que conforme a derecho preceda. En esas condiciones, la materia del presente juicio, será única y exclusivamente lo reclamado por la parte quejosa, en el juicio laboral 4361/2020, del índice de la Primera Sala del Tribunal de Conciliación y Arbitraje. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las ONCE HORAS CON CATORCE MINUTOS DEL TREINTA DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de tercera interesada a la señalada por la parte quejosa. Por ende, con fundamento en los artículos 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que la emplace en el domicilio que se señala para tal efecto en la demanda. Notifíquese; y emplácese.
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