Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En El Estado De Chihuahua de Décimo Séptimo Circuito
Actor: * * * * *. | Titular De La Secretaría General De Gobierno Del Estado Libre Y Soberano Del Estado De Chihuahua .
Demandado: Titular De La Secretaría General De Gobierno Del Estado Libre Y Soberano Del Estado De Chihuahua Y Otros..
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 627/2022 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por * * * * * en contra de Titular De La Secretaría General De Gobierno Del Estado Libre Y Soberano Del Estado De Chihuahua Y Otro en el Juzgado Noveno De Distrito En El Estado De Chihuahua en Circuito 17 (Chihuahua). El Proceso inició el 13 de Julio del 2022 y cuenta con 17 Notificaciones.
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Actor: Titular de la Secretaría General de Gobierno del Estado Libre y Soberano del Estado de Chihuahua .
Demandado: Titular de la Secretaría General de Gobierno del Estado Libre y Soberano del Estado de Chihuahua .
Se agrega resolución de Colegiado y se ordena archivo.
Actor: Titular de la Secretaría General de Gobierno del Estado Libre y Soberano del Estado de Chihuahua .
Demandado: Titular de la Secretaría General de Gobierno del Estado Libre y Soberano del Estado de Chihuahua .
Se ordena archivo.
Actor: Titular de la Secretaría General de Gobierno del Estado Libre y Soberano del Estado de Chihuahua .
Demandado: Titular de la Secretaría General de Gobierno del Estado Libre y Soberano del Estado de Chihuahua .
Se recibe escrito de desistimiento y se informa a Colegiado.
se recibe el oficio del Segundo Tribunal Colegiado de esta ciudad, y agréguese a los autos para que obre como legalmente corresponda, por el que informa la radicación del medio de defensa relativo, por el cual se tiene por recibida tal información y hágase del conocimiento de las partes para los efectos condignos.
Visto el estado que guardan los autos de este asunto, se tiene que ya se encuentra plenamente integrado para efecto del recurso de revisión. Remisión. En tal virtud, con fundamento en el artículo 89 de la Ley de Amparo, remítase al Tribunal Colegiado en esta ciudad, en turno, el propio recurso junto con las constancias necesarias para su resolución.
Se recibe el ocurso del autorizado de la parte quejosa, mediante el cual promueve el recurso de revisión respectivo, y agréguese a los autos para los efectos legales a que haya lugar. En tal virtud, con fundamento en los artículos 80, 81, fracción I, 83, 84, 86, 87, 88 y 89 de la Ley de Amparo, se tiene interpuesto tal recurso, agréguese a este juicio una copia de él y procédase con la distribución respectiva. Remisión. De conformidad con el artículo 89 de la ley de la materia, remítase al tribunal colegiado en turno el propio recurso junto con las constancias necesarias para su solución, dentro del plazo de tres días contado a partir de la plena integración de este juicio.
se sobresee fuera de audiencia en este juicio.
se agrega informe justificado, se da vista a las partes con el mismo.
D E C I S I Ó N: ÚNICO. Se concede la suspensión definitiva, de conformidad con el último considerando de este fallo.
se agrega informe justificado, se da vista a las partes con el mismo. se difiere la audiencia constitucional y, en su lugar se designan las diez horas con cincuenta minutos del veinte de septiembre de dos mil veintidós.
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