Federal
> Juzgado Decimosegundo De Distrito En El Estado De Guanajuato de Décimo Sexto Circuito
Actor: Todas Las Partes Y Otros.. | Gabriela Acosta Mares.
Demandado: Todas Las Partes Y Otros.. | Juez Cívico De La Delegación Norte De Policía De Esta Ciudad .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 868/2024 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Todas Las Partes Y Otro en contra de Todas Las Partes Y Otro en el Juzgado Decimosegundo De Distrito En El Estado De Guanajuato en Circuito 16 (Guanajuato). El Proceso inició el 29 de Julio del 2024 y cuenta con 5 Notificaciones.
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Actor: Gabriela Acosta Mares.
Demandado: Juez Cívico de la Delegación Norte de Policía de esta ciudad .
Se notifica por medio de lista, con efectos de notificación personal al quejoso, el proveído de diez de septiembre del año en curso, que en lo conducente dice: Visto el estado procesal que guardan los autos, se advierte que el pasado treinta de julio se tuvo por no presentada la demanda de amparo. Ahora bien, es un hecho notorio para este Juzgado de Distrito, el contenido y existencia de la Circular 16/2024 signada por el Secretario Ejecutivo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en la que se señala que con el propósito de preservar el ejercicio del servicio público de impartición de justicia, los órganos deberán de atender los asuntos urgentes, y en su punto 3, establece de manera enunciativa y no limitativa los supuestos en que se considerarán de ese modo los expedientes tramitados en los Juzgados de Distrito. En esas condiciones, se estima necesario hacer saber a las partes que el presente asunto encuadra en la hipótesis prevista en dicha circular, por lo que el plazo para que cause estado el auto por el que se tuvo por no presentada la demanda de amparo, se contará a partir de que surta efectos la notificación del presente proveído.
Actor: Gabriela Acosta Mares.
Demandado: Juez Cívico de la Delegación Norte de Policía de esta ciudad .
Visto el estado procesal que guardan los autos, se advierte que el pasado treinta de julio se tuvo por no presentada la demanda de amparo. Ahora bien, es un hecho notorio para este Juzgado de Distrito, el contenido y existencia de la Circular 16/2024 signada por el Secretario Ejecutivo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en la que se señala que con el propósito de preservar el ejercicio del servicio público de impartición de justicia, los órganos deberán de atender los asuntos urgentes, y en su punto 3, establece de manera enunciativa y no limitativa los supuestos en que se considerarán de ese modo los expedientes tramitados en los Juzgados de Distrito. En esas condiciones, se estima necesario hacer saber a las partes que el presente asunto encuadra en la hipótesis prevista en dicha circular, por lo que el plazo para que cause estado el auto por el que se tuvo por no presentada la demanda de amparo, se contará a partir de que surta efectos la notificación del presente proveído.
Actor: Gabriela Acosta Mares.
Demandado: Juez Cívico de la Delegación Norte de Policía de esta ciudad .
Se notifica por medio de lista con efectos de notificación personal a la quejosa, el proveído de treinta de julio de dos mil veinticuatro, que señala: La quejosa manifestó en presencia judicial que no es su deseo ratificar la demanda que promovió en su favor Julio Pablo Álvarez Meza, pero que sí ratificaba el domicilio que señaló para recibir notificaciones, así como los autorizados y dato de contacto. En consecuencia, se tiene por no presentada la demanda. Parte quejosa señala domicilio y autorizados. Jueza Cívica en turno de la Delegación Norte de esta ciudad, a través del cual, con fundamento en el artículo 126 de la Ley de Amparo, rinde informe sobre la suspensión de plano decretada en el presente juicio. Se admiten y se tienen por desahogadas dada su propia y especial naturaleza, las documentales enviadas por la Jueza aludida, consistentes en copias con firma autógrafa de la audiencia de justicia cívica ***, de veintiocho de julio de dos mil veinticuatro.
Actor: Gabriela Acosta Mares.
Demandado: Juez Cívico de la Delegación Norte de Policía de esta ciudad .
Notifíquese personalmente a la parte quejosa
Actor: Todas las Partes y Otros..
Demandado: Todas las Partes y Otros..
Notifíquese personalmente.
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