Federal
> Juzgado Primero De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Uble Mejía Mora
Demandado: Tercera Sala Ordinaria Del Tribunal De Lo Contencioso Administrativo De La Ciudad De México Y Otros
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1994/2016 en Materia Administrativa y de tipo Incidental fue promovido por Uble Mejía Mora en contra de Tercera Sala Ordinaria Del Tribunal De Lo Contencioso Administrativo De La Ciudad De México Y Otro en el Juzgado Primero De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 23 de Diciembre del 2016 y cuenta con 16 Notificaciones.
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Actor: Uble Mejía Mora
Demandado: Tercera Sala Ordinaria del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de México y Otros
Vistos; se determina que el legajo que obra en el presente asunto es susceptible de destrucción. Notifíquese
Vistos; se determina que el legajo que obra en el presente asunto es susceptible de destrucción. Notifíquese.
Se declara que la sentencia en la que se negó la protección de la Justicia de la Unión, HA CAUSADO EJECUTORIA . Háganse las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno, comuníquese lo anterior a las partes, y toda vez que no hay actos que cumplir, archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido. En la inteligencia de que en su oportunidad se cumpla con el Acuerdo General Conjunto 1/2009 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal. Por otra parte, en virtud que se ha ordenado el archivo en el presente expediente, devuélvase a la parte quejosa las documentales que en su caso, haya exhibido en copia certificada o en copia simple en el presente juicio, mediante notificación por lista que se realice. Apercibida. NOTIFÍQUESE Y POR LISTA A LA PARTE QUEJOSA.
Vista la certificación secretarial que antecede, y toda vez que en los autos del incidente de suspensión en que se actúa, no existe constancia alguna con la cual se acredite que la parte quejosa haya exhibido la garantía del interés fiscal; comuníquese a las autoridades señaladas como responsables que la suspensión aludida deja de surtir sus efectos, y quedan expeditas sus facultades para ejecutar el acto reclamado. NOTIFÍQUESE.
Vista la certificación de cuenta, SE DIFIERE la celebración de la audiencia constitucional señalada para el día de hoy y en su lugar se fijan las NUEVE HORAS CON CINCUENTA Y OCHO MINUTOS DEL SIETE DE FEBRERO DE DOS MIL DIEICISIETE, para que tenga verificativo. NOTIFÍQUESE.
Autoridad responsable rinde su informe justificado en términos de lo que establece el artículo 117 de la Ley de Amparo; con su contenido dese vista a las partes para que manifiesten lo que a su interés legal convenga y tómese en consideración en el momento procesal oportuno. Por otra parte, téngase como pruebas de la autoridad de mérito las señaladas... NOTIFÍQUESE.
RESUELVE.- UNICO.- Se concede la suspensión definitiva.... NOTIFIQUESE
Agréguese el oficio de cuenta, signado por la Subtesorera de Fiscalización, en ausencia del Tesorero del Gobierno del Distrito Federal, ahora Ciudad de México; al respecto, téngase por rendido su informe justificado. De igual forma, se tienen como delegados de su parte a las personas que designa y como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica en el oficio que se provee. Por otra parte, se autoriza a la autoridad responsable, por conducto de sus delegados, el uso de medios electrónicos para obtener la reproducción de las constancias que obren en el presente expediente, dejando para tal efecto la razón correspondiente y firma de conformidad respectivas. NOTIFÍQUESE.
Por no haber acudido a notificarse a este organo jurisdiccional dentro de los dos días hábiles siguientes a la entrega del citatorio se notifica por lista a la parte tercero interesada el proveído del veintidós de diciembre de dos mil dieciséis.
Autoridad responsable rinde su informe previo en términos de lo que establece el artículo 140 de la Ley de Amparo; con su contenido dese vista a las partes para que manifiesten lo que a su interés legal convenga y tómese en consideración en el momento procesal oportuno. Por otra parte, se tienen como delegados de su parte a las personas que señala y como domicilio para oír y recibir notificaciones, el que indica en el ocurso que se provee. Asimismo, se le autoriza el uso de medios electrónicos... Por otra parte, Magistrado designado para cubrir la guardia relativa al segundo periodo vacacional del año dos mil dieciséis del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de México, mediante el cual informó que su segundo período vacacional comprende del diecinueve de los actuales al seis de enero próximo. En esas condiciones, se difiere la audiencia incidental señalada para el día de hoy, y en su lugar, se fijan las NUEVE HORAS CON CUARENTA Y NUEVE MINUTOS DEL DOCE DE ENERO DE DOS MIL DIECISIETE, para que tenga verificativo la misma... NOTIFÍQUESE.
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