Federal
> Segundo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Decimoprimer Circuito de Décimo Primer Circuito
Actor: Unión De Crédito Monarca, Sociedad Anónima De Capital Variable
Demandado: Jueza Segundo Menor Mixto De Zamora, Michoacán
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 193/2016 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Unión De Crédito Monarca, Sociedad Anónima De Capital Variable en contra de Jueza Segundo Menor Mixto De Zamora, Michoacán en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Decimoprimer Circuito en Circuito 11 (Michoacán). El Proceso inició el 18 de Marzo del 2016 y cuenta con 20 Notificaciones.
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... Vista la certificación de cuenta, ..., queda firme el auto que declara cumplida la ejecutoria dictada en el presente asunto; consecuentemente, envíese al archivo este expediente, en términos del artículo 196, de la segunda legislación citada, háganse las anotaciones en el libro de gobierno respectivo y en la caratula del presente expediente ..., se hace la declaratoria que es susceptible de depuración; consérvese el escrito de demanda con la ejecutoria respectiva, tal y como lo señala la fracción III del referido Punto; transcurridos tres años a que se refiere el punto décimo primero de dicho acuerdo, remítase el cuaderno al Centro Archivístico Judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Notifíquese ...
...Con esa fecha se notifica por lista publicada en los estrados de este tribunal a la parte quejosa, el proveído de cinco de septiembre de dos mil dieciséis, por lo que este tribunal tiene por hecha la notificación, en virtud de haber transcurrido el término que para tal efecto se concedió, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 27 fracción I, inciso b)... Visto el estado que guarda el juicio de amparo en que se actúa, del que se advierte que ..., este Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Primer Circuito, dictó ejecutoria en la que concedió a ..., el amparo y protección de la Justicia Federal contra el acto que reclamó de la Juez Segundo Menor Mixto de Zamora, Michoacán, ... Mediante oficio de quince de junio de dos mil dieciséis, se remitió al Juzgado Segundo Menor Mixto de Zamora, Michoacán, testimonio de la referida ejecutoria, así como los autos del expediente de donde emanó el acto reclamado, solicitándole informara sobre su cumplimiento. En acatamiento de lo anterior, por diverso oficio de siete de julio de dos mil dieciséis, la juez responsable acusó de recibido la ejecutoria de amparo y comunicó a este tribunal colegiado que por auto de veinte de junio dejó insubsistente la sentencia definitiva de veintisiete de enero de dos mil dieciséis, dictada en el juicio ejecutivo mercantil número ..., además de que se pusieron los autos a la vista de la titular para emitir nueva resolución, siguiendo los lineamientos establecidos en la ejecutoria de amparo. Posteriormente, mediante oficio de veintitrés de junio del año citado, la juez responsable remitió testimonio autorizado de la nueva sentencia dictada en la misma fecha en el juicio ejecutivo mercantil precitado. Por tal razón, mediante proveído de presidencia de uno de julio del año en curso, se ordenó dar vista a las partes, por el plazo de diez días, para que expresaran lo que a su derecho conviniera respecto del cumplimiento, acuerdo que se notificó a la tercera interesada por lista publicada el cuatro de julio siguiente y a la parte quejosa también por lista del siete del mes y año citados. Por otro lado, mediante diverso oficio de doce de julio pasado, la juez responsable remitió en vía de alcance, copia certificada del proveído de veinte de junio de dos mil dieciséis, mediante el cual dejó insubsistente la sentencia definitiva de veintisiete de enero de dos mil dieciséis ... En ese contexto, se concluye que la juez responsable cumplió cabalmente con la ejecutoria de amparo de que se trata, sin que este tribunal advierta exceso o defecto en dicho cumplimiento, pues dicha autoridad se apegó a los lineamientos trazados en la misma; por tanto, ..., la sentencia se declara cumplida. Notifíquese personalmente ...
... Vista la cuenta y la razón actuarial en la que se hace constar la imposibilidad que tuvo la funcionaria judicial para notificar personalmente a la tercera interesada ..., el proveído de cinco de septiembre del año en curso, por el motivo asentado en la propia razón; en consecuencia, ...; notifíquese dicho proveído, así como las subsecuentes actuaciones por medio de lista que se publique en los estrados de este tribunal, hasta en tanto señale domicilio para tal efecto. Notifíquese ... Visto el estado que guarda el juicio de amparo en que se actúa, del que se advierte que ..., este Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Primer Circuito, dictó ejecutoria en la que concedió a ..., el amparo y protección de la Justicia Federal contra el acto que reclamó de la Juez Segundo Menor Mixto de Zamora, Michoacán, ... Mediante oficio de quince de junio de dos mil dieciséis, se remitió al Juzgado Segundo Menor Mixto de Zamora, Michoacán, testimonio de la referida ejecutoria, así como los autos del expediente de donde emanó el acto reclamado, solicitándole informara sobre su cumplimiento. En acatamiento de lo anterior, por diverso oficio de siete de julio de dos mil dieciséis, la juez responsable acusó de recibido la ejecutoria de amparo y comunicó a este tribunal colegiado que por auto de veinte de junio dejó insubsistente la sentencia definitiva de veintisiete de enero de dos mil dieciséis, dictada en el juicio ejecutivo mercantil número ..., además de que se pusieron los autos a la vista de la titular para emitir nueva resolución, siguiendo los lineamientos establecidos en la ejecutoria de amparo. Posteriormente, mediante oficio de veintitrés de junio del año citado, la juez responsable remitió testimonio autorizado de la nueva sentencia dictada en la misma fecha en el juicio ejecutivo mercantil precitado. Por tal razón, mediante proveído de presidencia de uno de julio del año en curso, se ordenó dar vista a las partes, por el plazo de diez días, para que expresaran lo que a su derecho conviniera respecto del cumplimiento, acuerdo que se notificó a la tercera interesada por lista publicada el cuatro de julio siguiente y a la parte quejosa también por lista del siete del mes y año citados. Por otro lado, mediante diverso oficio de doce de julio pasado, la juez responsable remitió en vía de alcance, copia certificada del proveído de veinte de junio de dos mil dieciséis, mediante el cual dejó insubsistente la sentencia definitiva de veintisiete de enero de dos mil dieciséis ... En ese contexto, se concluye que la juez responsable cumplió cabalmente con la ejecutoria de amparo de que se trata, sin que este tribunal advierta exceso o defecto en dicho cumplimiento, pues dicha autoridad se apegó a los lineamientos trazados en la misma; por tanto, ..., la sentencia se declara cumplida. Notifíquese personalmente ...
... Vista la cuenta y la razón actuarial en la que se hace constar la imposibilidad que tuvo la funcionaria judicial para notificar personalmente a la tercera interesada ..., el proveído de cinco de septiembre del año en curso, por el motivo asentado en la propia razón; en consecuencia, ...; notifíquese dicho proveído, así como las subsecuentes actuaciones por medio de lista que se publique en los estrados de este tribunal, hasta en tanto señale domicilio para tal efecto. Notifíquese ... Visto el estado que guarda el juicio de amparo en que se actúa, del que se advierte que ..., este Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Primer Circuito, dictó ejecutoria en la que concedió a ..., el amparo y protección de la Justicia Federal contra el acto que reclamó de la Juez Segundo Menor Mixto de Zamora, Michoacán, ... Mediante oficio de quince de junio de dos mil dieciséis, se remitió al Juzgado Segundo Menor Mixto de Zamora, Michoacán, testimonio de la referida ejecutoria, así como los autos del expediente de donde emanó el acto reclamado, solicitándole informara sobre su cumplimiento. En acatamiento de lo anterior, por diverso oficio de siete de julio de dos mil dieciséis, la juez responsable acusó de recibido la ejecutoria de amparo y comunicó a este tribunal colegiado que por auto de veinte de junio dejó insubsistente la sentencia definitiva de veintisiete de enero de dos mil dieciséis, dictada en el juicio ejecutivo mercantil número ..., además de que se pusieron los autos a la vista de la titular para emitir nueva resolución, siguiendo los lineamientos establecidos en la ejecutoria de amparo. Posteriormente, mediante oficio de veintitrés de junio del año citado, la juez responsable remitió testimonio autorizado de la nueva sentencia dictada en la misma fecha en el juicio ejecutivo mercantil precitado. Por tal razón, mediante proveído de presidencia de uno de julio del año en curso, se ordenó dar vista a las partes, por el plazo de diez días, para que expresaran lo que a su derecho conviniera respecto del cumplimiento, acuerdo que se notificó a la tercera interesada por lista publicada el cuatro de julio siguiente y a la parte quejosa también por lista del siete del mes y año citados. Por otro lado, mediante diverso oficio de doce de julio pasado, la juez responsable remitió en vía de alcance, copia certificada del proveído de veinte de junio de dos mil dieciséis, mediante el cual dejó insubsistente la sentencia definitiva de veintisiete de enero de dos mil dieciséis ... En ese contexto, se concluye que la juez responsable cumplió cabalmente con la ejecutoria de amparo de que se trata, sin que este tribunal advierta exceso o defecto en dicho cumplimiento, pues dicha autoridad se apegó a los lineamientos trazados en la misma; por tanto, ..., la sentencia se declara cumplida. Notifíquese personalmente ...
... Visto el estado que guarda el juicio de amparo en que se actúa, del que se advierte que ..., este Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Primer Circuito, dictó ejecutoria en la que concedió a ..., el amparo y protección de la Justicia Federal contra el acto que reclamó de la Juez Segundo Menor Mixto de Zamora, Michoacán, ... Mediante oficio de quince de junio de dos mil dieciséis, se remitió al Juzgado Segundo Menor Mixto de Zamora, Michoacán, testimonio de la referida ejecutoria, así como los autos del expediente de donde emanó el acto reclamado, solicitándole informara sobre su cumplimiento. En acatamiento de lo anterior, por diverso oficio de siete de julio de dos mil dieciséis, la juez responsable acusó de recibido la ejecutoria de amparo y comunicó a este tribunal colegiado que por auto de veinte de junio dejó insubsistente la sentencia definitiva de veintisiete de enero de dos mil dieciséis, dictada en el juicio ejecutivo mercantil número ..., además de que se pusieron los autos a la vista de la titular para emitir nueva resolución, siguiendo los lineamientos establecidos en la ejecutoria de amparo. Posteriormente, mediante oficio de veintitrés de junio del año citado, la juez responsable remitió testimonio autorizado de la nueva sentencia dictada en la misma fecha en el juicio ejecutivo mercantil precitado. Por tal razón, mediante proveído de presidencia de uno de julio del año en curso, se ordenó dar vista a las partes, por el plazo de diez días, para que expresaran lo que a su derecho conviniera respecto del cumplimiento, acuerdo que se notificó a la tercera interesada por lista publicada el cuatro de julio siguiente y a la parte quejosa también por lista del siete del mes y año citados. Por otro lado, mediante diverso oficio de doce de julio pasado, la juez responsable remitió en vía de alcance, copia certificada del proveído de veinte de junio de dos mil dieciséis, mediante el cual dejó insubsistente la sentencia definitiva de veintisiete de enero de dos mil dieciséis ... En ese contexto, se concluye que la juez responsable cumplió cabalmente con la ejecutoria de amparo de que se trata, sin que este tribunal advierta exceso o defecto en dicho cumplimiento, pues dicha autoridad se apegó a los lineamientos trazados en la misma; por tanto, ..., la sentencia se declara cumplida. Notifíquese personalmente ...
... Agréguense a los autos únicamente para que obren como constancia el oficio y anexos, remitidos por la Juez Segundo Menor Mixto, con residencia en Zamora de Hidalgo, Michoacán, toda vez que mediante acuerdo de ocho de julio del año en curso, se acordó lo conducente. Notifíquese ...
... Agréguese a los autos el oficio y anexo de cuenta, suscrito por la Juez Segundo Menor Mixto, con residencia en Zamora de Hidalgo, Michoacán, mediante el cual en vía de alcance al diverso ... del índice de este órgano colegiado, remite copia certificada del proveído de veinte de junio de dos mil dieciséis, en el que dejó insubsistente la sentencia definitiva de veintisiete de enero del año en curso en cumplimiento de la ejecutoria emitida en el asunto en que se actúa. Notifíquese ...
...Con esa fecha se notifica por lista publicada en los estrados de este tribunal a la parte quejosa, el proveído de uno de julio de dos mil dieciséis, por lo que este tribunal tiene por hecha la notificación, en virtud de haber transcurrido el término que para tal efecto se concedió, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 27 fracción I, inciso c)... Agréguense a los autos el oficio y anexo, por medio del cual la Juez Segundo Menor Mixto, con residencia en Zamora, Michoacán, remite copia certificada de la sentencia de veintitrés de mayo del año en curso, emitida dentro del juicio ejecutivo mercantil..., en cumplimiento a la ejecutoria de amparo; en consecuencia, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dése vista a las partes por el término de diez días, para que manifiesten lo que a su derecho convenga, haciéndoles de su conocimiento que trascurrido ese plazo, con desahogo de la vista o sin ella, este tribunal resolverá sobre el cumplimiento de la ejecutoria emitida en el presente asunto... Notifíquese...
...Agréguense a los autos el oficio y anexo, por medio del cual la Juez Segundo Menor Mixto, con residencia en Zamora, Michoacán, remite copia certificada de la sentencia de veintitrés de mayo del año en curso, emitida dentro del juicio ejecutivo mercantil..., en cumplimiento a la ejecutoria de amparo; en consecuencia, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dése vista a las partes por el término de diez días, para que manifiesten lo que a su derecho convenga, haciéndoles de su conocimiento que trascurrido ese plazo, con desahogo de la vista o sin ella, este tribunal resolverá sobre el cumplimiento de la ejecutoria emitida en el presente asunto... Notifíquese...
... Agréguese a los autos el oficio de cuenta, suscrito por la Juez Segundo Menor Mixto, con residen
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