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Unión Regional De Porcicultores Jalisco | Magistrado Ubaldo Garc Exp: 4/2025

Federal > Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Tercer Circuito de Tercer Circuito
Actor: Unión Regional De Porcicultores De Jalisco
Demandado: Magistrado Ubaldo García Armas, Integrante Del Tercer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Tercer Circuito
Materia: Civil
Tipo: Excusas e Impedimentos

RESUMEN: El Expediente 4/2025 en Materia Civil y de tipo Excusas E Impedimentos fue promovido por Unión Regional De Porcicultores De Jalisco en contra de Magistrado Ubaldo García Armas, Integrante Del Tercer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Tercer Circuito en el Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Tercer Circuito en Circuito 3 (Jalisco). El Proceso inició el 19 de Febrero del 2025 y cuenta con 2 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 4/2025

  • 28 de Febrero del 2025

    Actor: UNIÓN REGIONAL DE PORCICULTORES DE JALISCO

    Demandado: MAGISTRADO UBALDO GARCÍA ARMAS, INTEGRANTE DEL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO

    PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES: Téngase por recibido el escrito, por el que interpone recurso de reclamación en contra del proveído de dieciocho de febrero del año en curso, dictado en el presente asunto, por el que se desechó por improcedente la recusación planteada. Trámite ante la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Civil de este Circuito De conformidad con el artículo 47 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales publicado en el Diario Oficial de la Federación, el veintiuno de mayo de dos mil quince, mediante oficio que se gire al Jefe de la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Civil de este Circuito, infórmese la interposición del citado recurso para los efectos estadísticos correspondientes, a fin de que lo registre y remita la boleta respectiva a este tribunal. Sin que sea necesario que obre copia certificada del referido escrito toda vez que éste se glosara en el recurso de reclamación que al efecto se forme y el mismo ya fue digitalizado y obra agregado al expediente electrónico del presente asunto. Uso de medios tecnológicos y soluciones digitales Finalmente, con apoyo en el artículo 263, fracción II, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, se invita a las partes a que hagan uso de las herramientas tecnológicas y transiten al esquema de actuación desde el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación. Notifíquese por lista y por oficio a la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Civil del Tercer Circuito

  • 19 de Febrero del 2025

    Actor: UNIÓN REGIONAL DE PORCICULTORES DE JALISCO

    Demandado: MAGISTRADO UBALDO GARCÍA ARMAS, INTEGRANTE DEL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO

    PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES: debe desecharse por notoriamente improcedente el impedimento planteado, lo conducente es desechar de plano la recusación planteada, al no haber exhibido el billete de depósito a que alude el artículo 59 de la Ley de Amparo, ni haber aportado medios de convicción para demostrar un estado de insolvencia que imposibilite cubrir la multa, toda vez que la parte recurrente no señala domicilio procesal o usuario, se ordena que se le practiquen todas las notificaciones, aun las de carácter personal, por medio de lista, mientras no señale domicilio para recibirlas, se invita a las partes a que hagan uso de las herramientas tecnológicas y transiten al esquema de actuación desde el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación, se habilitan desde ahora días y horas inhábiles, para la práctica de las notificaciones que se ordenen en este expediente. Notifíquese por lista, por oficio al Administrador Local de Recaudación Fiscal con residencia en esta ciudad y vía interconexión a los Magistrados integrantes del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito

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