Federal
> Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua de Décimo Séptimo Circuito
Actor: Universidad Autónoma De Ciudad Juárez
Demandado: Secretaría De Hacienda Del Gobierno Del Estado De Chihuahua
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 752/2021 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Universidad Autónoma De Ciudad Juárez en contra de Secretaría De Hacienda Del Gobierno Del Estado De Chihuahua en el Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua en Circuito 17 (Chihuahua). El Proceso inició el 17 de Noviembre del 2021 y cuenta con 2 Notificaciones.
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Actor: Universidad Autónoma de Ciudad Juárez
Demandado: Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Chihuahua y Otros
Ciudad Juárez, Chihuahua, veintiuno de enero de dos mil veintidós. Agréguese a los autos el oficio de cuenta, signado por el Actuario Judicial Adscrito al Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, con residencia en esta ciudad, con el que remite testimonio certificado de la resolución dictada en el recurso de queja administrativa 173/2021, formado con motivo del medio de impugnación interpuesto por la parte quejosa contra el acuerdo de desechamiento emitido por este Juzgado el veintiuno de octubre de dos mil veintiuno, del cual se advierte que dicho recurso de queja fue declarado infundado por la superioridad. Gírese el acuse de recibo correspondiente y toda vez que no existe actuación alguna por cumplimentar, archívese este expediente como asunto totalmente concluido. En consecuencia, esta autoridad con fundamento en los artículos 6 y 12, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de valoración, depuración, destrucción, digitalización, transferencia y reguardo de los expedientes judiciales generados por los Órganos Jurisdiccionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinticinco de marzo de dos mil veinte, procede a valorar jurídicamente este juicio de amparo, por tanto, hace la precisión que este expediente es susceptible de destrucción, una vez que transcurran tres años posteriores a la fecha de su archivo, por ubicarse en los supuestos previsto en el artículo 21, inciso d), del Acuerdo General en cita, toda vez que en este asunto se desechó de plano la demanda de amparo; además de que la superioridad declaró infundado el recurso de queja interpuesto por la parte quejosa contra el auto de desechamiento; aunado a ello, al prudente arbitrio de este juzgador no tienen relevancia documental. Asiéntense los anteriores datos en la carátula del expediente mencionado y háganse las anotaciones correspondientes en el libro de registro de juicios de amparo, así como en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE)
Actor: Universidad Autónoma de Ciudad Juárez
Demandado: Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Chihuahua
Ciudad Juárez, Chihuahua, dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno. Con fundamento en el artículo 62 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, agréguese a los autos el oficio de cuenta signado por el Actuario Judicial del Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, con residencia en esta ciudad, en el que se transcribe el auto de once de noviembre del presente año, dictado en el toca 173/2021, de cuyo contenido se advierte que se admitió a trámite el recurso de queja interpuesto por Tania Magaly Cortes Flores, en su carácter de apoderada legal de la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, contra el proveído de veintiuno de octubre del año en curso, en el que se desechó la demanda de amparo. Asimismo, acusa recibo del oficio con el que se rindió el informe de ley, se remitió el original y copia del recurso de queja y de expresión de agravios. Notifíquese
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