Federal
> Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Universidad Estatal De Oriente A.c.
Demandado: Presidenta De La Junta Especial Número 1 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla Y Otros.
Materia: Laboral
Tipo: Queja
RESUMEN: El Expediente 69/2018 en Materia Laboral y de tipo Queja fue promovido por Universidad Estatal De Oriente A.c en contra de Presidenta De La Junta Especial Número 1 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla Y Otro en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 27 de Junio del 2018 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Puebla, Puebla, diecisiete de agosto de dos mil dieciocho. Téngase por recibido el oficio signado po
Se propone declarar infundado el recurso de queja.
Puebla, Puebla, veintiséis de junio de dos mil dieciocho. Visto el acuerdo plenario del día de hoy, mediante el cual se acepta la competencia para conocer del recurso de queja interpuesto por Universidad Estatal de Oriente, Asociación Civil a través de su apoderado José Manuel Carmona Lozada, en el que se desechó la demanda de amparo. ADMISIÓN se admite. DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que señala en su escrito de agravios y autorizados. SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO Sin que haya lugar a proveer sobre la solicitud de suspensión del procedimiento, toda vez que en términos del artículo 102 de la ley de la materia, es al Juzgado de Distrito a quien le corresponde decidir sobre la misma. INTEGRACION DE ESTE TRIBUNAL COLEGIADO Se hace saber a las partes que este Tribunal Colegiado se encuentra integrado por los Magistrados Francisco Esteban González Chávez (Presidente), Miguel Mendoza Montes y José Ybraín Hernández Lima. MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN En términos del artículo 5°, fracción IV, de la Ley de Amparo, dese al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a este tribunal la intervención que el numeral de mérito le confiere. TURNO A PONENCIA túrnense los autos al Magistrado José Ybraín Hernández Lima, para que elabore el proyecto de resolución correspondiente, según el orden que se tiene establecido en este tribunal para este tipo de determinaciones. PROTECCIÓN DE DATOS De conformidad con los numerales 16, 68 y 71 de la Ley Federal, así como el diverso 73 de la Ley General, ambas de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se hace de conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación está obligado a proteger los datos personales que obren en su poder, así como a poner a disposición del público y actualizar las versiones públicas de las sentencias que sean de interés público, en las cuales la información clasificada -reservada o confidencial- que obre en la misma no puede ser objeto de publicación.
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