Federal
> Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Valeriano Ruiz Lubiano Y Otros..
Demandado: Junta Especial Número 4 De La Local De Conciliación Y Arbitraje, Ciudad Y Otros..
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 2267/2022 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Valeriano Ruiz Lubiano Y Otro en contra de Junta Especial Número 4 De La Local De Conciliación Y Arbitraje, Ciudad Y Otro en el Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 26 de Septiembre del 2022 y cuenta con 2 Notificaciones.
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Reynosa, Tamaulipas, siete de octubre de dos mil veintidós. Vista la certificación que antecede, de la que se advierte que transcurrió el plazo de cinco días a que se refiere el artículo 98, en relación con el diverso numeral 97, fracción I, inciso a), ambos de la Ley de Amparo, sin que la parte quejosa haya recurrido el auto por el cual se desechó la demanda de amparo; por tanto, de conformidad con el artículo 288 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia, se le tiene por perdido ese derecho, y se declara que dicho auto ha causado estado para todos los efectos legales correspondientes. Archívense las actuaciones como asunto totalmente concluido, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 214 de la Ley de Amparo, interpretado en sentido contrario. Notifíquese personalmente.
Reynosa, Tamaulipas, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós. Vista la demanda de amparo promovida por Valeriano Ruiz Lubiano, contra el acto de la Junta Especial número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad; fórmese expediente y anótese su ingreso en el Libro uno de Juzgado correspondiente al registro de juicios de amparo, que se lleva en este juzgado, así como en el sistema integral de seguimiento de expedientes, con el número 2267/2022-II, por ser el ordinal progresivo que le corresponde. En consecuencia, se reitera, con fundamento en el artículo 113 de la Ley de Amparo, se desecha de plano la demanda de amparo. ...
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