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Víctor Hugo Gómez Bretón | Congreso Del Estado De Jalisco Exp: 196/2017

Federal > Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Tercer Circuito de Tercer Circuito
Actor: Víctor Hugo Gómez Bretón
Demandado: Congreso Del Estado De Jalisco | Juzgado Quinto De Distrito En Materias Administrativa Y De Trabajo En El Estado De Jalisco
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo en revisión

RESUMEN: El Expediente 196/2017 en Materia Administrativa y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Víctor Hugo Gómez Bretón en contra de Congreso Del Estado De Jalisco en el Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Tercer Circuito en Circuito 3 (Jalisco). El Proceso inició el 10 de Abril del 2017 y cuenta con 10 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 196/2017

  • 11 de Diciembre del 2018

    Actor: Víctor Hugo Gómez Bretón

    Demandado: Congreso del Estado de Jalisco

    Se tiene por recibido el oficiosuscrito por el Secretario del Juzgado A Quo, acusando recibo del oficio girado por este tribunal federal, por el que se remitió testimonio de la sentencia dictada en este asunto, y los autos respectivos. Archívese este expediente, y dado que el mismo encuadra en el supuesto de la fracción IV, del artículo vigésimo primero del Acuerdo General Conjunto número 2/2009, del...porque la sentencia dictada confirmó el sobreseimiento en el juicio de amparo; se determina que procede la destrucción material del expediente, una vez que transcurran más de cinco años como lo establece el citado acuerdo. Además de que en este asunto no se exhibieron documentos originales ni se considera de relevancia documental

  • 11 de Diciembre del 2018

    Se tiene por recibido el oficiosuscrito por el Secretario del Juzgado A Quo, acusando recibo del oficio girado por este tribunal federal, por el que se remitió testimonio de la sentencia dictada en este asunto, y los autos respectivos. Archívese este expediente, y dado que el mismo encuadra en el supuesto de la fracción IV, del artículo vigésimo primero del Acuerdo General Conjunto número 2/2009, del...porque la sentencia dictada confirmó el sobreseimiento en el juicio de amparo; se determina que procede la destrucción material del expediente, una vez que transcurran más de cinco años como lo establece el citado acuerdo. Además de que en este asunto no se exhibieron documentos originales ni se considera de relevancia documental

  • 04 de Diciembre del 2018

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, se resuelve: ÚNICO. Se confirma la resolución recurrida qu

  • 04 de Diciembre del 2018

    Actor: Víctor Hugo Gómez Bretón

    Demandado: Juzgado Quinto de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, se resuelve: ÚNICO. Se confirma la resolución recurrida que sobreseyó en el juicio de amparo

  • 04 de Mayo del 2017

    Vista la anterior constancia, se provee: de conformidad con el artículo 183 de la Ley de Amparo, se turnan estos autos para que formule el proyecto de resolución al magistrado Hugo Gómez Ávila

  • 04 de Mayo del 2017

    Actor: Víctor Hugo Gómez Bretón

    Demandado: Juzgado Quinto de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco

    Vista la anterior constancia, se provee: de conformidad con el artículo 183 de la Ley de Amparo, se turnan estos autos para que formule el proyecto de resolución al magistrado Hugo Gómez Ávila

  • 26 de Abril del 2017

    Por recibido el escrito que suscribe la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a este Tribunal, con fundamento en el artículo 5° fracción IV, de la Ley de Amparo, se le tiene formulando el pedimento que del mismo se desprende. Respecto a la expedición de copia certificada que solicita de la resolución que se dicte en el presente asunto, dígasele que conforme a su petición contenida en el oficio 25/2016, se le notificará mediante oficio, haciéndole de su conocimiento tal como lo solicitó únicamente los puntos resolutivos de la misma, incluyendo la primer hoja en que se contiene la fecha, pudiendo también, además, hacer uso de aparatos como lo son las cámaras o lectores ópticos, en términos de la Circular 12/2009, de dieciocho de marzo de dos mil nueve del Secretario Ejecutivo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, si así lo desea

  • 26 de Abril del 2017

    Actor: Víctor Hugo Gómez Bretón

    Demandado: Congreso del Estado de Jalisco

    Por recibido el escrito que suscribe la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a este Tribunal, con fundamento en el artículo 5° fracción IV, de la Ley de Amparo, se le tiene formulando el pedimento que del mismo se desprende. Respecto a la expedición de copia certificada que solicita de la resolución que se dicte en el presente asunto, dígasele que conforme a su petición contenida en el oficio 25/2016, se le notificará mediante oficio, haciéndole de su conocimiento tal como lo solicitó únicamente los puntos resolutivos de la misma, incluyendo la primer hoja en que se contiene la fecha, pudiendo también, además, hacer uso de aparatos como lo son las cámaras o lectores ópticos, en términos de la Circular 12/2009, de dieciocho de marzo de dos mil nueve del Secretario Ejecutivo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, si así lo desea

  • 10 de Abril del 2017

    Se tiene por recibido el oficio número 18030, signado por el Juez Quinto de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, por el que remite el juicio de amparo 3013/2016, foliado hasta la foja 357, así como original y copia de un escrito de agravios. Acúsese recibo. Con fundamento en el artículo 81, fracción I, inciso e) y 91 Ley de Amparo, se admite el recurso de revisión interpuesto por***, autorizada por el quejoso***, carácter que tiene reconocido a foja 88 vuelta del expediente de origen, contra la sentencia dictada el veintiocho de febrero de dos mil diecisiete, en el citado juicio de garantías. Domicilio para recibir notificaciones; se le tiene señalando el que indica. Asimismo, solicita subsista la designación de autorizados en restringidos términos a***, en virtud de así estar reconocidos por el Juez de Distrito citado, a foja 88 del expediente de origen; por lo que respecta a***, no ha lugar a tenerla como autorizada porque de conformidad con la primera parte del segundo párrafo del artículo 24 de la Ley de Amparo, dicho autorizado no podrá sustituir o delegar la facultad otorgada por su autorizante en un tercero. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a este tribunal, la intervención que legalmente le corresponde. Hágase del conocimiento de las partes, que este Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de este Tercer Circuito, se encuentra integrado por los magistrados Elías H. Banda Aguilar, Hugo Gómez Ávila y José Manuel Mojica Hernández

  • 10 de Abril del 2017

    Actor: Víctor Hugo Gómez Bretón

    Demandado: Congreso del Estado de Jalisco

    Se tiene por recibido el oficio número 18030, signado por el Juez Quinto de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, por el que remite el juicio de amparo 3013/2016, foliado hasta la foja 357, así como original y copia de un escrito de agravios. Acúsese recibo. Con fundamento en el artículo 81, fracción I, inciso e) y 91 Ley de Amparo, se admite el recurso de revisión interpuesto por***, autorizada por el quejoso***, carácter que tiene reconocido a foja 88 vuelta del expediente de origen, contra la sentencia dictada el veintiocho de febrero de dos mil diecisiete, en el citado juicio de garantías. Domicilio para recibir notificaciones; se le tiene señalando el que indica. Asimismo, solicita subsista la designación de autorizados en restringidos términos a***, en virtud de así estar reconocidos por el Juez de Distrito citado, a foja 88 del expediente de origen; por lo que respecta a***, no ha lugar a tenerla como autorizada porque de conformidad con la primera parte del segundo párrafo del artículo 24 de la Ley de Amparo, dicho autorizado no podrá sustituir o delegar la facultad otorgada por su autorizante en un tercero. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a este tribunal, la intervención que legalmente le corresponde. Hágase del conocimiento de las partes, que este Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de este Tercer Circuito, se encuentra integrado por los magistrados Elías H. Banda Aguilar, Hugo Gómez Ávila y José Manuel Mojica Hernández

antecedentes
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