Federal
> Juzgado Octavo De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Yolanda Isabel Loria Magaña
Demandado: Junta Especial Número Cuatro De La Federal De Conciliación Y Arbitraje
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 2769/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Yolanda Isabel Loria Magaña en contra de Junta Especial Número Cuatro De La Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Octavo De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 08 de Septiembre del 2023 y cuenta con 14 Notificaciones.
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Actor: YOLANDA ISABEL LORIA MAGAÑA
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
Agréguese a los autos el escrito de cuenta que firma electrónicamente el autorizado de la quejosa; atento a su contenido, gírese atento oficio a la Junta responsable, acompañando copia certificada de la constancia que precisa, a efecto de que acuerde lo que en derecho corresponda
Actor: YOLANDA ISABEL LORIA MAGAÑA
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
El fallo protector se encuentra cumplido. Comuníquese lo anterior a las autoridades señaladas como responsables y en su oportunidad remítase el presente expediente al archivo como asunto concluido. Tomando en consideración que en la sentencia por una parte, se sobreseyó en el juicio, y por otra, se concedió la protección de la Justicia Federal, éste se clasifica como expediente CONSERVABLE íntegramente, en un plazo de TRES AÑOS
Actor: YOLANDA ISABEL LORIA MAGAÑA
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
Agréguese el escrito de cuenta, que firma electrónicamente el apoderado del tercero interesado, personalidad que se le reconoce en términos de la copia digital del testimonio notarial que exhibe, toda vez que manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que es una reproducción integra e inalterada de su original; en atención a su contenido, se les tiene apersonándose al presente juicio de amparo. Toda vez que proporcionó nombre de usuario, se le autoriza la consulta del presente expediente vía internet (expediente electrónico); además, como lo solicita, practíquense las notificaciones personales vía electrónica; por tanto, háganse los trámites correspondientes en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (S.I.S.E). En ese sentido, las partes que cuenten con firma electrónica están obligadas a ingresar al sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación, todos los días y obtener la constancia de la consulta que se realice vía electrónica, en un plazo máximo de dos días, a partir de que se hubiere enviado. Apercibido que de no generar la constancia mencionada en los plazos señalados, este Juzgado de Distrito tendrá por hecha la notificación correspondiente, de conformidad con lo establecido en el dispositivo legal en cita
Actor: YOLANDA ISABEL LORIA MAGAÑA
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
Agréguese el oficio de cuenta que signa la Presidenta de la Junta responsable; por virtud del cual, en cumplimiento a la ejecutoria de amparo y al requerimiento formulado mediante proveído de catorce de diciembre dos mil veintitrés, remite copia certificada de la diligencia de veinte de octubre de dos mil veintitrés, derivada del exhorto del índice de la diversa Junta. En consecuencia, se da vista a las partes, para que dentro del término de tres días manifiesten lo que a su derecho convenga, corriéndoles traslado con copia certificada de la documental de mérito
Actor: YOLANDA ISABEL LORIA MAGAÑA
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
Se tiene por recibido el oficio que proveniente de la Junta Foranea; sin embargo, no ha lugar a tomarlo en consideración, en virtud de que carece de firma autógrafa o electrónica, tal y como lo asentó el encargado de la oficialía de partes de este juzgado, lo que resulta necesario para otorgar validez jurídica a dicho oficio. No obstante lo anterior, se tiene por recibida la documental que se anexó, y en atención a su contenido, deberá estar a lo acordado en auto de catorce de diciembre de dos mil veintitrés, en el que se tuvo por recibida dicha constancia y se proveyó lo conducente
Actor: YOLANDA ISABEL LORIA MAGAÑA
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
Agréguese el oficio de cuenta que signa el Presidente de la Junta responsable, por medio del cual, en cumplimiento a la ejecutoria de amparo, remite copia certificada del proveído de cuatro de octubre de dos mil veintitrés, dictado en el exhorto, del índice de la Junta Foranea, derivado del expediente laboral. En consecuencia, se tiene a la autoridad oficiante, informando las gestiones efectuadas con el objeto de acatar el fallo protector En mérito de lo anterior, SE REQUIERE a la Junta Foranea en cita, para que en el término de TRES DÍAS: Remita copia certificada del resultado de la diligencia programada para el veinte de octubre de dos mil veintitrés, en el exhorto, que le giró la Junta responsable, con la finalidad de desahogar el cotejo de la documental ofrecido por el demandado en el expediente laboral, bajo el numeral 4; o bien manifieste y acredite la imposibilidad que tenga para ello. Se le APERCIBE que de no hacerlo, se impondrá a ***, en su carácter de Presidenta del citado órgano, UNA MULTA
Actor: YOLANDA ISABEL LORIA MAGAÑA
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
Ha causado ejecutoria la sentencia de seis de noviembre de dos mil veintitrés, mediante la cual por una parte, se sobreseyó en el presente juicio, y por otra parte, se concedió el amparo y protección de la Justicia Federal. Requiérase a la Junta ***, para que dentro del término de CINCO días, dé cumplimiento a la ejecutoria de amparo. Se le apercibe que de no hacerlo, en el próximo requerimiento, se impondrá UNA MULTA
Actor: YOLANDA ISABEL LORIA MAGAÑA
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
R E S U E L V E: PRIMERO. Se SOBRESEE en el juicio de amparo que promovió la parte quejosa.la parte quejosa. SEGUNDO. La Justicia de la Unión AMPARA y PROTEGE a la parte quejosa
Actor: YOLANDA ISABEL LORIA MAGAÑA
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
Agréguese a los autos el escrito de cuenta que signa el autorizado de la quejosa; en atención a su contenido, deberá estar a lo ordenado en acuerdo de siete de septiembre de dos mil veintitrés, en el que se autorizó la consulta del expediente electrónico a través del usuario que menciona
Actor: YOLANDA ISABEL LORIA MAGAÑA
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
Téngase por recibido el oficio de cuenta signado por la Presidente de la Junta Especial Número Cuatro de la Federal de Conciliación Arbitraje, mediante el cual, remite copia certificada de lo actuado a partir del acuerdo de veintinueve de mayo de dos mil veintitrés en el expediente laboral de origen ***; con su contenido, dese vista a las partes para que manifiesten lo que a su derecho convenga. Relaciónese en la audiencia constitucional
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