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Yolia Del Consuelo Simon Alvarado | Subgerente De Administración Exp: 1064/2018

Federal > Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Yolia Del Consuelo Simon Alvarado
Demandado: Subgerente De Administración De Beneficios Y Servicios A Mandos Superiores De Petróleos Méxicanos, Delegacion Miguel Hidalgo, Ciudad De México | Subgerente De Administración De Beneficios Y Servicios A Mandos Superiores De Petróleos Méxicanos, Delegacion Miguel Hidalgo, Ciudad De México
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 1064/2018 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Yolia Del Consuelo Simon Alvarado en contra de Subgerente De Administración De Beneficios Y Servicios A Mandos Superiores De Petróleos Méxicanos, Delegacion Miguel Hidalgo, Ciudad De México en el Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 22 de Octubre del 2018 y cuenta con 2 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 1064/2018

  • 06 de Noviembre del 2018

    Actor: Yolia del Consuelo Simon Alvarado

    Demandado: SUBGERENTE DE ADMINISTRACIÓN DE BENEFICIOS Y SERVICIOS A MANDOS SUPERIORES DE PETRÓLEOS MÉXICANOS, DELEGACION MIGUEL HIDALGO, CIUDAD DE MÉXICO

    Por recibido el oficio signado por el Juez Cuarto de Distrito En Materia Civil en la Ciudad de México, mediante el cual informa que no insiste en declinar la competencia del juicio de amparo 1064/2018-IV-1, del índice de este juzgado y, que se avocó al conocimiento de dicha demanda. En consecuencia, con fundamento en el artículo 214 de la Ley de Amparo, en su oportunidad, archívese el presente expediente como asunto concluido. En cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del punto décimo primero del Acuerdo General conjunto número 1/2009, de veintiocho de septiembre de dos mil nueve, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la transferencia, digitalización, depuración y destrucción de los expedientes generados en los Juzgados de Distrito, se ordena que una vez que transcurran seis meses a partir de esta fecha, se proceda a su destrucción, debido a que encuadra en la hipótesis de la fracción I del punto vigésimo, del citado Acuerdo General conjunto, al ser un expediente auxiliar (cuaderno de antecedentes), previa formulación del acta y relación correspondiente para la plena identificación del expediente destruido, tal y como lo dispone el punto vigésimo cuarto del acuerdo normativo

  • 22 de Octubre del 2018

    Actor: Yolia del Consuelo Simon Alvarado

    Demandado: SUBGERENTE DE ADMINISTRACIÓN DE BENEFICIOS Y SERVICIOS A MANDOS SUPERIORES DE PETRÓLEOS MÉXICANOS, DELEGACION MIGUEL HIDALGO, CIUDAD DE MÉXICO

    No se acepta competencia, devuélvase el oficio, demanda y anexos al juzgado décimo de distrito en materia administrativa en la ciudad de méxico, para los efectos legales conducentes. Fórmese el cuaderno de antecedentes que corresponda, háganse las anotaciones respectivas en el libro de gobierno y solicítese el acuse de recibo de estilo

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