Michoacán
> Juzgado Segundo Civil de Lázaro Cárdenas
Actor: Aurelio Valdovinos Perez Y , Alondra Banderas Sosa
Materia: Civil
RESUMEN: El Expediente 12/2013 en Materia Civil fue promovido por Aurelio Valdovinos Perez Y , Alondra Banderas Sosa en el Juzgado Segundo Civil en Lázaro Cárdenas, Michoacán. El Proceso inició el 14 de Enero del 2013 y cuenta con 14 Notificaciones.
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Visto el estado procesal que guarda este expediente y como de constancias que lo integran se colige que los promoventes han dejado de gestionar por más de 6 seis meses, en consecuencia, y de conformidad a lo establecido en el artículo 923 fracción I del Código Familiar del Estado, se ordena remitir al Archivo del Poder Judicial del Estado para su guarda definitiva, previas las anotaciones respectivas que se realicen en el libro de Gobierno que se lleva en este Juzgado.- DESE DE BAJA EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA PARA ESTADÍSTICAS.- ARCHIVO DEFINITIVO.
Visto el escrito de cuenta que suscribe el promoventes, téngasele por hechas las manifestaciones que vierte en su libelo a estudio, toda vez, que de constancias se desprende que la resolución final dictada en autos, ha causado ejecutoria; consecuentemente, como lo solicita, gírese nuevo atento oficio al Oficial del Registro Civil de esta ciudad; finalmente señalando nuevo domicilio para recibir notificaciones y documentos autorizando para tales efectos a los profesionistas que indica.- GIRESE OFICIO.-
Por recibida la factura número 56751 que remite a este Órgano Jurisdiccional el ciudadano Jefe del Archivo Judicial, mediante el cual devuelve a éste Tribunal, los autos originales del expediente número 012/2013 relativo a las DILIGENCIAS DE JURISDICCION VOLUNTARIA sobre DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, virtud a solicitud del promovente, se manda hacer saber a los promoventes la llegada de autos mediante NOTIFICACIÓN PERSONAL y las anotaciones respectivas en el Libro de Gobierno que se lleva en este Juzgado.- DESE DE ALTA EN EJECUCION DE SENTENCIA PARA ESTADISTICAS.
Como lo solicita A. V. P. y tomando en consideración que el expediente dentro del cual desea gestionar se encuentra en el archivo del poder judicial en el estado, al haberse remitido para su guarda en fecha 26 veintiséis de mayo del 2014 dos mil catorce, mediante oficio 1117/2014 como se pide se ordena realizar la solicitud al jefe del archivo judicial, para que a su vez ordene a quien corresponda remita a esta órgano jurisdiccional los autos originales que integran expediente 12/2013, relativo a las DILIGENCIAS DE JURISDICCION VOLUNTARIA sobre DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO.
Visto el estado procesal que guarda este expediente y como de constancias se aprecia que se trata de un asunto totalmente concluido; en consecuencia, se ordena su remisión al archivo del Poder Judicial del Estado para su guarda definitiva, previas las anotaciones respectivas que se realicen en el libro de Gobierno que se lleva en este Juzgado.- DESE DE BAJA EN EJECUCION DE SENTENCIA COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO PARA ESTADÍSTICAS.
Visto el escrito de cuenta suscrito por la promovente, dígasele que no ha lugar a proveer de conformidad su petición, es decir, a hacerle la devolución de la cantidad de dinero que como garantía alimentaria solicita, virtud que la misma se ha constituido en depósito judicial y su devolución solo podrá realizarse por causa de fuerza mayor o incumplimiento evidente y acreditado de la carga alimentaria, lo que en el caso que nos ocupa no se comprueba.-
Se tiene por recibido el oficio número 5810, que remite el Actuario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Michoacán, mediante el cual acusa de recibido el diverso oficio número 302/2013, signado por el suscrito Juez, mediante el cual se devolvió sin diligenciar el despacho 47/2013-I-D-A-C, deducido del juicio de amparo número 631/2012-I-S, promovido por Yolanda Morales Rubio y Maileth Isidro Mendoza, apoderadas jurídicas de Sergio Mendoza Valencia y María del Carmen Valencia Barragán, ésta última en cuanto representante legal de los menores Briseida Yaneth y José Guadalupe de apellidos Mendoza Valencia, contra actos del Juez Mixto de Primera Instancia de Coalcomán, Michoacán y otras autoridades, que le fue remitido por éste Tribunal, enterado el suscrito Juez de su contenido, ordena sea agregado a sus antecedentes para que surta los efectos legales correspondientes. -
Vista la certificación que antecede, y toda vez que de constancias se desprende que ninguno de los interesados interpuso recurso de apelación en contra de la resolución final dictada en autos, dentro del término que para tal efecto les concede la ley, consecuentemente, como lo solicita la promovente, es de declararse y se declara firme la misma para todos los efectos legales a que haya lugar; por otra parte, y como lo solicita, gírese atento oficio al Oficial del Registro Civil de esta ciudad, autorizando para recibir la comunicativa de mérito y copias certificadas a los profesionistas que indica.- Gírese oficio y DESE DE ALTA EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA PARA EFECTOS ESTADÍSTICOS.-
Con esta fecha se dictó RESOLUCION FINAL bajo los siguientes PUNTOS RESOLUTIVOS: PRIMERO.- Han procedido las presentes diligencias de divorcio por Mutuo Consentimiento que promovieron AURELIO VALDOVINOS PEREZ y ALONDRA BANDERAS SOSA, en consecuencia. SEGUNDO.- Se aprueba el convenio presentado por los cónyuges, en todas y cada una de sus partes, juntamente con las manifestaciones que hicieron al mismo, condenándose a aquéllos a estar y pasar por él en todo tiempo, modo lugar.
TERCERO.- Se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los señores AURELIO VALDOVINOS PEREZ y ALONDRA BANDERAS SOSA, recobrando ambos su entera capacidad para contraer matrimonio, con la taxativa de que no podrán hacerlo entre sí, sino hasta que transcurra un año contado a partir de la fecha en que la presente resolución cause ejecutoria; remítanse copias certificadas por duplicado de la presente resolución al Oficial del Registro Civil donde se celebró el matrimonio que obra en el libro 4, acta 00066, tomo 01, de fecha 18 dieciocho de marzo del 2005 dos mil cinco, control 8796462, y levante la de divorcio y gire los avisos al Jefe del Archivo del Poder Ejecutivo de esta Entidad para que proceda en similares condiciones en el libro de duplicado de matrimonios; y se envíen los avisos de ley, para que se hagan las anotaciones en las partidas de nacimiento de los divorciados que constan la de AURELIO VALDOVINOS PEREZ, asentada en el tomo 13, acta 02537, de fecha 10 diez de octubre de 1988 mil novecientos ochenta y ocho, control 8922394; y la de ALONDRA BANDERAS SOSA, en el libro 1, tomo 10, acta 01963, de fecha 31 treinta y uno de diciembre de 1993 mil novecientos noventa y tres, control 8922096; expedidas la primera por el Oficial del Registro Civil de esta Ciudad, y la segunda por el de Las Guacamayas, perteneciente a este Municipio, respectivamente. CUARTO.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE.
Con esta fecha siendo las 12:00 doce horas se desahogo segunda junta de avenimiento, se ordena poner los autos a la vista del titular para que dicte resolución que en derecho proceda.- CITADO PARA RESOLUCION.-
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