Michoacán
> Juzgado Séptimo Civil de Morelia
Materia: Civil
Tipo: Ejecutivo Mercantil: Otros
RESUMEN: El Expediente 11/2016 en Materia Civil y de tipo Ejecutivo Mercantil: Otros en el Juzgado Séptimo Civil en Morelia, Michoacán. El Proceso inició el 12 de Enero del 2016 y cuenta con 21 Notificaciones.
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Dígase al ocursante, que deberá estarse a lo acordado mediante proveído de la fecha que se indica.
Por recibidos los autos originales del expediente, que remite el Jefe del Archivo del Poder Judicial, se ordena NOTIFICAR PERSONALMENTE a la parte actora la llegada de los autos y la prosecución judicial.
Se ordena pedir vía electrónica al Jefe del Archivo del Poder Judicial del Estado, para que devuelva a este Tribunal el expediente que se precisa, en virtud de que se desea seguir gestionando dentro del presente juicio.
Por recibidos los autos originales del expediente, que remite el Jefe del Archivo del Poder Judicial, se ordena NOTIFICAR PERSONALMENTE a la parte actora la llegada de los autos y la prosecución judicial; se tiene al ocursante, autorizando para imponerse de autos a la persona que refiere.
Se ordena pedir vía electrónica al Jefe del Archivo del Poder Judicial del Estado, para que devuelva a este Tribunal el expediente que se precisa, en virtud de que se desea seguir gestionando dentro del presente juicio.
Por recibidos los autos originales que remite el Jefe del Archivo Judicial; se ordena NOTIFICAR PERSONALMENTE a la parte actora, la llegada de los autos y prosecución judicial.
Se ordena pedir vía electrónica al Jefe del Archivo del Poder Judicial del Estado, para que devuelva a este Tribunal el expediente que se precisa, en virtud de que se desea seguir gestionando dentro del presente juicio.
Se ordena pedir vía electrónica al Jefe del Archivo Judicial para que devuelva a este Tribunal el expediente que se indica, en virtud de que se desea seguir gestionando en el mismo.
Se decreta la caducidad de la instancia, volviendo las cosas al estado en que se encontraban antes de la presentación de la demanda; se ordena hacer la devolución de los documentos aportados, remítase el expediente al archivo judicial. Sin que obste lo anterior, el hecho de que se haya dictado el auto de fecha 5 cinco de enero y 29 veintinueve de marzo del año en curso, toda vez que no interrumpen el término para que opere la caducidad de la instancia. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE a la parte actora.
Se tiene al promovente, autorizando para imponerse de los autos a la persona que refiere.
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