Michoacán
> Juzgado Octavo Oral Familiar de Morelia
Materia: Familiar
Tipo: Jurisdiccion Voluntaria Familiar Oral: Divorcio por mutuo consentimiento
RESUMEN: El Expediente 1101/2020 en Materia Familiar y de tipo Jurisdiccion Voluntaria Familiar Oral: Divorcio Por Mutuo Consentimiento en el Juzgado Octavo Oral Familiar en Morelia, Michoacán. El Proceso inició el 09 de Noviembre del 2020 y cuenta con 18 Notificaciones.
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Se ordena remitir el juicio al archivo judicial, se ordena remitir la copias ordenadas y se deja comunicado a disposición del actuaría para su entrega.
Por recibido oficio que remite agente del ministerio público de la fiscalía especializada para la atención en delitos de violencia familiar y de género, la suscrita queda enterada de su contenido y en atención a ellas, se ordena remitirle copias certificadas de las constancias que indica
Acuerdo uno. Dígase que no a lugar a lo que solicita, respecto del requerimiento de pago. Acuerdo dos. Los oficios que solicita sean enviados, se encuentran a su disposición en éste juzgado.
Se deberá estar a lo acordado con fecha veintiocho de mayo del 2021
Se le tiene a la parte actora cumpliendo con el requerimiento y dese vista a su contraria para que dentro del término de 3 días manifieste lo que a sus interés convenga.
Dígasele que no ha lugar a proveer de conformidad y se le tiene señalando domicilio para recibir notificaciones vía electrónica. OTRO ACUERDO. Dígasele que no ha lugar a proveer de conformidad. OTRO ACUERDO. Se le requiere para que dentro del término de 3 días aclare lo solicitado.
Se le tiene haciendo manifestaciones, dígasele que previamente a proveer de lo conducente. se le requiere para que dentro del término de 3 días cumpla lo solicitado en el proveído. OTRO ACUERDO. Expídase copias certificadas.
Por recibido exhorto debidamente diligenciado. OTRO ACUERDO. Dígasele que no ha lugar a proveer de conformidad. OTRO ACUERDO. Dígasele que no ha lugar a proveer de conformidad. OTRO ACUERDO. Se le tiene haciendo manifestaciones y dígtasele que deberá de starse de conformidad al proveído de esta misma data.
Se ordena girar exjorto en los términos indicado y se deja a disposición de la parte interesada.
Téngasele proporcionando domicilio del deudor alimentista y se ordena reuqeurir al deudor citado.
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