Michoacán
> Juzgado Octavo Oral Familiar de Morelia
Materia: Familiar
Tipo: Jurisdiccion Voluntaria Familiar Oral: Acreditación de hechos
RESUMEN: El Expediente 1199/2020 en Materia Familiar y de tipo Jurisdiccion Voluntaria Familiar Oral: Acreditación De Hechos en el Juzgado Octavo Oral Familiar en Morelia, Michoacán. El Proceso inició el 12 de Noviembre del 2020 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Con esta fecha se llevó a cabo la celebración de la audiencia prevista en los artículos 1127 y 1130 del Código Familiar para el Estado de Michoacán.
P U N T O S R E S O L U T I V O S: PRIMERO. Este juzgado es competente para conocer y resolver las presentes diligencias de jurisdicción voluntaria familiar. SEGUNDO. En términos de lo expuesto en el considerando segundo de este veredicto, devienen procedentes las diligencias de jurisdicción voluntaria oral familiar que, para acreditar hechos, promovió //////////, por su propio derecho; en consecuencia; TERCERO. Se declara, sin perjuicio de terceros, que ////////// y el hoy extinto ////////// sostuvieron una relación de concubinato durante más de dos años, en forma continua e ininterrumpida hasta el fallecimiento del ////////// el veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve. CUARTO.- No se impone condena en costas. QUINTO.- Dentro de la audiencia oral queda debidamente notificada la promovente. SEXTO.- Háganse las anotaciones respectivas en el Libro de Gobierno que se lleva en este Juzgado; y, en su oportunidad, remítanse los autos originales que integran el presente expediente al Archivo del Poder Judicial del Estado, para su guarda y custodia definitiva, ello por tratarse de un asunto totalmente concluido.
Se ADMITE las diligencias en la forma y términos propuestos. Se fijan las ONCE HORAS DEL DIEZ DE DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO para la celebración de la audiencia correspondiente. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE.
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