Características del servicio

Expediente 232/2021 Del Juzgado Primero Familiar Uruapan

Michoacán > Juzgado Primero Familiar de Uruapan

Materia: Familiar
Tipo: Ordinario Familiar Oral: Divorcio sin expresión de causa

RESUMEN: El Expediente 232/2021 en Materia Familiar y de tipo Ordinario Familiar Oral: Divorcio Sin Expresión De Causa en el Juzgado Primero Familiar en Uruapan, Michoacán. El Proceso inició el 05 de Mayo del 2021 y cuenta con 17 Notificaciones.

Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes

 

Buscar Antecedentes
Legales y Expedientes

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Recibir notificaciones
de este Expediente

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Notificaciones del Expediente 232/2021

  • 19 de Noviembre del 2021

    Dada cuenta con el escrito de la demandada, téngasele por haciendo las manifestaciones a que alude de que aún no se ha depositado a su favor el porcentaje ordenado como pago de pensión alimenticia; consecuentemente, se ordena girar oficio a la citada fuente laboral a fin de que en el plazo de 3 tres días informe si a partir de que recibió el diverso oficio 1528 mil quinientos veintiocho de data 20 veinte de octubre del año en curso, sí se ha estado haciendo el descuento por concepto de pensión de alimentos, anexando la documentación que acredite el pago aludido; comunicado que queda a disposición de la parte oferente a fin de que la haga llegar a su destino.

  • 05 de Noviembre del 2021

    Téngase por recibido el informe suscrito por el Director de Gestión de Personal y Nóminas de la Secretaria de Educación, mismo que se ordena agregar a sus antecedentes para los efectos legales consiguientes, ordenándose dar vista a las partes a fin de que se impongan de su contenido y manifiesten lo que a sus intereses convenga en el plazo de 3 tres días. OTRO ACUERDO. Visto el escrito de cuenta suscrito por la actora, téngasele exhibiendo el acuse del oficio deducido del presente asunto, enterado el suscrito Juez de su contenido, agréguese a sus antecedentes.

  • 04 de Octubre del 2021

    Atendiendo al pedimento de la demandada, gírese oficio a la Dirección de Gestión de Personal y Nóminas del Sistema Federal de la Secretaria de Educación Pública en el Estado, con sede en Morelia para el fin que se indica. Respecto al requerimiento de los alimentos devengados que solicita, virtud de que no hace la precisión del monto de lo adeudado, se le requiere mediante notificación personal a fin de que en el plazo de 3 tres haga la precisión respectiva, a fin de que el suscrito Juez se pronuncie en cuanto al fondo respecto a su pedimento.

  • 22 de Septiembre del 2021

    Dígase al ocursante que se esté a lo acordado en data 14 de septiembre del año en curso.

  • 14 de Septiembre del 2021

    Se declara que la sentencia indicada ha causado ejecutoria, misma que producirá la acción y excepción de cosa juzgada, condenando a las partes a estar y pasar por ella en todo tiempo, modo y lugar por ser la verdad legal. Gírese oficio al Oficial del Registro Civil de Nuevo Parangaricutiro, Michoacán, junto con las copias certificadas de la sentencia –exentas de pago fiscal para su inscripción- a fin de que levante el acta de divorcio correspondiente y realice las anotaciones marginales procedente. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE A LAS PARTES.

  • 19 de Agosto del 2021

    Con esta fecha se dictó sentencia definitiva, la cual versó en los siguientes: Puntos Resolutivos : PRIMERO. Este Tribunal es competente para conocer y resolver en definitiva el actual tr ámite. SEGUNDO. Procedió la acción sobre divorcio sin expresión de causa en la vía ordinaria oral familiar que promovió ///7 frente a ///, quien contestó la demanda, llegando a un convenio; en consecuencia. TERCERO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a las partes de este juicio, dejándose a ambos consortes con entera capacidad para contraer nuevas nupcias; debiendo comunicar al oficial del Registro Civil ante quien se celebró tal acto, para que levante el juicio de divorcio correspondiente y realice las anotaciones en el acta de matrimonio, dando cumplimiento a lo ordenado por el art ículo 37 de la Ley Orgánica del Registro Civil. CUARTO. Se aprueba en todas y cada una de sus partes., el convenio que celebraron los promoventes del presente juicio en la forma y términos precisados, con lo cual quedan garantizados los derechos del menor hijo. Se ordena realizar terapias psicol ógicas que restablezcan su estado emocional y psicológico, dentro del núcleo familiar, de ser requeridas y determinadas por el experto en la materia, para lo cual se ordena girar oficio al Dif municipal de esta ciudad. QUINTO.- No se hace condena en costas. SEXTO. Quedan notificados personalmente las partes dentro de la fase de sentencia en audiencia, así como el Agente del Ministerio Público adscrito al Juzgado y Tutor designado, leyéndose los puntos resolutivos. Listado al día siguiente de su fecha.

  • 19 de Agosto del 2021

    Con esta fecha se llevó a cabo audiencia preliminar. Listado al día siguiente de su fecha.

  • 01 de Julio del 2021

    Téngase por recibido el oficio URU/661/2020, suscrito por el Jefe Regional del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta ciudad. Informe que se ordena agregar a sus antecedentes, para los efectos legales consiguientes; dándose vista a las partes a fin de que se impongan de su contenido y manifiesten lo que a sus intereses convenga de estimarlo pertinente en el plazo de 3 tres días.

  • 25 de Junio del 2021

    Se tiene por recibido informe de Administración de Rentas, agreguese a sus antecedentes, dese vista a las partes para que se impongan de su contenido y manifiesten lo que estimen pertinente en el plazo de 3 días

  • 25 de Junio del 2021

    Exp. 232/2021 Téngase a las partes exhibiendo convenio, mismo que ratifican con esta fecha, previo a la aprobación de mismo, se ordena dar vista al tutor y Agente del Ministerio Público adscrito, para que se impongan de su contenido y manifiesten lo que a sus intereses convenga en el plazo de 3 tres días, se estima no fijar garantía alimentaria; se cierra la fase de instrucción y se apertura la de oralidad, se señalan las 11:30 once horas treinta minutos del día 18 dieciocho de agosto del año 2021 dos mil veintiuno, para que se lleve a cabo la audiencia preliminar

antecedentes
“Hoy en día es difícil confiar en cada persona que uno conoce. Gracias a PoderJudicialVirtual.com estoy enterada de todo lo que debo saber de las personas importantes en mi vida.” Karla Estrada Estudiante de Maestría
antecedentes
“Antes de hacer negocios con cualquier persona o contratar a alguien, verifico si tiene antecedentes, así tengo la certeza de saber con que tipo de persona estoy tratando. Me he ahorrado varios problemas y dinero.” Saúl Fernández Empresario
Aceptamos pagos con Paypal Aceptamos depósitos en OXXO y Seven Eleven Aceptamos Bancomer, Citibanamex, HSBC, Banorte y Santander
certificado de seguridad ssl 1 certificado de seguridad ssl 2 certificado de seguridad ssl 3 certificado de seguridad ssl 4