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Expediente 328/2022 Del Juzgado Segundo Civil Lázaro Cárdenas

Michoacán > Juzgado Segundo Civil de Lázaro Cárdenas

Materia: Civil
Tipo: Jurisdiccion Voluntaria Familiar Oral: Otros

RESUMEN: El Expediente 328/2022 en Materia Civil y de tipo Jurisdiccion Voluntaria Familiar Oral: Otros en el Juzgado Segundo Civil en Lázaro Cárdenas, Michoacán. El Proceso inició el 05 de Mayo del 2022 y cuenta con 6 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 328/2022

  • 02 de Mayo del 2023

    Visto el estado procesal que guarda este expediente y dado que se trata de un asunto totalmente concluido; se ordena la remisión al archivo del Poder Judicial en el Estado, para su guarda definitiva. Finalmente, se instruye a la secretaria de acuerdos verifique el expediente a remitir al archivo en términos del artículo 63 del código adjetivo civil del Estado. Dese de baja en ejecución de sentencia para estadística.

  • 12 de Julio del 2022

    Vista la certificación que antecede, toda vez, que de la misma se aprecia que ninguno de los interesados impugnó la resolución dictada dentro del presente asunto, durante el término que la ley concede para tal efecto, consecuentemente, como lo solicita el mandatario jurídico de la promovente se declara firme dicha resolución para todos los efectos legales a que haya lugar; asimismo, expídansele copias certificadas de las constancias que indica, las cuales serán exentas de pago fiscal, devuélvanse los documentos originales exhibidos de su parte, previa copia certificada y recibo de estilo que de ambas cosa se deje para constancia legal. DESE DE ALTA EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA.-

  • 27 de Junio del 2022

    Con esta fecha se dictó RESOLUCIÓN FINAL bajo los siguientes PUNTOS RESOLUTIVOS: PRIMERO. Este juzgado es competente para conocer y resolver en cuanto al fondo las presentes diligencias. SEGUNDO. ///////// por su propio derecho, ha demostrado los elementos de su solicitud, en consecuencia, sin perjuicio de terceros, se declaran procedentes las diligencias promovidas de su parte, para el fin de tener por acreditado el hecho de que dependía económicamente de su extinto hijo //////////. TERCERO. No se hace condena en costas, dadas las razones expuestas en el considerado tercero de esta resolución. CUARTO. Las partes quedan notificadas de la presente resolución emitida en este acto, para los efectos legales conducentes; háganse las anotaciones correspondientes en el libro de registro que se lleva en este juzgado; en su oportunidad archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido.

  • 27 de Junio del 2022

    Con esta fecha siendo las 14:00 catorce horas se desahogo audiencia de juicio oral familiar.

  • 19 de Mayo del 2022

    Visto el escrito de cuenta que presentado por parte actora dentro del presente juicio; tomando en consideración que la fiscal adscrita a éste Tribunal, no compareció a manifestar intereses dentro del término que se le concedió para ello, consecuentemente, como lo solicita, se fijan las 14:00 catorce horas, del día 27 veintisiete de junio del año en curso, para que tenga verificativo el desahogo de la audiencia de juicio, la cual se desahogara en la sala de audiencias de este Juzgado, ello con o sin asistencia de las partes. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE.

  • 05 de Mayo del 2022

    Visto el escrito de cuenta suscrito por la ciudadana M.G.L. téngasele promoviendo en la vía de jurisdicción voluntaria oral familiar, las diligencias para acreditar hechos consistentes en la dependencia económica FORMESE Y REGISTRESE EL EXPEDIENTE RESPECTIVO EN EL LIBRO DE GOBIERNO QUE SE LLEVA EN ESTE JUZGADO bajo el número 328/2022. Dese vista e intervención que legalmente le compete al Agente del Ministerio Público Adscrito, mediante NOTIFICACION PERSONAL, para que dentro del término de 3 tres días, manifieste lo que a sus intereses convenga; Finalmente, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones personales y documentos autorizando para tales efectos al profesionista que indica. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE A LA FISCAL.

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