Michoacán
> Juzgado Séptimo Civil de Morelia
Materia: Civil
Tipo: Sucesorio Civil: Intestamentario
RESUMEN: El Expediente 587/2020 en Materia Civil y de tipo Sucesorio Civil: Intestamentario en el Juzgado Séptimo Civil en Morelia, Michoacán. El Proceso inició el 25 de Septiembre del 2020 y cuenta con 14 Notificaciones.
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Dada cuenta del estado procesal que guardan los presente autos, y atendiendo que se ha dejado de promover por más de 90 noventa días dentro del presente sumario; de conformidad al numeral 112 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se ordena remitir los autos originales del presente asunto al Archivo del Poder Judicial del Estado, para su guarda provisional. Háganse las anotaciones correspondientes en el Libro de Gobierno que se lleva en este Juzgado.
Como lo solicita la ocursante, expídasele copias certificadas de las constancias que indica, previo el recibo que de las mismas se deje en autos para constancia legal, autorizando para recibirlas a la persona que indica en su libelo de cuenta. En la inteligencia de que las copias certificadas serán exentas del pago de derechos fiscales, por el motivo que se indica.
Con esta fecha se llevó a cabo RATIFICACION DE ESCRITO, presentado el día 14 catorce de junio del año actual. MISMO ASUNTO: Se tiene a los ocursantes, cediendo los derechos hereditarios que les corresponden dentro del presente asunto, en la forma y términos que indican en su ocurso, en favor de la persona señalada, quien firma en señal de aceptación.
Previamente a proveer en cuanto al fondo su ocurso, se manda requerir a los gestionantes, a fin de que comparezcan ante esta presencia judicial -previa agenda-, en días y horas hábiles de despacho a ratificar el contenido y firma del escrito que presentan.
Como lo solicita la ocursante, se declara firme la sentencia interlocutoria de fecha 20 veinte de abril del 2021 dos mil veintiuno.
Se tiene a la ocursante, aceptando el cargo de albacea definitiva que le fue conferido en la sentencia interlocutoria de la primera sección, de data 20 veinte de abril del 2021 dos mil veintiuno.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE PRIMERA SECCION: PRIMERO.- Se surtió la competencia de este Tribunal para conocer el presente juicio sucesorio intestamentario. SEGUNDO.- Ha procedido la sucesión legítima a bienes de XXXXXXXXX; en consecuencia, TERCERO.- Se declara como únicos y universales herederos de todos los bienes, derechos y obligaciones del autor de la sucesión a su esposa XXXXXXX, y a sus hijos, XXXXXX y XXXXXXX de apellidos XXXXXX, designando a la primera de los nombrados albacea definitiva de la presente intestamentaria, a quien se le manda hacer saber el cargo conferido para que dentro del término de 3 tres días manifieste su aceptación y protesta. CUARTO.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE.
Como lo solicita la ocursante, se mandan poner los autos a la vista del suscrito Juez a fin de que dicte la sentencia interlocutoria dentro de la primera sección del presente intestamentario.
Como lo solicita la ocursante, se mandan poner los presentes autos a la vista de los interesados por el término común de 5 cinco días para que produzcan sus alegatos dentro de la primera sección del presente intestamentario.
Como lo pide la ocursante, expídasele copias certificadas de las constancias que señala, previo el pago de los derechos fiscales correspondientes y recibo que de su entrega se deje en autos, autorizando para recibirlas a las personas que señala.
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