Michoacán
> Juzgado Octavo Oral Familiar de Morelia
Materia: Familiar
Tipo: Jurisdiccion Voluntaria Familiar Oral: Otros
RESUMEN: El Expediente 627/2022 en Materia Familiar y de tipo Jurisdiccion Voluntaria Familiar Oral: Otros en el Juzgado Octavo Oral Familiar en Morelia, Michoacán. El Proceso inició el 23 de Agosto del 2022 y cuenta con 7 Notificaciones.
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Téngasele haciendo manifestaciones y se autorizan copias certificadas y autoriza a las personas que cita.
Con esta fecha se llevó a cabo audiencia de juicio en los términos del acta mínima. En consecuencia, se dictó sentencia definitiva con los siguientes puntos resolutivos. SENTENCIA DEFINTIIVA. PUNTOS RESOLUTIVOS: PRIMERO.- Este juzgado es competente para conocer y resolver las presentes diligencias de jurisdicción voluntaria familiar. SEGUNDO.- Se declaran procedentes las diligencias de jurisdicción voluntaria familiar que sobre acreditación de hechos de dependencia económica, promovido por ///////////// por su propio derecho; en consecuencia: TERCERO.-Se determina sin perjuicio de terceros que //////////////// dependía económicamente de su extinta hija /////////. CUARTO.- No se imponen condena en costas. QUINTO.- Conforme a la legislación familiar en esta audiencia queda debidamente notificada la promovente. SEXTO.- En su oportunidad, remítanse los autos originales que integran el presente expediente al Archivo del Poder Judicial del Estado, para su guarda y custodia definitiva, ello por tratarse de un asunto totalmente concluido.
Se requiere al promovente . NOTIFIQUESE PERSONALMENTE.
Se le requiere a la promovente. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE.
Téngasele a fiscal adscrita haciendo las manifestaciones en forma y términos que precisa. Se ordena agregar al presente juicio para que surta los efectos legales procedentes.
Con esta fecha se desahogo ratificación de escrito. OTRO ACUERDO. Se tiene a la promovente otorgando mandato judicial en los términos y forma del proveído.
Se admite en trámite la jurisdicción voluntaria en el sentido señalado en el proveído, téngasele señalando domicilio para oír y recibir notificaciones y se señalan las 13:00 horas del día 19 de septiembre del año en curso,para el desahogo de la AUDIENCIA prevista por el numeral 1127 del código familiar. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE a los que se indica.
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