Michoacán
> Juzgado Séptimo Civil de Morelia
Materia: Civil
Tipo: Sucesorio Civil: Intestamentario
RESUMEN: El Expediente 631/2020 en Materia Civil y de tipo Sucesorio Civil: Intestamentario en el Juzgado Séptimo Civil en Morelia, Michoacán. El Proceso inició el 07 de Octubre del 2020 y cuenta con 18 Notificaciones.
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Por recibido el oficio que remite la Notaría Pública número 171, con ejercicio y residencia en Morelia, Michoacán, juntamente con los autos originales del expediente en que se actúa, (dos secciones), habiéndose protocolizado parcialmente el mismo; el Titular queda enterado de su contenido y ordena NOTIFICAR PERSONALMENTE a los interesados, la llegada de los autos.
Se tiene a la ocursante, separándose de la prosecución judicial del presente intestado; y como lo solicita, se ordena enviar los autos del presente asunto a la Notaría Pública Número 171 ciento setenta y uno, con ejercicio y residencia en esta ciudad, a efecto de que continúe con la tramitación del presente juicio y lleve a cabo la protocolización correspondiente, una vez hecho lo anterior lo devuelva a este juzgado; En motivo de lo anterior, y toda vez que para fines estadísticos se trata de un asunto concluido; en su oportunidad remítase al Archivo Judicial para su guarda, previa anotación en el Libro de Gobierno.
Se tiene a la ocursante, exhibiendo el acta por comparecencia levantada fuera de protocolo, elaborado ante la fe de la Notaria Pública número 171, con ejercicio y residencia en ésta ciudad y mediante la cual, se tiene a la persona señalada, cediendo los derechos hereditarios de manera gratuita que le corresponden dentro del presente intestamentario, en favor de la propia ocursante, cesión que se le tiene por hecha para los efectos legales a que haya lugar, y que acepta la ocursante.
Como lo solicita la ocursante, se ordena hacer la devolución del documento que solicita, previa copia certificada y recibo que del mismo se deje en autos para constancia legal.
Se tiene al ocursante, cediendo los derechos hereditarios que le corresponden dentro del presente asunto, en la forma y términos que indica en su ocurso, en favor de la persona señalada.
Con esta fecha se llevó a cabo RATIFICACIÓN DE ESCRITO, presentado en fecha 26 veintiséis de marzo del 2021 dos mil veintiuno.
Como lo solicita el ocursante, se declara firme la sentencia interlocutoria de segunda sección dictada en data 22 veintidós de marzo del año en curso.
Previamente a proveer en cuanto al fondo su ocurso, se manda requerir al ocursante, a fin de que comparezcan ante éste Órgano jurisdiccional en días y horas hábiles de despacho -previa agenda- a ratificar el contenido y firma de su escrito, bajo apercibimiento que de no hacerlo se tendrá por no presentado el mismo. MISMO ASUNTO: Se tiene a la ocursante, exhibiendo el acta destacada fuera de protocolo, mediante la cual la persona señalada cede los derechos hereditarios que le corresponden dentro del presente intestamentario, en favor de la propia ocursante, cesión que fue debidamente ratificada ante la fe del Notario Público número 81, con ejercicio y residencia en esta ciudad, cesión que se le tiene por hecha para los efectos legales a que haya lugar, y que acepta la ocursante.
Se tiene a la ocursante, aceptando el cargo de albacea definitivo que le fue conferido en la sentencia interlocutoria de data 9 nueve de marzo del año en curso; respecto del domicilio que señala la ocursante para recibir notificaciones y las autorizaciones de las personas que realiza, dígase a está que deberá estarse a lo acordado mediante diverso proveído de data 7 siete de octubre del 2020 dos mil veinte; como lo solicita se declara firme la sentencia interlocutoria de fecha 9 nueve de marzo del 2021 dos mil veintiuno, dictada dentro de la primera sección.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE SEGUNDA SECCION: PRIMERO.- Ha procedido el planteamiento formulado en la segunda sección dentro del juicio sucesorio intestamentario a bienes de XXXXXXXXXX; en consecuencia, SEGUNDO.- Se aprueba el inventario y avalúo formulado por el albacea provisional XXXXXXX, condenándose a los interesados a estar y pasar por él, con la reserva de que si aparecieren nuevos bienes se agregarán en el lugar respectivo. TERCERO.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE.
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