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Expediente 647/2019 Del Juzgado Tercero Civil Uruapan

Michoacán > Juzgado Tercero Civil de Uruapan

Materia: Civil
Tipo: Jurisdicción Voluntaria Civil: Acreditar hechos

RESUMEN: El Expediente 647/2019 en Materia Civil y de tipo Jurisdicción Voluntaria Civil: Acreditar Hechos en el Juzgado Tercero Civil en Uruapan, Michoacán. El Proceso inició el 04 de Julio del 2019 y cuenta con 13 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 647/2019

  • 14 de Noviembre del 2019

    Visto el escrito de cuenta signado por el promovente de las presentes diligencias, como lo solicita, expídasele copias certificadas de las constancias que indica en su ocurso de cuenta, autorizando para recibir dichas documentales a las personas precisdadas en su ocurso de cuenta; previo el pago de los derechos fiscales correspondientes y el recibo de estilo que se deje en autos para constancia legal.

  • 31 de Octubre del 2019

    Visto el escrito signado por el promovente de las presentes diligencias, y vista la certificación que antecede, de la cual se desprende que los interesados no se inconformaron con la resolución final y su aclaración dictada el 21 veintiuno de octubre del año en curso, en el término que disponían para ello; en consecuencia, como lo solicita, se declara firme para los efectos legales a que haya lugar. Así mismo, como también lo pide, como lo solicita, hágasele la devolución de los documentos a que se refiere en su escrito de cuenta, autorizando a los profesionistas que indica, previa copia cotejada que en su lugar se deje para constancia legal, previo recibo de estilo. En su oportunidad, remítase el expediente a su archivo definitivo como asunto concluido, previo a las anotaciones que se hagan en el libro de registro que se lleva en este Juzgado.

  • 21 de Octubre del 2019

    P U N T O S R E S O L U T I V O S: PRIMERO. Este Juzgado es competente para conocer y resolver las presentes diligencias. SEGUNDO. Se declaran procedentes las diligencias de jurisdicción voluntaria que sobre acreditar hechos de posesión promovió el accionante, y por ende, se tiene por acreditado, sin perjuicio del derecho de terceros, que se encuentra en posesión del predio rústico ubicado en la comunidad de Zirimbo, municipio de Tancítaro, Michoacán, cuyos demás datos de identificación quedaron asentados en la parte relativa del Considerando SEGUNDO de esta resolución; en la inteligencia de que esta resolución no produce derechos de propiedad respecto del inmueble aludido, sino que, únicamente tiene como finalidad dar publicidad a la posesión que detenta; sin perjuicio de los trámites administrativos que el solicitante deba hacer ante las dependencias correspondientes. TERCERO. Notifíquese personalmente. Así, lo resolvió y firma el Licenciado en Alejandro Moreno Villanueva, Juez Tercero de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial, que actúa con el Licenciado Carlos Alberto Guzmán Segoviano, Secretario de Acuerdos que autoriza. Doy fe. Listada en su fecha. Conste.

  • 16 de Octubre del 2019

    Visto el escrito de cuenta signado por el apoderado jurídico del promovente de la presente vía de autorización, como lo solicita, se mandan poner los autos a la vista del juzgador para dictar la resolución final que en derecho proceda dentro de las presentes diligencias.

  • 11 de Octubre del 2019

    En esta fecha se desahogó la prueba testimonial ofrecida y admitida en autos.

  • 10 de Octubre del 2019

    Visto el escrito de cuenta signado por el licenciado ***, téngasele apersonándose dentro de las presentes diligencias en cuanto apoderado jurídico del accionante, promovente de la presente jurisdicción voluntaria, carácter que acredita y se les reconoce en términos del poder general para pleitos y cobranzas que fue exhibido y obra en autos visible a foja 41 cuarenta y uno del expediente.

  • 08 de Octubre del 2019

    Visto el escrito presentado por el promovente de las presentes diligencias, téngaseles exhibiendo 1 un poder notarial para pleitos y cobranzas, otorgado por el promovente en favor de los licenciadosindicados; documental que se ordenan agregar a sus antecedentes, para los efectos legales a que haya lugar. Por otra parte, dígasele que no ha lugar a tenerles por reconociendo su personería dentro del presente expediente, a los profesionistas referido, toda vez que es un acto procesal que deberán solicitar ante este juzgado por los ya mencionados licenciados en derecho, a los cuales les fue otorgado el poder notarial exhibido.

  • 19 de Septiembre del 2019

    Visto el escrito suscrito por el promovente de las presentes diligencias, como lo solicita, atendiendo a que han sido notificados todos y cada uno de los interesados respecto del trámite de la presente vía de autorización, téngasele ofreciendo prueba testimonial señalándose las 09:30 nueve horas con treinta minutos del día 11 once de octubre del año en curso, a efecto que se verifique el desahogo de la misma la cual estará a cargo del dicho de por lo menos 2 dos atestes que se compromete a presentar el oferente, quien depondrá al interrogatorio que de manera verbal y directa le formule el ocursante, previa calificación del mismo por la titular del juzgado.

  • 07 de Agosto del 2019

    Visto el escrito de XX, promovente de las presentes diligencias, téngasele en tiempo como se desprende de la certificación que antecede, dando cumplimiento al requerimiento que se le hizo en auto de fecha XX del año en curso, por tanto, se ordena proveer en cuanto al fondo su escrito inicial de demanda en los siguientes términos:Téngase a XX, por propio derecho, promoviendo diligencias de jurisdicción voluntaria para acreditar hechos de posesión respecto del predio rustico ubicado en domicilio conocido de la localidad de XX, perteneciente al municipio de XX, Michoacán, las cuales se admiten en trámite en la vía, forma y términos propuestos. Por consiguiente, se ordena dar vista mediante NOTIFICACIÓN PERSONAL, al Agente del Ministerio Público adscrito a este Juzgado, a efecto de darle la intervención que legalmente le compete para que en el término de 3 tres días manifieste lo que a su representación social competa. Por otra parte, se ordena notificar personalmente al causante y a los colindantes del inmueble materia de las diligencias: XX con domicilio ubicado en XX, Michoacán.);XX, (colindante del inmueble materia de las diligencias por el viento de Norte a Oeste, con domicilio bien conocido en XX, Michoacán); XX, con domicilio con domicilio bien conocido enXX, Michoacán); XX con domicilio bien conocido en XX Michoacán); XX con domicilio bien conocido enXX, Michoacán), XX con domicilio bien conocido en XX, Michoacán), el trámite que nos ocupa, para que dentro del término de 3 tres días, comparezcan a manifestar lo que a sus intereses convengan y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones personales en esta ciudad, bajo el apercibimiento legal que de no hacerlo las mismas les surtirán efectos por medio de la lista de acuerdos que se publica en el estrado de este Juzgado.Igualmente, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 1° del Acuerdo del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, aprobado en sesión del 28 veintiocho de agosto del 2003, dos mil tres, en relación a los artículos 1, 2, 3 fracciones VII, VIII y IX, 19, 21, fracciones I y III, 27, 28, 29, 30, 51, 55 fracción II, 57 y 58 del Reglamento de la Unidad de Comunicación Social y Acceso a la información del Poder Judicial del Estado, así como a lo establecido por el párrafo II, artículo 16 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, omítanse los nombres de las partes del juicio en que se actúa, tanto en las listas que se publican en los estrados de este juzgado, así como en las de internet. Finalmente, se le tiene señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones personales el ubicado en XX, de esta ciudad, autorizando para recibirlas, así como toda clase de documentos a las personas que indica en su escrito de cuenta.

  • 18 de Julio del 2019

    Visto el escrito de XXX, téngasele en tiempo como se desprende de la certificación que antecede, dando cumplimiento al requerimiento que se le hizo en auto de fecha 4 cuatro de julio del año en curso, exhibiendo para tal efecto la instrumental requerida consistente en certificado negativo de registro de inmueble; dígasele que previo a decidir sobre la radicación de las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria, que para acreditar hechos de posesión de inmueble intenta promover; se le manda requerir a través de la lista de acuerdos que se publica en los estrados de este órgano jurisdiccional, para que dentro del término de 3 tres días exhiba las copias del certificado negativo de no registro catastral del inmueble materia de las presentes diligencias, asimismo, para que precise el domicilio de su causante; para el traslado correspondiente a todos y cada uno de los interesados, todo lo anterior para estar en condiciones de notificarles la tramitación de la presente solicitud. Requerimiento que se hace, bajo apercibimiento legal que en caso de no cumplir con lo solicitado en el término legalmente concedido para tal efecto, se desechara de plano su ocurso. Agréguese a sus antecedes para los efectos legales conducentes.

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