Michoacán
> Juzgado Tercero Civil de Uruapan
Materia: Civil
Tipo: Sucesorio Civil: Intestamentario
RESUMEN: El Expediente 651/2019 en Materia Civil y de tipo Sucesorio Civil: Intestamentario en el Juzgado Tercero Civil en Uruapan, Michoacán. El Proceso inició el 04 de Julio del 2019 y cuenta con 26 Notificaciones.
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Téngasele autorizando para recibir notificaciones así como documentos al profesionista que refiere, se manda requerir de nueva cuenta mediante NOTIFICACIÓN PERSONAL para que dentro del término de 3 días.
Se tiene por recibido el presente expediente que remite el Jefe del Archivo Judicial del Estado. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE a las partes.
Como lo solicita el gestionante se ordena solicitar de manera electrónica el expediente al archivo judicial.
Dígasele al compareciente que no ha lugar a lo que pide porque es omiso en precisar el trámite que dsea gestionar
Se tiene por recibida la factura número108558 que remite el jefe del archivo del consejo del poder judicial del estado, juntamente con los originales del presente juicio, la suscrita queda enterada de su contenido y ordena NOTIFICAR PERSONALMENTE a los interesados la llegada del expediente, se requiere a los interesados para que dentro del término de tres días realicen el trámite que pretenden bajo apercibimiento que de no hacerlo será devuelto al archivo judicial
Se ordena solicitar de manera electrónica al jefe del archivo del poder judicial devuelva los autos originales del presente juicio
Se tiene por recibida la factura que remite el Jefe del Archivo del Consejo del Poder Judicial del Estado, juntamente con los autos originales del presente expediente. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE a las partes.
se ordena realizar la solicitud electrónica al jefe del Archivo del Poder Judicial del Estado, del expediente que refiere, por otro lado dígasele que respecto a su ultimo pedimento deberá insistir posteriormente
Con fundamento en la fracción II del artículo 112 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se ordena enviar el expediente en que se actúa al Archivo del Poder Judicial del Estado, para su GUARDA PROVISIONAL, previo las anotaciones conducentes que se realicen en el libro de gobierno que para esos efectos se lleva en este tribunal; lo anterior tomando en cuenta que los interesados han dejado de actuar por más de 90 días naturales.
Dígasele que no ha lugar a proveer de conformidad su petición por el motivo indicado. OTRO ACUERDO.- Digasele que se este a lo acordado en proveído de esta misma fecha. OTRO ACUERDO.-Se declara firme el proveído de fecha treinta de agosto del año en curso.
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