Michoacán
> Juzgado Séptimo Civil de Morelia
Materia: Civil
Tipo: Sumario Civil: Hipotecarios
RESUMEN: El Expediente 673/2020 en Materia Civil y de tipo Sumario Civil: Hipotecarios en el Juzgado Séptimo Civil en Morelia, Michoacán. El Proceso inició el 20 de Octubre del 2020 y cuenta con 5 Notificaciones.
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Por recibidos los autos originales que remite el Jefe del Archivo Judicial; en tal virtud se ordena NOTIFICAR PERSONALMENTE a la parte aclara, la llegada de los autos y prosecución judicial.
Se ordena pedir vía electrónica al Jefe del Archivo del Poder Judicial del Estado, para que ordene a quien corresponda en esa dependencia devuelva a este Tribunal el expediente número 673/2020 relativo al juicio Sumario Civil Hipotecario.
Dígase a la ocursante, que no ha lugar a solicitar la devolución del expediente en que se actúa, virtud a que el mismo se encuentra en este Juzgado.
Visto el estado procesal que guarda el presente asunto, y toda vez que de constancias se desprende que se dejó de instar el curso de este juicio por más de 120 ciento veinte días naturales, se decreta la caducidad de la instancia, volviendo las cosas al estado en que se encontraban antes de la presentación de la demanda; Por lo que se ordena hacer la devolución de los documentos aportados, previo recibo que de su entrega se deje en autos; se declara concluido el presente asunto, en su oportunidad remítase el expediente en que se actúa al archivo del Poder Judicial para su guarda definitiva, previas las anotaciones correspondientes. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE.
Se admite en trámite la demanda en la Vía Sumaria Civil Hipotecaria, FÓRMESE Y REGÍSTRESE EL EXPEDIENTE RESPECTIVO EN EL LIBRO DE GOBIERNO QUE SE LLEVA EN ESTE JUZGADO; se ordena girar exhorto al Juez de Primera Instancia en Materia Civil de Zamora, Michoacán, para que en auxilio y delegación de las labores de éste Juzgado autorice a su ministro notificador, se constituya en el domicilio de los demandados ante referidos y lleve a cabo la diligencia que se indica; se le tiene ofreciendo los siguientes, medios de prueba: DOCUMENTALES PÚBLICAS Y PRIVADAS; CONFESIONAL, a cargo del demandado, misma que se admite y de la cual se señalará fecha para su desahogo llegado el momento procesal oportuno; INSTRUMENTAL PÚBLICA DE ACTUACIONES; PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA; se tiene al ocursante señalando domicilio para recibir notificaciones, autorizando para recibirlas, así corno documentos a las personas que indica.
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