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Expediente 727/2020 Del Juzgado Séptimo Civil Morelia

Michoacán > Juzgado Séptimo Civil de Morelia

Materia: Civil
Tipo: Sumarisimo Civil: Otros

RESUMEN: El Expediente 727/2020 en Materia Civil y de tipo Sumarisimo Civil: Otros en el Juzgado Séptimo Civil en Morelia, Michoacán. El Proceso inició el 30 de Octubre del 2020 y cuenta con 2 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 727/2020

  • 18 de Agosto del 2021

    Visto el estado procesal que guarda el presente asunto, y toda vez que de constancias se desprende que se dejó de instar el curso de este juicio por más de 120 ciento veinte días naturales, se decreta la caducidad de la instancia, volviendo las cosas al estado en que se encontraban antes de la presentación de la demanda; Por lo que se ordena hacer la devolución de los documentos aportados, previo recibo que de su entrega se deje en autos; se declara concluido el presente asunto, en su oportunidad remítase el expediente en que se actúa al archivo del Poder Judicial para su guarda definitiva, previas las anotaciones correspondientes. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE.

  • 30 de Octubre del 2020

    Se admite en trámite la demanda en la Vía SUMARÍSIMA CIVIL, FÓRMESE Y REGÍSTRESE EL EXPEDIENTE RESPECTIVO EN EL LIBRO DE GOBIERNO QUE SE LLEVA EN ESTE JUZGADO; y atendiendo a la ubicación del domicilio de los demandados; se ordena girar exhorto con los insertos necesarios al Juez de Primera Instancia en Materia Civil de Apatzingán, Michoacán, a fin de que en auxilio y delegación le las labores de ese Tribunal faculte a su actuario para que en legal y debida forma se constituya en el domicilio de la parte demandada y lleve a cabo la diligencia que se indica; se tiene a los ocursantes señalando domicilio para recibir notificaciones, autorizando para recibirlas a las personas que refiere; se les tiene ofreciendo como pruebas de su parte los siguientes medios de convicción: CONFESIONAL, a cargo de la persona señalada; CONFESIONAL, a cargo de la persona referida, DOCUMENTAL, PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA e INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, reservándose acordar lo conducente a su desechamiento, admisión o en su caso desahogo en el momento procesal oportuno.

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