Michoacán
> Juzgado Séptimo Civil de Morelia
Materia: Civil
Tipo: Sucesorio Civil: Intestamentario
RESUMEN: El Expediente 740/2020 en Materia Civil y de tipo Sucesorio Civil: Intestamentario en el Juzgado Séptimo Civil en Morelia, Michoacán. El Proceso inició el 30 de Octubre del 2020 y cuenta con 8 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Dada cuenta del estado procesal que guardan los presente autos, y atendiendo que se ha dejado de promover por más de 90 noventa días dentro del presente sumario; en términos del numeral 112 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se ordena remitir los autos originales del presente asunto al Archivo del Poder Judicial del Estado, para su guarda provisional. Háganse las anotaciones correspondientes en el Libro de Gobierno que se lleva en este Juzgado.
Se tiene a los ocursantes, señalando domicilio para recibir notificaciones personales, la dirección electrónica, debidamente registrada en el sistema informático del Poder Judicial del Estado. MISMO ASUNTO: Se tiene al ocursante, aceptando y protestando el cargo de albacea definitivo de la presente sucesión, conferido a su mandante mediante sentencia interlocutoria de primera sección, dictada en autos en data 16 dieciséis de los corrientes.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE PRIMERA SECCION: PRIMERO.- Se surtió la competencia de este Tribunal para conocer el presente juicio sucesorio intestamentario. SEGUNDO.- Ha procedido la sucesión legítima a bienes de XXXXXXX en consecuencia, TERCERO.- Se declara como única y universal heredera de todos los bienes, derechos y obligaciones del autor de la sucesión a su esposa XXXXXX, designándola albacea definitiva de la presente intestamentaria, a quien se le manda hacer saber el cargo conferido para los efectos legales de su aceptación y protesta. CUARTO.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE.
Como lo solicita el ocursante, se ordena poner los autos a la vista del Titular del Juzgado a fin de resolver lo que en derecho proceda dentro de la primera sección.
Como lo solicita el ocursante, se ponen los autos a la vista de los interesados por el término de 5 cinco días comunes para que aleguen de su derecho.
Se tiene a la ocursante, Agente del Ministerio Público adscrita a este Juzgado, contestando la vista decretada mediante proveído de fecha 30 treinta de octubre del presente año, lo que hace manifestando que no tiene inconveniente legal alguno en la tramitación del juicio que nos ocupa; lo que se tiene por hecho para los efectos legales a que haya lugar; de igual manera se le tiene por enterada de que mediante proveído de data 30 treinta de octubre del año en curso, se designó como albacea provisional de la presente sucesión a la persona señalada.
Se tiene al ocursante, aceptando y protestando el cargo de albacea provisional de la presente sucesión que le fuere conferido a su representada en el auto de radicación de fecha 30 treinta de octubre del año en curso; como lo solicita el gestionante se ordena expedir copias certificadas de las constancias que indica, previo el pago de los derechos fiscales correspondientes y recibo que de las mismas se deje en autos para constancia legal.
Se tiene a los ocursantes, compareciendo a denunciar Juicio Sucesorio Intestamentario; FÓRMESE Y REGÍSTRESE EL EXPEDIENTE EN EL LIBRO DE GOBIERNO QUE SE LLEVA EN ESTE JUZGADO; dese vista mediante NOTIFICACIÓN PERSONAL a los ciudadanos Representantes del Fisco del Estado y Agente del Ministerio Público de la Adscripción para que dentro del término de 3 tres días manifiesten lo que a su representación legal convenga; Hágase la publicación de 1 un edicto por el término de 30 treinta días hábiles convocando personas que se crean con derechos al haber hereditario de la presente sucesión en los Estrados de este Juzgado; se tiene a los gestionantes manifestando bajo protesta de decir verdad que además de su apoderada no existen más presuntos herederos; se designa albacea provisional a la persona señalada, a quien se manda hacer saber el cargo conferido mediante NOTIFICACIÓN PERSONAL, para que dentro del término de 3 tres días manifieste su aceptación y protesta; hágase del conocimiento de los interesados que dentro del término de 3 tres días contados a partir de que quede firme el presente proveído, manifiesten si están de acuerdo con que se publiquen sus nombres y datos personales, en la sentencia que se dicte en el presente asunto, en la inteligencia de que la falta de aceptación expresa conlleva su oposición para que se realice la publicación de dichos datos; se les tiene señalando domicilio para recibir notificaciones, autorizando para recibirlas, recoger documentos e imponerse de los autos, a las personas que indican.
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información