Michoacán
> Juzgado Octavo Oral Familiar de Morelia
Materia: Familiar
Tipo: Especial Familiar Oral: Alimentos (Por escrito)
RESUMEN: El Expediente 831/2023 en Materia Familiar y de tipo Especial Familiar Oral: Alimentos (Por Escrito) en el Juzgado Octavo Oral Familiar en Morelia, Michoacán. El Proceso inició el 29 de Noviembre del 2023 y cuenta con 21 Notificaciones.
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Dígasele a la parte actora que ratifique el escrito de cuenta presentado ante esta juzgadora, señalándose las 10:00 horas del día 15 de Noviembre del año en curso para comparecer ante este juzgado para surtir efectos. OTRO ACUERDO. Se le tiene cumpliendo con el requerimiento decretado mediante proveído de fecha 4 de de los actuales; se le tiene a la parte actora interponiendo recurso de apelación en contra de la sentencia interlocutora de fecha 17 de octubre del año en curso, el cual se admiten en los efectos que se indican, se manda dar vista a la parte contraria para que en el termino que se indica, manifieste lo que a su derecho convenga, NOTIFIQUESE PERSONALMENTE, se ordena imprimir por duplicado el presente auto y formar el cuadernillo correspondiente.
Se tiene a la parte actora presentando escrito, interpone el recurso de apelación en contra de la resolución de fecha diecisiete de octubre de la presente anualidad en ambos efectos, y se ordena requerir a la promovente. Notifíquese.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA. P U N T O S R E S O L U T I V O S: PRIMERO. Este Juzgado es competente para conocer y resolver del presente incidente. SEGUNDO. En términos de lo expuesto en el considerando tercero de este veredicto, deviene procedente el incidente de nulidad del emplazamiento de fecha ocho de agosto del dos mil veinticuatro, que promovió /////// TERCERO. Por tanto, se declara nula la citada diligencia de emplazamiento practicada el veinte de junio de la presente anualidad y el acuerdo de fecha dos de julio del dos mil veinticuatro. CUARTO. En consecuencia, una vez que este veredicto quede firme, el actuario de este juzgado deberá practicar la diligencia de emplazamiento ordenada, conforme a los lineamientos expuestos en el considerando tercero de este fallo. QUINTO. No se hace especial condena en costas. SEXTO. Notifíquese personalmente.
Se tiene a la trabajadora social, adscrita al Departamento de Trabajo Social presentando estudio socioeconómico de la parte actora dentro del presente juicio, el cual valorara al momento de resolver la resolución correspondiente, se ordena agregar al presente juicio para que surta los efectos legales procedentes.
Visto el escrito de cuenta y toda vez que de la certificación que obra visible de la que se advierte que ha fenecido el término probatorio decretado dentro del incidente sobre nulidad de actuaciones se manda citar a las parte mediante NOTIFICACION PERSONAL, para oír sentencia interlocutoria dentro de dicho incidente.
Se tiene a la parte incidentada haciendo las manifestaciones en el sentido que refiere, en su ocurso de cuenta anunciando medios de prueba, dentro del incidente sobre nulidad de actuaciones, se admiten y se dan por desahogadas, por o que se manda agregar al presente juicio para que surta los efectos legales procedentes. OTRO ACUERDO. Dígasele a la misma que respecto al mandato que otorga a la profesionista, se fija días y horas hábiles de despacho para que se presente a ratificar el mismo, en el entendido de que deberá estarse acorde a la agenda que se lleva en este tribunal.
Previo a otorgar el mandato judicial se señalan las 10:00 diez horas del día 2 de septiembre del año en curso, para ratificar el mismo. OTRO ACUERDO. Se manda abrir a prueba el incidente de nulidad de actuaciones, NOTIFIQUESE.
Se le tiene dando contestación en tiempo el incidente promovido por su contraria sobre nulidad de actuaciones lo que hace en la forma y términos que alude en su escrito de cuenta.
Se tiene a la Jefa del Departamento de Trabajo Social informando el nombre de la trabajadora social a quien se le encomendó la valoración socioeconómica y visita de campo, se manda glosar a los autos. OTRO ACUERDO. Se le tiene promoviendo incidente de nulidad de actuaciones de todas y cada una de las practicadas , se ordena correr traslado y NOTIFICAR PERSONALMENTE a su colitigante.
Se tiene a la parte actoracumpliendo con el requerimiento que se le hizo mediante auto de fecha 10 de julio del año en curso, proporcionado los datos que les fueron requeridos, se ordena realizar los oficios, queda a su disposición para que los haga llegar a su destinatario.
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