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Pamela Sugey Rodriguez Blanco | Directora Del Registro Civil Exp: 611/2023

San Luis Potosí > Primero Familiar de Juzgados Familiares
Actor: Pamela Sugey Rodriguez Blanco
Demandado: Directora Del Registro Civil Del Estado, Francisco Javier Rodriguez Liñan
Materia: Familiar
Tipo: ORDINARIO CIVIL

RESUMEN: El Expediente 611/2023 en Materia Familiar y de tipo Ordinario Civil fue promovido por Pamela Sugey Rodriguez Blanco en contra de Directora Del Registro Civil Del Estado, Francisco Javier Rodriguez Liñan en el Primero Familiar en Juzgados Familiares, San Luis Potosí. El Proceso inició el 21 de Junio del 2023 y cuenta con 30 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 611/2023

  • 27 de Noviembre del 2024

    Actor: PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO

    Demandado: DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN

    PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO VS DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN.- AGRÉGUESE A LOS AUTOS ESCRITO DEL LICENCIADO KEVIN ESAU ORTIZ CARRILLO, RECIBIDO EN FECHA 13 TRECE DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO.- VISTO EL CONTENIDO DEL DE CUENTA, SE LE TIENE POR ACEPTANDO EL CARGO CONFERIDO A SU FAVOR EN AUTO DE FECHA 8 OCHO DE MAYO DEL AÑO QUE TRASCURRE POR FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN, PROTESTANDO SU FIEL Y LEGAL DESEMPEÑO COMO ABOGADO AUTORIZADO EN TÉRMINOS AMPLIOS, DE CONFORMIDAD CON LOSARTÍCULOS 107 Y 118 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO. POR LO QUE HACE A SU DIVERSA PETICION, DÍGASELE QUE UNA VEZ QUE ACLARE SU PETICION O BIEN LA PROMUEVA EN LA VÍA Y FORMA CONDUCENTE, SE ACORDARA LO QUE EN DERECHO CORRESPONDA. ASIMISMO, RESPECTO A SU SOLICITUD DE ACUMULAR AL EXPEDIENTE PRINCIPAL EL EXPEDIENTILLO 611/2023, DÍGASELE QUE DEBERÁ ESTARSE AL ESTADO DE AUTOS, TODA VEZ QUE YA OBRA EN EL PRESENTE SUMARIO EL EXPEDIENTILLO DE MÉRITO. POR ÚLTIMO, SE HACE LA ACLARACION RESPECTO AL DOMICILIO SEÑALADO PARA CORRER TRASLADO Y EMPLAZAR A LA DEMANDADA INCIDENTISTA, TODA VEZ QUE POR AUTO DE FECHA 20 VEINTE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO SE SEÑALO DE FORMA ERRONEA EL CODIGO POSTAL; SIENDO LO CORRECTO EL UBICADO EN CIRCUITO DE BARI NÚMERO 301, FRACCIONAMIENTO VILLAS DE SAN LORENZO DEL MUNICIPIO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ, SAN LUIS POTOSÍ, CODIGO POSTAL 78433. ACLARACION QUE SE HACE PARA LOS EFECTOS LEGALES A LOS QUE HAYA LUGAR, DEJANDO INTOCADO EL RESTO DEL AUTO. LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 53 Y 77 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL EN VIGOR

  • 20 de Noviembre del 2024

    Actor: PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO

    Demandado: DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN

    PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO VS DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN.- SE TIENE POR RECIBIDO ESCRITO DE PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO, DIVERSO DE LA LICENCIADA MARIA ISABEL GOMEZ FLORES, LOS DÍAS SIETE Y OCHO DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO. VISTO EL PRIMERO DE CUENTA, SE LE TIENE POR FORMULANDO PLANILLA DE LIQUIDACION DE PENSION ALIMENTICIA RETROACTIVA, Y CON EL MISMO DESE VISTA A SU CONTRARIA PARTE, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE TRES DÍAS MANIFIESTE LO QUE EN DERECHO CORRESPONDA. ASÍ MISMO, SEÑALA DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EL UBICADO EN EL DESPACHO JURÍDICO UBICADO EN CALLE ARTURO, NÚMERO 325, FRACCIONAMIENTO DEL LLANO, C.P. 78377, DE ESTA CIUDAD CAPITAL, AUTORIZANDO PARA TAL EFECTO A LOS LICENCIADOS MARIA ISABEL GOMEZ FLORES, LETICIA GALVAN CAMARENA Y CARLOS CASTILLO ROCHA, QUIENES TENDRÁN LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 118 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, EN CASO CONTRARIO QUE NO COMPAREZCA DENTRO DE LOS AUTOS A ACEPTAR EL CARGO CONFERIDO, PERDERÁ LA FACULTAD A QUE SE REFIERE ESTE ARTÍCULO. EN CUANTO AL SEGUNDO, COMO LO PIDE, GÍRESE ATENTO OFICIO A LA EMPRESA DENOMINADA "CONSOLIDACION LOGÍSTICA E INMOBILIARIA, S.A. DE C.V.", Y/O "ESTAFETA MEXICANA, S.A. DE C.V.", POR CONDUCTO DE SU DEPARTAMENTO JURÍDICO Y/O SU REPRESENTANTE LEGAL, CON DOMICILIO EN CARRETERA 57 KM 9.5 ANEXO AL AEROPUERTO INTERNACIONAL PONCIANO ARRIAGA S/N, COLONIA LA RINCONADA, C.P. 78428, A FIN DE QUE INFORME LO SIGUIENTE: A ) QUE DIGA, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EL MONTO QUE, POR CONCEPTO DE UTILIDADES DEL EJERCICIO FISCAL 2023, RECIBIO SU TRABAJADOR EL C. FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ LIÑÁN, A TRAVÉS DE LA EXHIBICION DE LA DOCUMENTACION CORRESPONDIENTE A LA COMISION MIXTA DE LA ENTREGA DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS, LA CUAL CONSISTE EN LA INTEGRACION DE DICHA COMISION Y DE LA EXHIBICION DE LA DECLARACION ANUAL EN DONDE SE MUESTRA LA BASE PARA DETERMINAR EL IMPORTE DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS (PTU). DE ACUERDO A LO ANTERIOR, SE SOLICITA A LA EMPRESA EXHIBA EL CALCULO DE LA DETERMINACION DE LA PTU A ENTREGAR A SUS TRABAJADORES, ELLO EN ATENCION, AL RESULTADO DE LA INTEGRACION DE LOS DÍAS QUE LABORO Y EL SALARIO QUE DEVENGO EL C. FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ LAÑAN EN EL EJERCICIO 2023. B ) QUE DIGA, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EL MOTIVO POR EL CUAL LOS PAGOS QUE EFECTÚA LA EMPRESA POR CONCEPTO DE PENSION ALIMENTICIA, DISCREPAN NOTABLE, SUSTANCIAL Y SISTEMÁTICAMENTE EN CADA UNO DE ELLOS. C ) QUE ILUSTRE LA MECÁNICA ARITMÉTICA A TRAVÉS DE LA CUAL ARROJA EL RESULTADO DEL 20% QUE POR CONCEPTO DE PENSION ALIMENTICIA SE LE DESCUENTA DEL SUELDO QUE PERCIBE SU TRABAJADOR FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ LIÑÁN, LA CUAL PROVIENE DE LA BASE DE PERCEPCIONES Y DEDUCCIONES QUE SE MUESTRAN EN EL RECIBO DE NOMINA. D )ADJUNTE COPIA FIEL DEL RECIBO DE NOMINA QUE LA EMPRESA ESTÁ OBLIGADA A ENTREGAR A SU TRABAJADOR Y A SU VEZ ÉSTE OBLIGADO A FIRMAR. E ) ADJUNTE REPRESENTACION IMPRESA DEL XML CORRESPONDIENTE A CADA RECIBO DE NOMINA, ASÍ COMO, DE MANERA ELECTRONICA DEL PERÍODO CORRESPONDIENTE A ENERO A LA FECHA DEL EJERCICIO FISCAL 2024". LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 53, 279, 991 Y 992 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILESVIGENTE EN EL ESTADO

  • 25 de Octubre del 2024

    Actor: PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO

    Demandado: DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN

    PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO VS DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN.- POR RECIBIDO EL VEINTITRÉS DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO, ESCRITO DE MARIA ISABEL GOMEZ FLORES. COMO LO SOLICITA, EXPÍDASE COPIAS CERTIFICADAS POR DUPLICADO DE LA SENTENCIA EL DÍA VEINTISÉIS DE MARZO DEL DOS MIL VEINTICUATRO, ASÍ COMO, DE SU RESPECTIVA ACLARACION EMITIDA EL OCHO DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTICUATRO, Y LA RESOLUCION PRONUNCIADA EL DOCE DE JUNIO DEL DOS MIL VEINTICUATRO, DENTRO DEL TOCA 382- 2024, POR LA TERCERA SALA DEL H. SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO. ARTÍCULOS 66 Y 69 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

  • 10 de Octubre del 2024

    Actor: PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO

    Demandado: DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN

    PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO VS DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN.- AGRÉGUESE A LOS AUTOS EL ESCRITO FIRMADO POR MARIA ISABEL GOMEZ FLORES, RECIBIDO EL DÍA NUEVE DE OCTUBRE DE ESTE AÑO. VISTO EL DE CUENTA, COMO LO PETICIONA, SE DECLARA QUE LA SENTENCIA DE FECHA DOCE DE JUNIO DE ESTE AÑO, DENTRO DEL TOCA 382/2024 EMITIDA POR LA TERCERA SALA DEL H. SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO, HA QUEDADO FIRME , EN RAZON DE QUE NINGUNA DE LAS PARTES SE INCONFORMARON CON LA MISMA, LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 410FRACCION II DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE EN EL ESTADO, HACIÉNDOSE NOTAR QUE LA SENTENCIA ANTES REFERIDA CAUSO EJECUTORIA POR MINISTERIO DE LEY. EN LO QUE HACE A LA SEGUNDA DE SUS PETICIONES, SE GIRA ATENTO OFICIO A LA DIRECCION DEL REGISTRO CIVIL EN EL ESTADO Y A LA OFICIALÍA PRIMERA DEL REGISTRO CIVIL DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ, S.L.P. CON LOS INSERTOS NECESARIOS, ORDENADOS EN LA RESOLUCION EMITIDA DENTRO DEL TOCA 382/2024, DE FECHA DOCE DE JUNIO DE ESTE AÑO, EN LA CUAL MODIFICA LA SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA POR ESTA AUTORIDAD, PARA QUE DÉ CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 209 DEL CODIGO FAMILIAR DEL ESTADO Y 80, 81 Y 84 DE LA LEY DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ; Y SE INSCRIBA EN EL REGISTRO DE NACIMIENTO DE LA INFANTA M.S.R.B. COMO HIJA DE FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN, ADICIONÁNDOSE TAMBIÉN LOS DEMÁS DATOS A QUE SE REFIERE EL NUMERAL 80 DE LA PRECITADA LEY DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. POR ÚLTIMO, SE AUTORIZA A SU COSTA LAS COPIAS CERTIFICADAS POR DUPLICADO DE LAS CONSTANCIAS QUE REFIERE , LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 69 DEL CODIGODE PROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE EN EL ESTADO. SE DEJA A DISPOSICION DE LA PARTE SOLICITANTE EL EXPEDIENTE EN EL ÁREA DE SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA DE ESTE JUZGADO, A EFECTO DE REALIZAR LAS GESTIONES TENDIENTES A LA ELABORACION DEL OFICIO ORDENADO EN LÍNEAS QUE PRECEDEN, AUTORIZANDO PARA RECIBIRLOS AL PROFESIONISTA QUE SEÑALA EN SU ESCRITO DE CUENTA. –

  • 08 de Octubre del 2024

    Actor: PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO

    Demandado: DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN

    PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO VS DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN.- POR RECIBIDO EL 30 TREINTA DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, ESCRITO DE LA LICENCIADA MARIA ISABEL GOMEZ FLORES. VISTO SU CONTENIDO, DÍGASELE QUE DEBERÁ DE ESTARSE A LO ACORDADO POR AUTO DE FECHA 5 CINCO DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, YA QUE LA SENTENCIA QUE REFIERE, CAUSO EJECUTORIA POR MINISTERIO DE LEY AL HABER SIDO MODIFICADA POR LA SEGUNDA INSTANCIA; DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 410 FRACCION II DEL CODIGO PROCESAL CIVIL

  • 30 de Septiembre del 2024

    Actor: PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO

    Demandado: DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN

    PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO VS DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN.- (1).- POR RECIBIDO EL 10 DIEZ DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, ESCRITO SIGNADO POR PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO. VISTO SU CONTENIDO, COMO LO PIDE, REQUIERASE A LA MORAL DENOMINADA: "CONSOLIDACION LOGÍSTICA E INMOBILIARIA, S.A. DE C.V.", Y/O "ESTAFETA MEXICANA, S.A. DE C.V.", POR CONDUCTO DE SU DEPARTAMENTO JURÍDICO Y/O SU REPRESENTANTE LEGAL, CON DOMICILIO EN CARRETERA 57 KM 9.5 ANEXO AL AEROPUERTO INTERNACIONAL PONCIANO ARRIAGA S/N, COLONIA LA RINCONADA, C.P. 78428, DE ESTA CIUDAD CAPITAL; A FIN DE QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE 3 TRES DÍAS Y BAJO APERCIBIMIENTO, LE RESPONDA LOS SIGUIENTES EXTREMOS: A) QUE DIGA, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EL MONTO QUE, POR CONCEPTO DE UTILIDADES DEL EJERCICIO FISCAL 2023, RECIBIO SU TRABAJADOR EL C. FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ LIÑÁN, A TRAVÉS DE LA EXHIBICION DE LA DOCUMENTACION CORRESPONDIENTE A LA COMISION MIXTA DE LA ENTREGA DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS, LA CUAL CONSISTE EN LA INTEGRACION DE DICHA COMISION Y DE LA EXHIBICION DE LA DECLARACION ANUAL EN DONDE SE MUESTRA LA BASE PARA DETERMINAR EL IMPORTE DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS (PTU). DE ACUERDO A LO ANTERIOR, SE SOLICITA A LA EMPRESA EXHIBA EL CALCULO DE LA DETERMINACION DE LA PTU A ENTREGAR A SUS TRABAJADORES, ELLO EN ATENCION, AL RESULTADO DE LA INTEGRACION DE LOS DÍAS QUE LABORO Y EL SALARIO QUE DEVENGO EL C. FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ LIÑAN EN EL EJERCICIO 2023. B) QUE DIGA, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EL MOTIVO POR EL CUAL LOS PAGOS QUE EFECTÚA LA EMPRESA POR CONCEPTO DE PENSION ALIMENTICIA, DISCREPAN NOTABLE, SUSTANCIAL Y SISTEMÁTICAMENTE EN CADA UNO DE ELLOS. C).- QUE ILUSTRE LA MECÁNICA ARITMÉTICA A TRAVÉS DE LA CUAL ARROJA EL RESULTADO DEL 20% QUE POR CONCEPTO DE PENSION ALIMENTICIA SE LE DESCUENTA DEL SUELDO QUE PERCIBE SU TRABAJADOR FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ LIÑÁN, LA CUAL PROVIENE DE LA BASE DE PERCEPCIONES Y DEDUCCIONES QUE SE MUESTRAN EN EL RECIBO DE NOMINA. D).- ADJUNTE COPIA FIEL DEL RECIBO DE NOMINA QUE LA EMPRESA ESTÁ OBLIGADA A ENTREGAR A SU TRABAJADOR Y A SU VEZ ÉSTE OBLIGADO A FIRMAR. E) ADJUNTE REPRESENTACION IMPRESA DEL XML CORRESPONDIENTE A CADA RECIBO DE NOMINA, ASÍ COMO, DE MANERA ELECTRONICA DEL PERÍODO CORRESPONDIENTE A ENERO A LA FECHA DEL EJERCICIO FISCAL 2024". (2).- POR RECIBIDO EL 12 DOCE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, ESCRITO SIGNADO POR LAS LICENCIADAS MARIA ISABEL GOMEZ FLORES Y LETICIA GALVAN CAMARENA. VISTO SU CONTENIDO, SE LES TIENE POR ACEPTANDO EL CARGO DE ABOGADAS CONFERIDO POR LA ACTORA. (3).- POR RECIBIDO EL 13 TRECE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, ESCRITO SIGNADO POR FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN. VISTO SU CONTENIDO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 107 Y 118 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, SE LE TIENE A LA COMPARECIENTE POR AUTORIZANDO COMO SUS ABOGADOS A LOS LICENCIADOS KEVIN ESAU ORTIZ CARRILLO, JUAN RIGOBERTO TORRES MENDEZ, JUAN FRANCISCO TENIENTE HERNANDEZ, MARIA DE GUADALUPE MENDOZA NARAVEZ, MARGARITA FLORES FLORES Y OMAR UBALDO GASCA GUZMAN; QUIENES SE ENCUENTRAN INSCRITOS EN EL CATÁLOGO DE PRESIDENCIA DENOMINADO REGISTRO DE CEDULAS, QUIEN QUEDARÁN FACULTADOS PARA INTERPONER LOS RECURSOS QUE PROCEDAN, OFRECER E INTERVENIR EN EL DESAHOGO PRUEBAS, ALEGAR EN LAS AUDIENCIAS, PEDIR SE DICTE SENTENCIA PARA EVITAR LA CONSUMACION DEL TÉRMINO DE CADUCIDAD POR INACTIVIDAD PROCESAL Y REALIZAR CUALQUIER ACTO QUE RESULTE SER NECESARIO PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DEL AUTORIZANTE, PERO NO PODRÁ SUBSTITUIR O DELEGAR DICHAS FACULTADES EN UN TERCERO , HÁGASE DE SU CONOCIMIENTO QUE DE ACUERDO A LAS REFORMAS DE FECHA 05 CINCO DE SEPTIEMBRE DEL 2015 DOS MIL QUINCE, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DEL ESTADO; SERÁN RESPONSABLES DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE CAUSE ANTE QUIEN LOS AUTORICE DE ACUERDO A LAS DISPOSICIONES APLICABLES DEL CODIGO CIVIL RELATIVAS AL MANDATO Y DEMÁS CONEXAS, AUTORIZACION QUE SURTIRÁ SUS EFECTOS UNA VEZ QUE DICHOS PROFESIONISTAS COMPAREZCAN ANTE ESTE JUZGADO, DE MANERA PERSONAL A ACEPTAR EL CARGO CONFERIDO , APERCIBIDOS QUE DE NO HACERLO, ÚNICAMENTE SE LES TENDRÁ POR AUTORIZADOS CON LAS FACULTADES CONTENIDAS EN EL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL NUMERAL EN COMENTO; SE LE TIENE POR SEÑALANDO COMO DOMICILIO PARA RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES EL DESPACHO UBICADO EN LA DAMIAN CARMONA 956 ALTOS, BARRIO DE SANTIAGO, SAN LUIS, S.L.P., C.P. 78000; EN LO QUE RESPECTA A LUIS GUILLERMO OTERO MARTINEZ ÚNICAMENTE SE LE AUTORIZA PARA IMPONERSE DE LOS AUTOS EN VIRTUD DE QUE AÚN NO HAN REGISTRADO SU CÉDULA PROFESIONAL ANTE ESTE TRIBUNAL. SE ADMITE EL INCIDENTE POR REGULACION Y DISMINUCION DE LA PENSION ALIMENTICIA EN CONTRA DE PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO LA CUAL RECIBE EN FAVOR DE SU MENOR HIJA, EN RAZON DE UN 5% DEL 20% ESTABLECIDO POR SENTENCIA DEL 26 DE MARZO DE 2024, TODA VEZ QUE LAS CIRCUNSTANCIAS ECONOMICAS Y PERSONALES DEL SUSCRITO HAN CAMBIADO, AL TENER MÁS DEPENDIENTES ECONOMICOS, REGULÁNDOSE A UNA PENSION ALIMENTICIA POR EL 15% DE MIS PRESTACIONES; SEÑALANDO QUE LA DEMANDADA INCIDENTISTA UBICA SU DOMICILIO EN CIRCUTO DE BARI 301, FRACCIONAMIENTO VILLAS DE SAN LORENZO, SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, S.L.P. C.P. 7843 ; CORRASELE TRASLADO Y EMPLÁCESE A LA DEMANDADA INCIDENTISTA EN DICHO DOMICILIO, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE TRES DÍAS HAGA SUS MANIFESTACIONES AL RESPECTO. PREVÉNGASELE A LA DEMANDADA INCIDENTISTA PARA QUE, AL MOMENTO DE DAR CONTESTACION AL INCIDENTE EN CUESTION, NOMBRE PERSONA Y DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, YA QUE, DE NO HACERLO LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES, AÚN LAS DE CARÁCTER PERSONAL, SE LE REALIZARÁN POR LISTA O CÉDULA EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO; ASÍ COMO PARA QUE OFREZCA LAS PRUEBAS DE SU INTENCION. EN CUANTO A LAS PRUEBAS QUE OFRECE, DÍGASELE QUE NO HA LUGAR, EN VIRTUD DE QUE NO ES EL MOMENTO PROCESAL OPORTUNO. DESE VISTA AL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITO PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE 3 TRES DÍAS HAGA SUS MANIFESTACIONES AL RESPECTO. LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 53, 775, 778 Y 779 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, DEL CODIGO PROCESAL CIVIL. (4).- POR RECIBIDO EL 18 DIECIOCHO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, ESCRITO DE PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO. VISTO SU CONTENIDO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS Y 118 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, SE LE TIENE A LA COMPARECIENTE POR AUTORIZANDO COMO SU ABOGADO AL LICENCIADO CARLOS CASTILLO ROCHA ; QUIEN SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL CATÁLOGO DE PRESIDENCIA DENOMINADO REGISTRO DE CEDULAS, QUIEN QUEDARÁ FACULTADO PARA INTERPONER LOS RECURSOS QUE PROCEDAN, OFRECER E INTERVENIR EN EL DESAHOGO PRUEBAS, ALEGAR EN LAS AUDIENCIAS, PEDIR SE DICTE SENTENCIA PARA EVITAR LA CONSUMACION DEL TÉRMINO DE CADUCIDAD POR INACTIVIDAD PROCESAL Y REALIZAR CUALQUIER ACTO QUE RESULTE SER NECESARIO PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DEL AUTORIZANTE, PERO NO PODRÁ SUBSTITUIR O DELEGAR DICHAS FACULTADES EN UN TERCERO , HÁGASE DE SU CONOCIMIENTO QUE DE ACUERDO A LAS REFORMAS DE FECHA 05 CINCO DE SEPTIEMBRE DEL 2015 DOS MIL QUINCE, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DEL ESTADO; SERÁN RESPONSABLES DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE CAUSE ANTE QUIEN LOS AUTORICE DE ACUERDO A LAS DISPOSICIONES APLICABLES DEL CODIGO CIVIL RELATIVAS AL MANDATO Y DEMÁS CONEXAS, AUTORIZACION QUE SURTIRÁ SUS EFECTOS UNA VEZ QUE DICHO PROFESIONISTA COMPAREZCA ANTE ESTE JUZGADO, DE MANERA PERSONAL A ACEPTAR EL CARGO CONFERIDO , APERCIBIDO QUE DE NO HACERLO, ÚNICAMENTE SE LE TENDRÁ POR AUTORIZADO CON LAS FACULTADES CONTENIDAS EN EL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL NUMERAL EN COMENTO; SIN EXCLUSION DE LOS DESIGNADOS CON ANTERIORIDAD. (5).- POR RECIBIDO EL 13 TRECE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, ESCRITO DE PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO. VISTO SU CONTENIDO, SE LE TIENE POR ANEXANDO A SU DE CUENTA LA CONSTANCIA QUE REFIERE; SE TOMA DE SU CONTENIDO Y SE AGREGA A LOS AUTOS PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES

  • 23 de Septiembre del 2024

    Actor: PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO

    Demandado: DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN

    PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO VS DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN.- (1).- POR RECIBIDO EL 10 DIEZ DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, ESCRITO SIGNADO POR PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO. VISTO SU CONTENIDO, COMO LO PIDE, REQUIERASE A LA MORAL DENOMINADA: "CONSOLIDACION LOGÍSTICA E INMOBILIARIA, S.A. DE C.V.", Y/O "ESTAFETA MEXICANA, S.A. DE C.V.", POR CONDUCTO DE SU DEPARTAMENTO JURÍDICO Y/O SU REPRESENTANTE LEGAL, CON DOMICILIO EN CARRETERA 57 KM 9.5 ANEXO AL AEROPUERTO INTERNACIONAL PONCIANO ARRIAGA S/N, COLONIA LA RINCONADA, C.P. 78428, DE ESTA CIUDAD CAPITAL; A FIN DE QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE 3 TRES DÍAS Y BAJO APERCIBIMIENTO, LE RESPONDA LOS SIGUIENTES EXTREMOS: A) QUE DIGA, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EL MONTO QUE, POR CONCEPTO DE UTILIDADES DEL EJERCICIO FISCAL 2023, RECIBIO SU TRABAJADOR EL C. FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ LIÑÁN, A TRAVÉS DE LA EXHIBICION DE LA DOCUMENTACION CORRESPONDIENTE A LA COMISION MIXTA DE LA ENTREGA DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS, LA CUAL CONSISTE EN LA INTEGRACION DE DICHA COMISION Y DE LA EXHIBICION DE LA DECLARACION ANUAL EN DONDE SE MUESTRA LA BASE PARA DETERMINAR EL IMPORTE DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS (PTU). DE ACUERDO A LO ANTERIOR, SE SOLICITA A LA EMPRESA EXHIBA EL CALCULO DE LA DETERMINACION DE LA PTU A ENTREGAR A SUS TRABAJADORES, ELLO EN ATENCION, AL RESULTADO DE LA INTEGRACION DE LOS DÍAS QUE LABORO Y EL SALARIO QUE DEVENGO EL C. FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ LIÑAN EN EL EJERCICIO 2023. B) QUE DIGA, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EL MOTIVO POR EL CUAL LOS PAGOS QUE EFECTÚA LA EMPRESA POR CONCEPTO DE PENSION ALIMENTICIA, DISCREPAN NOTABLE, SUSTANCIAL Y SISTEMÁTICAMENTE EN CADA UNO DE ELLOS. C).- QUE ILUSTRE LA MECÁNICA ARITMÉTICA A TRAVÉS DE LA CUAL ARROJA EL RESULTADO DEL 20% QUE POR CONCEPTO DE PENSION ALIMENTICIA SE LE DESCUENTA DEL SUELDO QUE PERCIBE SU TRABAJADOR FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ LIÑÁN, LA CUAL PROVIENE DE LA BASE DE PERCEPCIONES Y DEDUCCIONES QUE SE MUESTRAN EN EL RECIBO DE NOMINA. D).- ADJUNTE COPIA FIEL DEL RECIBO DE NOMINA QUE LA EMPRESA ESTÁ OBLIGADA A ENTREGAR A SU TRABAJADOR Y A SU VEZ ÉSTE OBLIGADO A FIRMAR. E) ADJUNTE REPRESENTACION IMPRESA DEL XML CORRESPONDIENTE A CADA RECIBO DE NOMINA, ASÍ COMO, DE MANERA ELECTRONICA DEL PERÍODO CORRESPONDIENTE A ENERO A LA FECHA DEL EJERCICIO FISCAL 2024". (2).- POR RECIBIDO EL 12 DOCE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, ESCRITO SIGNADO POR LAS LICENCIADAS MARIA ISABEL GOMEZ FLORES Y LETICIA GALVAN CAMARENA. VISTO SU CONTENIDO, SE LES TIENE POR ACEPTANDO EL CARGO DE ABOGADAS CONFERIDO POR LA ACTORA. (3).- POR RECIBIDO EL 13 TRECE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, ESCRITO SIGNADO POR FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN. VISTO SU CONTENIDO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 107 Y 118 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, SE LE TIENE A LA COMPARECIENTE POR AUTORIZANDO COMO SUS ABOGADOS A LOS LICENCIADOS KEVIN ESAU ORTIZ CARRILLO, JUAN RIGOBERTO TORRES MENDEZ, JUAN FRANCISCO TENIENTE HERNANDEZ, MARIA DE GUADALUPE MENDOZA NARAVEZ, MARGARITA FLORES FLORES Y OMAR UBALDO GASCA GUZMAN; QUIENES SE ENCUENTRAN INSCRITOS EN EL CATÁLOGO DE PRESIDENCIA DENOMINADO REGISTRO DE CEDULAS, QUIEN QUEDARÁN FACULTADOS PARA INTERPONER LOS RECURSOS QUE PROCEDAN, OFRECER E INTERVENIR EN EL DESAHOGO PRUEBAS, ALEGAR EN LAS AUDIENCIAS, PEDIR SE DICTE SENTENCIA PARA EVITAR LA CONSUMACION DEL TÉRMINO DE CADUCIDAD POR INACTIVIDAD PROCESAL Y REALIZAR CUALQUIER ACTO QUE RESULTE SER NECESARIO PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DEL AUTORIZANTE, PERO NO PODRÁ SUBSTITUIR O DELEGAR DICHAS FACULTADES EN UN TERCERO , HÁGASE DE SU CONOCIMIENTO QUE DE ACUERDO A LAS REFORMAS DE FECHA 05 CINCO DE SEPTIEMBRE DEL 2015 DOS MIL QUINCE, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DEL ESTADO; SERÁN RESPONSABLES DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE CAUSE ANTE QUIEN LOS AUTORICE DE ACUERDO A LAS DISPOSICIONES APLICABLES DEL CODIGO CIVIL RELATIVAS AL MANDATO Y DEMÁS CONEXAS, AUTORIZACION QUE SURTIRÁ SUS EFECTOS UNA VEZ QUE DICHOS PROFESIONISTAS COMPAREZCAN ANTE ESTE JUZGADO, DE MANERA PERSONAL A ACEPTAR EL CARGO CONFERIDO , APERCIBIDOS QUE DE NO HACERLO, ÚNICAMENTE SE LES TENDRÁ POR AUTORIZADOS CON LAS FACULTADES CONTENIDAS EN EL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL NUMERAL EN COMENTO; SE LE TIENE POR SEÑALANDO COMO DOMICILIO PARA RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES EL DESPACHO UBICADO EN LA DAMIAN CARMONA 956 ALTOS, BARRIO DE SANTIAGO, SAN LUIS, S.L.P., C.P. 78000; EN LO QUE RESPECTA A LUIS GUILLERMO OTERO MARTINEZ ÚNICAMENTE SE LE AUTORIZA PARA IMPONERSE DE LOS AUTOS EN VIRTUD DE QUE AÚN NO HAN REGISTRADO SU CÉDULA PROFESIONAL ANTE ESTE TRIBUNAL. SE ADMITE EL INCIDENTE POR REGULACION Y DISMINUCION DE LA PENSION ALIMENTICIA EN CONTRA DE PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO LA CUAL RECIBE EN FAVOR DE SU MENOR HIJA, EN RAZON DE UN 5% DEL 20% ESTABLECIDO POR SENTENCIA DEL 26 DE MARZO DE 2024, TODA VEZ QUE LAS CIRCUNSTANCIAS ECONOMICAS Y PERSONALES DEL SUSCRITO HAN CAMBIADO, AL TENER MÁS DEPENDIENTES ECONOMICOS, REGULÁNDOSE A UNA PENSION ALIMENTICIA POR EL 15% DE MIS PRESTACIONES; SEÑALANDO QUE LA DEMANDADA INCIDENTISTA UBICA SU DOMICILIO EN CIRCUTO DE BARI 301, FRACCIONAMIENTO VILLAS DE SAN LORENZO, SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, S.L.P. C.P. ; CORRASELE TRASLADO Y EMPLÁCESE A LA DEMANDADA INCIDENTISTA EN DICHO DOMICILIO, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE 3 TRES DÍAS HAGA SUS MANIFESTACIONES AL RESPECTO. PREVÉNGASELE A LA DEMANDADA INCIDENTISTA PARA QUE, AL MOMENTO DE DAR CONTESTACION AL INCIDENTE EN CUESTION, NOMBRE PERSONA Y DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, YA QUE, DE NO HACERLO LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES, AÚN LAS DE CARÁCTER PERSONAL, SE LE REALIZARÁN POR LISTA O CÉDULA EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO; ASÍ COMO PARA QUE OFREZCA LAS PRUEBAS DE SU INTENCION. EN CUANTO A LAS PRUEBAS QUE OFRECE, DÍGASELE QUE NO HA LUGAR, EN VIRTUD DE QUE NO ES EL MOMENTO PROCESAL OPORTUNO. DESE VISTA AL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITO PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE 3 TRES DÍAS HAGA SUS MANIFESTACIONES AL RESPECTO. LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 53, 775, 778 Y 779 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, DEL CODIGO PROCESAL CIVIL. (4).- POR RECIBIDO EL 18 DIECIOCHO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, ESCRITO DE PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO. VISTO SU CONTENIDO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 107 Y 118 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, SE LE TIENE A LA COMPARECIENTE POR AUTORIZANDO COMO SU ABOGADO AL LICENCIADO CARLOS CASTILLO ROCHA ; QUIEN SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL CATÁLOGO DE PRESIDENCIA DENOMINADO REGISTRO DE CEDULAS, QUIEN QUEDARÁ FACULTADO PARA INTERPONER LOS RECURSOS QUE PROCEDAN, OFRECER E INTERVENIR EN EL DESAHOGO PRUEBAS, ALEGAR EN LAS AUDIENCIAS, PEDIR SE DICTE SENTENCIA PARA EVITAR LA CONSUMACION DEL TÉRMINO DE CADUCIDAD POR INACTIVIDAD PROCESAL Y REALIZAR CUALQUIER ACTO QUE RESULTE SER NECESARIO PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DEL AUTORIZANTE, PERO NO PODRÁ SUBSTITUIR O DELEGAR DICHAS FACULTADES EN UN TERCERO , HÁGASE DE SU CONOCIMIENTO QUE DE ACUERDO A LAS REFORMAS DE FECHA 05 CINCO DE SEPTIEMBRE DEL 2015 DOS MIL QUINCE, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DEL ESTADO; SERÁN RESPONSABLES DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE CAUSE ANTE QUIEN LOS AUTORICE DE ACUERDO A LAS DISPOSICIONES APLICABLES DEL CODIGO CIVIL RELATIVAS AL MANDATO Y DEMÁS CONEXAS, AUTORIZACION QUE SURTIRÁ SUS EFECTOS UNA VEZ QUE DICHO PROFESIONISTA COMPAREZCA ANTE ESTE JUZGADO, DE MANERA PERSONAL A ACEPTAR EL CARGO CONFERIDO , APERCIBIDO QUE DE NO HACERLO, ÚNICAMENTE SE LE TENDRÁ POR AUTORIZADO CON LAS FACULTADES CONTENIDAS EN EL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL NUMERAL EN COMENTO; SIN EXCLUSION DE LOS DESIGNADOS CON ANTERIORIDAD. (5).- POR RECIBIDO EL 13 TRECE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, ESCRITO DE PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO. VISTO SU CONTENIDO, SE LE TIENE POR ANEXANDO A SU DE CUENTA LA CONSTANCIA QUE REFIERE; SE TOMA DE SU CONTENIDO Y SE AGREGA A LOS AUTOS PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES

  • 13 de Septiembre del 2024

    Actor: PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO

    Demandado: DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN

    PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO VS DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN.- AGRÉGUESE A LOS AUTOS ESCRITO DEL LICENCIADO KEVIN ESAÚ ORTIZ CARRILLO, RECIBIDO EL 30 TREINTA DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, EL CUAL SE AGREGA ÚNICAMENTE PARA CONSTANCIA LEGAL, EN VIRTUD DE LA FALTA DE PERSONALIDAD DEL OCURSANTE. LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON LODISPUESTO EN EL NUMERAL 53 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE EN EL ESTADO. NOTIFÍQUESE POR LISTA. –

  • 26 de Agosto del 2024

    Actor: PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO

    Demandado: DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN

    PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO VS DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN.- SE TIENE POR RECIBIDO ESCRITO DE PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO, DIVERSO DEL C. FRANCISCO JAVIERA RODRIGUEZ LIÑAN, LOS DÍAS OCHO Y DIECISÉIS DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO. VISTO EL CONTENIDO DE LOS ESCRITOS QUE SE AGREGAN, LOS MISMOS SE ACUERDAN DE MANERA CONJUNTA POR TENER RELACION ENTRE SÍ; AL EFECTO, COMO LO PIDE, GÍRESE ATENTO OFICIO A LA DIRECCION DEL REGISTRO CIVIL EN EL ESTADO Y A LA OFICIALÍA PRIMERA DEL REGISTRO CIVIL DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ, S.L.P., PARA QUE DEN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 209 DEL CODIGO FAMILIAR DEL ESTADO Y 80, 81 Y 84 DE LA LEY DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE SAN LUI POTOSÍ; Y SE INSCRIBA EN EL REGISTRO DE NACIMIENTO DE LA INFANTA M.S.R.B. COMO HIJA DE FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN, ADICIONÁNDOSE TAMBIÉN LOS DEMÁS DATOS A QUE SE REFIERE EL NUMERAL 80 DE LA PRECITADA LEY DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. POR OTRO LADO, COMO LO SOLICITA, GÍRESE OFICIO AL INSTITUTO REGISTRAL Y CATASTRAL DEL ESTADO, CON LOS INSERTOS NECESARIOS, PARA QUE PREVIO PAGO DE DERECHOS, ORDENE A QUIEN CORRESPONDA, REALICE LA ANOTACION DE EMBARGO POR CONCEPTO DE PENSION ALIMENTICIA, EL BIEN INMUEBLE DESCRITO E INSCRITO BAJO EL FOLIO: 424229, RESPECTO DEL BIEN INMUEBLE, PROPIEDAD DEL C. FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN, CONSISTENTE EN LOTE 25 DE LA MANZANA 18 Y CASA EN EL CONSTRUIDA UBICADA EN CALLE SYRAH NÚMERO 123, FRACCIONAMIENTO RINCONADA DE LA VIÑA, DELEGACION VILLA DE POZOS, S.L.P. SÍ MISMO, EMÍTASE OFICIO AL DEPARTAMENTO JURÍDICO Y/O REPRESENTANTE LEGAL DE LA MORAL DENOMINADA "ESTAFETA MEXICANA, S.A. DE C.V." Y/O AL GERENTE DE RECURSOS HUMANOS DE LA EMPRESA DENOMINADA "CONSOLIDACION LOGÍSTICA E INMOBILIARIA, S.A. DE C.V.", A EFECTO DE QUE SE LE ORDENE REALIZAR EL DESCUENTO DEL 20% VEINTE POR CIENTO MENSUAL DE LOS INGRESOS Y DEMÁS PRESTACIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS QUE PERCIBA FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN, POR CONCEPTO DE PAGO DE PENSION ALIMENTICIA DEFINITIVA, EN FAVOR DE SU HIJA DE IDENTIDAD PROTEGIDA E INICIALES MSRB, CUYO PORCENTAJE DEBERÁ SER RETENIDO, DESCONTADO Y PUESTO A DISPOSICION DE SU MADRE PAMELA SUGEY RODRÍGUEZ BLANCO, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE DE SU MENOR HIJA, MEDIANTE DEPOSITO A LA CUENTA BANCARIA NÚMERO 156660 7271, TARJETA NÚMERO 4152 3141 0425 8861, CLABE 012 700 01 566607271 3, DE LA INSTITUCION BANCARIA BBVA BANCOMER, A NOMBRE DE SU TITULAR PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO. FINALMENTE, COMO LO PIDE, EXPÍDASE A SU COSTA COPIA CERTIFICADA DE LAS CONSTANCIAS QUE SEÑALA EN EL DE CUENTA. LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 53, 69, Y 279 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE EN EL ESTADO

  • 06 de Agosto del 2024

    Actor: PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO

    Demandado: DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN

    PAMELA SUGEY RODRIGUEZ BLANCO VS DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN.- SE TIENE POR RECIBIDO ESCRITO DE LA LICENCIADA MARTHA RODRIGUEZ LOPEZ, SECRETARIA DE ACUERDOS DE LA TERCERA SALA DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA, DIVERSO DEL C. FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LIÑAN, LOS DÍAS DIECISÉIS Y VEINTICUATRO DE JULIO DEL PRESENTE AÑO. VISTO EL PRIMERO DE CUENTA, SE TIENE A LA SUPERIORIDAD POR REMITIENDO COPIA CERTIFICADA DE LA RESOLUCION DICTADA EN EL TOCA NÚMERO 382/2024, EN LA CUAL MODIFICA LA SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA POR ESTA AUTORIDAD, CON FECHA VEINTISÉIS DE MARZO DEL AÑO EN CURSO, ASÍ COMO LA ACLARACION DE FECHA OCHO DE ABRIL DEL MISMO AÑO Y LA MISMA SE MANDA GLOSAR A LOS PRESENTES AUTOS, PARA QUE SURTA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. EN CUANTO AL SEGUNDO, SE LE TIENE POR HACIENDO LAS MANIFESTACIONES QUE REFIERE EN EL DE CUENTA, Y PREVIO A PROVEER LO QUE EN DERECHO CORRESPONDA, PREVÉNGASELE PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE TRES DÍAS REALICE PROPUESTA DE CONVIVENCIAS CON SU MENOR HIJA DE INICIALES DE IDENTIDAD RESERVADA M.S.R.B., HECHO LO ANTERIOR CON IMPULSO DE PARTE SE ACORDARA LO QUE EN DERECHO CORRESPONDA. LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 53 Y 279 DEL CODIGO DEPROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE EN EL ESTADO

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“Siempre estaba preocupada por el avance de mi divorcio, me la pasaba marcando y visitando a mi abogado. Ahora me siento segura ya que me entero inmediatamente de todo lo que sucede, inclusive antes que mi abogado y que el abogado de mi exmarido.” Alejandra Solórzano Pediatra
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“Antes de hacer negocios con cualquier persona o contratar a alguien, verifico si tiene antecedentes, así tengo la certeza de saber con que tipo de persona estoy tratando. Me he ahorrado varios problemas y dinero.” Saúl Fernández Empresario
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