San Luis Potosí
> Segundo Familiar de Juzgados Familiares
Actor: Rosaura Chavira Garcia
Demandado: Alejandro Gonzalez Cruz
Materia: Familiar
Tipo: CONTROVERSIA FAMILIAR
RESUMEN: El Expediente 492/2019 en Materia Familiar y de tipo Controversia Familiar fue promovido por Rosaura Chavira Garcia en contra de Alejandro Gonzalez Cruz en el Segundo Familiar en Juzgados Familiares, San Luis Potosí. El Proceso inició el 14 de Mayo del 2019 y cuenta con 14 Notificaciones.
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Actor: ROSAURA CHAVIRA GARCIA
Demandado: ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ
ROSAURA CHAVIRA GARCIA VS ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ.- AGRÉGUESE ESCRITO DE ALEJANDRO GONZÁLEZ CRUZ, RECIBIDO EL 2 DOS DE DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO.-. VISTO LO DE CUENTA, EXPÍDASE A COSTA DEL PROMOVENTE COPIA CERTIFICADA DEL CONVENIO QUE OBRA DE LA FOJA 79 SETENTA Y NUEVE A LA 80 OCHENTA FRENTE Y VUELTA DE AUTOS; AUTORIZANDO AL LIC. RAMON BRISEÑO LARA PARA RECIBIRLA PREVIA IDENTIFICACION Y TOMA DE RAZON QUE SE DEJE EN EL SUMARIO. LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 69 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOSCIVILES.- NOTIFÍQUESE POR LISTA
Actor: ROSAURA CHAVIRA GARCIA
Demandado: ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ
ROSAURA CHAVIRA GARCIA VS ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ.- SE APRUEBA Y SANCIONA EL PRESENTE CONVENIO, ELEVÁNDOSE A LA CATEGORÍA DE COSA JUZGADA, Y OBLIGÁNDOSE A LOS SIGNANTES A ESTAR Y PASAR POR ÉL EN TODO TIEMPO Y LUGAR
Actor: ROSAURA CHAVIRA GARCIA
Demandado: ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ
ROSAURA CHAVIRA GARCIA VS ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ.- AGRÉGUENSE DOS ESCRITOS DE ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ, RECIBIDOS EL 5 CINCO DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO.- AL PRIMERO DE CUENTA, SE TIENE AL PROMOVENTE POR HACIENDO MANIFESTACIONES, LAS CUALES SE TOMARÁN EN CONSIDERACION EN EL MOMENTO PROCESAL OPORTUNO. EN RELACION AL SEGUNDO DE CUENTA, COMO LO SOLICITA, SE SEÑALAN LAS 9:00 NUEVE HORAS DEL DÍA 27 VEINTISIETE DE NOVIEMBRE DE 2019 DOS MIL DIECINUEVE, PARA LLEVAR A CABO LA AUDIENCIA DE EXHORTACION, DESAHOGO DE PRUEBAS Y ALEGATOS DENTRO DEL JUICIO PRINCIPAL DE LA PRESENTE CONTROVERSIA FAMILIAR, EN LA QUE SE EXHORTARÁ A LAS PARTES, A FIN DE LLEGAR A UN CONVENIO QUE PONGA FIN A LA PRESENTE CONTROVERSIA, DE NO SER ASÍ SE PROCEDERÁ AL DESAHOGO DE LAS PRUEBAS, POR SU ORDEN, PRIMERO LAS DEL ACTOR Y LUEGO LAS DE LA DEMANDA. EN CUANTO A LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR LA PARTE ACTORA ROSAURA CHAVIRA GARCIA, EN RELACION A LA CONFESIONAL, EN EL JUICIO PRINCIPAL A CARGO DE ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ, A QUIEN SE LE MANDA CITAR PARA QUE ACUDA EN FORMA PERSONAL A EFECTO DE QUE EN EL DÍA Y HORA SEÑALADA SE PRESENTE PERSONALMENTE Y NO POR CONDUCTO DE APODERADO LEGAL A ABSOLVER LAS POSICIONES QUE LE FORMULARÁ LA CONTRARIA PARTE, APERCIBIDO QUE DE NO COMPARECER SIN JUSTA CAUSA, SERÁ DECLARADO CONFESO DE LAS QUE SE CALIFIQUEN DE PROCEDENTES. PARA SU TESTIMONIAL, QUEDA OBLIGADA LA OFERENTE A PRESENTAR A SUS DEPONENTES DEBIDAMENTE IDENTIFICADOS CON DOCUMENTO OFICIAL VIGENTE. CONCERNIENTE A LAS PROBANZAS DE LA PARTE DEMANDADA ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ, EN RELACION A LA CONFESIONAL, A CARGO DE ROSAURA CHAVIRA GARCIA, SE LE MANDA CITAR PARA QUE ACUDA EN FORMA PERSONAL A EFECTO DE QUE EN EL DÍA Y HORA SEÑALADA SE PRESENTE PERSONALMENTE Y NO POR CONDUCTO DE APODERADO LEGAL A ABSOLVER LAS POSICIONES QUE LE FORMULARÁ LA CONTRARIA PARTE, APERCIBIDA QUE DE NO PRESENTARSE SIN JUSTA CAUSA, SERÁ DECLARADA CONFESA DE LAS QUE SE CALIFIQUEN DE PROCEDENTES. POR OTRO PARTE, SE SEÑALAN LAS 10:30 DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL 27 VEINTISIETE DE NOVIEMBRE DE 2019 DOS MIL DIECINUEVE, PARA LLEVAR A CABO LA AUDIENCIA DE LEY DENTRO DE LA RECONVENCION, EN LA QUE SE EXHORTARÁ A LAS PARTES PARA QUE LLEGUEN A UN ARREGLO, Y DE NO SER ASÍ SE PASARÁ A LA RECEPCION DE PRUEBAS, POR SU ORDEN, PRIMERO LAS DEL ACTOR RECONVENCIONISTA Y LUEGO LAS DE LA DEMANDADA EN LA RECONVENCION. EN CUANTO A LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ, EN RELACION A LA CONFESIONAL, A CARGO DE ROSAURA CHAVIRA GARCIA, SE LE MANDA CITAR PARA QUE ACUDA EN FORMA PERSONAL A EFECTO DE QUE EN EL DÍA Y HORA SEÑALADA SE PRESENTE PERSONALMENTE Y NO POR CONDUCTO DE APODERADO LEGAL A ABSOLVER LAS POSICIONES QUE LE FORMULARÁ LA CONTRARIA PARTE, APERCIBIDA PARA EL CASO DE NO COMPARECER SIN JUSTA CAUSA, SERÁ DECLARADA CONFESA DE LAS QUE SE CALIFIQUEN DE PROCEDENTES. PARA SU TESTIMONIAL QUEDA OBLIGADO EL OFERENTE A PRESENTAR A SUS TESTIGOS CON IDENTIFICACION IDONEA QUE ACREDITE SU IDENTIDAD. EN CUANTO A LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR ROSAURA CHAVIRA GARCIA, EN RELACION A LA CONFESIONAL,, A CARGO DE ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ, SE LE MANDA CITAR PARA QUE ACUDA EN FORMA PERSONAL A EFECTO DE QUE EN EL DÍA Y HORA SEÑALADA SE PRESENTE PERSONALMENTE Y NO POR CONDUCTO DE APODERADO LEGAL A ABSOLVER LAS POSICIONES QUE LE FORMULARÁ LA CONTRARIA PARTE, APERCIBIDO PARA EL CASO DE NO COMPARECER SIN JUSTA CAUSA, SERÁ DECLARADO CONFESO DE LAS QUE SE CALIFIQUEN DE PROCEDENTES. PARA SU TESTIMONIAL, QUEDA OBLIGADA LA OFERENTE A PRESENTA A LOS DEPONENTES CON IDENTIFICACION IDONEA QUE ACREDITE SU IDENTIDAD. LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 53, 301, 306, 317 FRACCION I, 354, 1138, 1139, 1140, 1145, 1165, 1166 Y RELATIVOS DEL CODIGO DEPROCEDIMIENTOS CIVILES. NOTIFÍQUESE
Actor: ROSAURA CHAVIRA GARCIA
Demandado: ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ
ROSAURA CHAVIRA GARCIA VS ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ.- VISTO EL ESTADO QUE GUARDAN LOS PRESENTES AUTOS, Y TODA VEZ QUE POR AUTO DICTADO CON FECHA 18 DIECIOCHO DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO, SE OMITIO SEÑALAR EL NUEVO DOMICILO PROCESAL DE ROSAURA CHAVIRA GARCIA, POR TANTO A FIN DE NO INCURRIR EN VIOLACION PROCESAL ALGUNA, SE TIENE A DICHA PERSONA POR AUTORIZANDO PAR OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES A LOS LICENCIADOS JOSE LUIS VILLELA MELENDEZ Y JUAN ALEJANDRO SALAS VILLELA, EN EL DOMICILIO UBICADO EN LA CALLE JUEGOS OLÍMPICOS NÚMERO 112-B DE LA COLONIA ISSSTE EN ESTA CIUDAD; DEBIENDO LOS PROFESIONISTAS ACUDIR EN DÍAS Y HORAS HÁBILES CON SU CEDULA PROFESIONAL ANTE ESTE ORGANO JURISDICCIONAL A ACEPTAR Y PROTESTAR LA AUTORIZACION QUE LES FUE CONFERIDA, Y UNA VEZ HECHO LO ANTERIOR, A INSTANCIA DE PARTE, SE PROVEERÁ LO PERTINENTE, PUESTO QUE EL JUEZ DEBE PRECISAR CON TODA CLARIDAD EL ALCANCE CON EL QUE SE RECONOCE LA AUTORIZACION OTORGADA. LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR LOS NUMERALES 107 Y118 DE LA LEY PROCESAL CIVIL DEL ESTADO. POR OTRA PARTE, HÁGASE LA ACLARACION QUE, POR UN ERROR INVOLUNTARIO DE IMPRESION, (EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA FOJA 55 V), SE HIZO REFERENCIA A PERSONAS DIVERSAS AL JUICIO, LO CUAL SE DEJA SIN EFECTO, REGULARIZANDO CON LO ANTERIOR EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, QUEDANDO INTOCADO EL RESTO DEL REFERIDO AUTO, ÉN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL NUMERAL 53 DE LA LEY ADJETIVA CIVIL DEL ESTADO. SIRVE ADEMÁS DE APOYO LA TESIS JURISPRUDENCUIAL QUE OSTENTA EL JUEZ DE DISTRITO, NO PUEDE REVOCAR SUS PROPIAS DETERMINACIONES, EXCEPTO PARA REGULARIZAR EL PROCEDIMIENTO , OCTAVA EPOCA. TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO.SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACION. TOMO IX, MARZO DE 1992. PÁGINA 226. NOTIFÍQUESE
Actor: ROSAURA CHAVIRA GARCIA
Demandado: ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ
ROSAURA CHAVIRA GARCIA VS ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ.- AGRÉGUESE ESCRITO DE ROSAURA CHAVIRA GARCIA, RECIBIDO EN ESTE JUZGADO EL DÍA 14 CATORCE DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO. VISTO EL CONTENIDO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 265, 259, 269, 280 Y 281 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, TÉNGASE A LA PROMOVENTE, POR CONTESTANDO EN TIEMPO Y FORMA LA RECONVENCION PLANTEADA EN SU CONTRA, EN TÉRMINOS QUE EXPONE, ASÍ MISMO, SE LE TIENE POR OPONIENDO LAS EXCEPCIONES Y DEFENSAS QUE REFIERE, ASÍ COMO POR OFRECIENDO LAS PRUEBAS QUE A SU PARTE CORRESPONDEN, MISMAS QUE SE ADMITEN Y CALIFICAN DE PROCEDENTES Y LEGALES, CON CITACION DE PARTE CONTRARIA LAS QUE ASÍ LO AMERITEN. CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 53, 1138, 1139, 1140, 1154, 1165 Y 1166 DEL CODIGO DEPROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO, SE SEÑALAN LAS 09:15 NUEVE HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL DÍA 5 CINCO DE NOVIEMBRE DE 2019 DOS MIL DIECINUEVE, PARA LLEVAR A CABO LA AUDIENCIA DE EXHORTACION, DESAHOGO DE PRUEBAS Y ALEGATOS DENTRO DEL JUICIO PRINCIPAL DE LA PRESENTE CONTROVERSIA FAMILIAR, EN LA QUE SE EXHORTARÁ A LAS PARTES, A FIN DE LLEGAR A UN CONVENIO QUE PONGA FIN A LA PRESENTE CONTROVERSIA, DE NO SER ASÍ SE PROCEDERÁ AL DESAHOGO DE LAS PRUEBAS, POR SU ORDEN, PRIMERO LAS DEL ACTOR Y LUEGO LAS DE LA DEMANDA.EN CUANTO A LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR LA PARTE ACTORA ROSAURA CHAVIRA GARCIA, EN RELACION A LA CONFESIONAL, EN EL JUICIO PRINCIPAL A CARGO DE ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ, A QUIEN SE LE MANDA CITAR PARA QUE ACUDA EN FORMA PERSONAL A EFECTO DE QUE EN EL DÍA Y HORA SEÑALADA SE PRESENTE PERSONALMENTE Y NO POR CONDUCTO DE APODERADO LEGAL A ABSOLVER LAS POSICIONES QUE LE FORMULARÁ LA CONTRARIA PARTE, APERCIBIDO LEGALMENTE PARA EL CASO DE NO COMPARECER SIN JUSTA CAUSA, SERÁN DECLARADO CONFESO DE LAS QUE SE CALIFIQUEN DE PROCEDENTES. PARA LA TESTIMONIAL EN EL JUICIO PRINCIPAL, QUEDA OBLIGADO EL OFERENTE, A PRESENTA A LOS DEPONENTES CON IDENTIFICACION IDONEA QUE ACREDITEN SU IDENTIDAD. EN CUANTO A LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR EL DEMANDADO ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ, EN RELACION A LA CONFESIONAL, EN EL JUICIO PRINCIPAL A CARGO DE ROSAURA CHAVIRA GARCIA, A QUIEN SE LE MANDA CITAR PARA QUE ACUDA EN FORMA PERSONAL A EFECTO DE QUE EN EL DÍA Y HORA SEÑALADA SE PRESENTE PERSONALMENTE Y NO POR CONDUCTO DE APODERADO LEGAL A ABSOLVER LAS POSICIONES QUE LE FORMULARÁ LA CONTRARIA PARTE, APERCIBIDA LEGALMENTE PARA EL CASO DE NO COMPARECER SIN JUSTA CAUSA, SERÁN DECLARADO CONFESO DE LAS QUE SE CALIFIQUEN DE PROCEDENTES. POR OTRO PARTE, SE SEÑALAN LAS 10:30 DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA 5 CINCO DE NOVIEMBRE DE 2019 DOS MIL DIECINUEVE, PARA LLEVAR A CABO LA AUDIENCIA DE LEY DENTRO DE LA RECONVENCION, EN LA QUE SE EXHORTARÁ A LAS PARTES PARA QUE LLEGUEN A UN ARREGLO, Y DE NO SER ASÍ SE PASARÁ A LA RECEPCION DE PRUEBAS, POR SU ORDEN, PRIMERO LAS DEL ACTOR RECONVENCIONISTA Y LUEGO LAS DE LA DEMANDADA EN LA RECONVENCION. EN CUANTO A LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ, EN RELACION A LA CONFESIONAL, EN LA RECONVENCION A CARGO DE ROSAURA CHAVIRA GARCIA, A QUIEN SE LE MANDA CITAR PARA QUE ACUDA EN FORMA PERSONAL A EFECTO DE QUE EN EL DÍA Y HORA SEÑALADA SE PRESENTE PERSONALMENTE Y NO POR CONDUCTO DE APODERADO LEGAL A ABSOLVER LAS POSICIONES QUE LE FORMULARÁ LA CONTRARIA PARTE, APERCIBIDA LEGALMENTE PARA EL CASO DE NO COMPARECER SIN JUSTA CAUSA, SERÁN DECLARADO CONFESO DE LAS QUE SE CALIFIQUEN DE PROCEDENTES. PARA LA TESTIMONIAL EN LA RECONVENCION, QUEDA OBLIGADA LA OFERENTE A PRESENTA A LOS DEPONENTES CON IDENTIFICACION IDONEA QUE ACREDITEN SU IDENTIDAD, DEBIENDO VERSAR ACERCA DE HECHOS DISTINTOS.EN CUANTO A LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR JUAN ANTONIO MARTINEZ HUERTA, EN RELACION A LA CONFESIONAL, DENTRO DE LA RECONVENCION, A CARGO DE MARIA DEL CARMEN RENTERIA RODRIGUEZ, A QUIEN SE LE MANDA CITAR PARA QUE ACUDA EN FORMA PERSONAL A EFECTO DE QUE EN EL DÍA Y HORA SEÑALADA SE PRESENTE PERSONALMENTE Y NO POR CONDUCTO DE APODERADO LEGAL A ABSOLVER LAS POSICIONES QUE LE FORMULARÁ LA CONTRARIA PARTE, APERCIBIDA LEGALMENTE PARA EL CASO DE NO COMPARECER SIN JUSTA CAUSA, SERÁ DECLARADA CONFESA DE LAS QUE SE CALIFIQUEN DE PROCEDENTES. PARA LA TESTIMONIAL DENTRO DE LA RECONVENCION, QUEDA OBLIGADO EL OFERENTE A PRESENTA A LOS DEPONENTES CON IDENTIFICACION IDONEA QUE ACREDITEN SU IDENTIDAD.EN CUANTO A LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR ROSAURA CHAVIRA GARCIA, EN RELACION A LA CONFESIONAL, DENTRO DE LA RECONVENCION, A CARGO DE ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ, A QUIEN SE LE MANDA CITAR PARA QUE ACUDA EN FORMA PERSONAL A EFECTO DE QUE EN EL DÍA Y HORA SEÑALADA SE PRESENTE PERSONALMENTE Y NO POR CONDUCTO DE APODERADO LEGAL A ABSOLVER LAS POSICIONES QUE LE FORMULARÁ LA CONTRARIA PARTE, APERCIBIDO LEGALMENTE PARA EL CASO DE NO COMPARECER SIN JUSTA CAUSA, SERÁ DECLARADA CONFESA DE LAS QUE SE CALIFIQUEN DE PROCEDENTES. GUÁRDESE EL SOBRE CERRADO QUE ANEXO A SU ESCRITO DE CUENTA, EN EL SECRETO DEL JUZGADO HASTA EL MOMENTO PROCESAL OPORTUNO.PARA LA TESTIMONIAL DENTRO DE LA RECONVENCION, QUEDA OBLIGADA LA OFERENTE A PRESENTA A LOS DEPONENTES CON IDENTIFICACION IDONEA QUE ACREDITEN SU IDENTIDAD. VISTO LAS DEMÁS PROBANZAS, DADA SU NATURALEZA, SE TIENEN POR DESAHOGADAS. LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 280, FRACCIONES I,II,III, IV,V,VI,VIII,276, 283, 301, 303, 354, 376 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES. NOTIFÍQUESE
Actor: ROSAURA CHAVIRA GARCIA
Demandado: ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ
ROSAURA CHAVIRA GARCIA VS ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ.- SE AGREGA OFICIO 774/2019 SUSCRITO POR EL LIC. IRINEO NIETO CASTILLO, RECIBIDOS EL 9 NUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO ACTUAL. VISTO EL CONTENIDO, TÉNGASE AL REPRESENTANTE SOCIAL, POR MANIFESTANDO SU CONFORMIDAD CON LA RECONVENCION DEL PRESENTE JUICIO. LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN ELARTÍCULO 1139 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE EN EL ESTADO. NOTIFÍQUESE
Actor: ROSAURA CHAVIRA GARCIA
Demandado: ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ
ROSAURA CHAVIRA GARCIA VS ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ.- SE AGREGA A LOS AUTOS ESCRITO DE ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ, RECIBIDO EL 23 VEINTITRÉS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO. VISTO LO SOLICITADO POR EL PROMOVENTE, TÉNGASELE POR SEÑALANDO NUEVO DOMICILIO DE LA PARTE DEMANDADA EN LA RECONVENCION LA C. ROSAURA CHAVIRA GARCIA, EL UBICADO EN CALLE CIRCUITO DE LOS OLMOS NÚMERO 144 FRACCIONAMIENTO PUERTA REAL, SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ, S.L.P., C.P. 78430, POR LO QUE SE INSTRUYE AL ACTUARIO ADSCRITO PARA QUE LLEVE A CABO EL EMPLAZAMIENTO DE LA RECONVENCION. LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN ELARTÍCULO 107 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES. NOTIFÍQUESE
AGRÉGUESE A LOS AUTOS OFICIO NÚMERO CGR/1190/2019 SIGNADO POR EL LICENCIADO ULISES ROBLES RODRIGUEZ JEFE DE REMUNERACIONES DE LA S.E.G.E, RECIBIDO EL DÍA 02 DOS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO. VISTO LO SOLICITADO. VISTO EL DE CUENTA, SE LE TIENE POR RINDIENDO EL INFORME QUE SE LES SOLICITO ESTE ORGANO JUDICIAL, AL EFECTO, CON EL CONTENIDO DEL MISMO DESE VISTA POR MEDIO DE LISTA A LAS PARTES PARA QUE MANIFIESTEN LO QUE A SUS INTERESES CONVENGA, SE ORDENA GLOSAR EL OFICIO A LOS AUTOS PARA QUE SURTAN LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN EL NUMERAL 53 Y 279 DEL CODIGO DEPROCEDIMIENTOS CIVILES EN EL ESTADO. - NOTIFÍQUESE
Actor: ROSAURA CHAVIRA GARCIA
Demandado: ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ
ROSAURA CHAVIRA GARCIA VS ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ.- AGRÉGUESE ESCRITO DE ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ Y OCURSO DE ROSAURA CHAVIRA GARCIA, RECIBIDO EN ESTE JUZGADO EL DÍA 5 CINCO Y 7 SIETE DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO.AL ESCRITO DE ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ, VISTO SU CONTENIDO, TÉNGASELE AL PROMOVENTE POR SEÑALANDO DIVERSO DOMICILIO DE LA PARTE DEMANDADA RECONVENIDA, SITO EN CALLE CIRCUITO DE LOS CEDROS NÚMERO 284, COLONIA O FRACCIONAMIENTO PUERTA REAL EN SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P, C.P. 78430, EL CUAL SE AUTORIZA PARA LLEVAR A CABO LA DILIGENCIA DE NOTIFICACION Y EMPLAZAMIENTO DE LA RECONVENCION.AL OCURSO DE ROSAURA CHAVIRA GARCIA, COMO LO SOLICITA, HÁGASELES LA DEVOLUCION DE LOS DOCUMENTOS ORIGINALES QUE REFIERE, PREVIA COPIA CERTIFICADA QUE SE DEJE EN AUTOS DE LOS MISMOS, AUTORIZÁNDOSE AL PROFESIONISTA QUE REFIERE A FIN DE QUE LO RECIBA EN SU NOMBRE. LO ANTERIOR CONFUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 66 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL VIGENTE EN EL ESTADO.TÚRNESE EL
Actor: ROSAURA CHAVIRA GARCIA
Demandado: ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ
ROSAURA CHAVIRA GARCIA VS ALEJANDRO GONZALEZ CRUZ.- AGRÉGUESE ESCRITO DE JOSE LUIS VILLELA MELENDEZ, RECIBIDO EL 2 DOS DE JULIO DE 2019 DOS MIL DIECINUEVE. VISTO SU CONTENIDO, COMO LO SOLICITA EL PROMOVENTE Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 279 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, LÍBRESE ATENTO OFICIO A LA SECRETARIA DE EDUCACION DEL ESTADO (SEGE), CON DOMICILIO EN CALLE MANUEL GOMEZ AZCARATE NÚMERO 150, COLONIA HIMNO NACIONAL SEGUNDA SECCION DE ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE INFORME EL MOTIVO POR EL CUAL NO SE HA LLEVADO A CABO EL DESCUENTO POR PENSION ALIMENTICIA, ORDENADO DENTRO DEL PRESENTE JUICIO CORRESPONDIENTE AL MES DE ABRIL, EN VIRTUD DE QUE EL OFICIO DE DESCUENTO POR PENSION ALIMENTICIA ORDENADO DENTRO DEL PRESENTE JUICIO, FUE RECIBIDO POR LA SECRETARIA DE EDUCACION DEL ESTADO (SEGE), EL DÍA 10 DE ABRIL.NOTIFÍQUESE
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