Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Abc Aerolineas, S.a. De C.v
Demandado: Representante Local Terminal Ii Aeropuerto Internacional De Cancún Quintana Roo, Encargado Del Despacho De La Representación Local Terminal Iv Del Instituto Nacional De Migración
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 2411/20-17-03-4 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Abc Aerolineas, S.a. De C.v en contra de Representante Local Terminal Ii Aeropuerto Internacional De Cancún Quintana Roo, Encargado Del Despacho De La Representación Local Terminal Iv Del Instituto Nacional De Migración en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 20 de Febrero del 2020 y cuenta con 12 Notificaciones.
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Actor: ABC AEROLINEAS, S.A. DE C.V
Demandado: REPRESENTANTE LOCAL TERMINAL II AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CANCÚN QUINTANA ROO, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA REPRESENTACIÓN LOCAL TERMINAL IV DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN
FIRMEZA DE LA SENTENCIA
Actor: ABC AEROLINEAS, S.A. DE C.V
Demandado: REPRESENTANTE LOCAL TERMINAL II AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CANCÚN QUINTANA ROO, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA REPRESENTACIÓN LOCAL TERMINAL IV DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN
FIRMEZA DE LA SENTENCIA
Actor: ABC AEROLINEAS, S.A. DE C.V
Demandado: REPRESENTANTE LOCAL TERMINAL II AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CANCÚN QUINTANA ROO, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA REPRESENTACIÓN LOCAL TERMINAL IV DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN
I.- La parte actora probó su pretensión, en consecuencia;
II.- Se DECLARA LA NULIDAD LISA Y LLANA de la resolución impugnada, la cual quedó precisada en el Resultando Primero del presente fallo.
Actor: ABC AEROLINEAS, S.A. DE C.V
Demandado: REPRESENTANTE LOCAL TERMINAL II AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CANCÚN QUINTANA ROO, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA REPRESENTACIÓN LOCAL TERMINAL IV DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN
I.- La parte actora probó su pretensión, en consecuencia;
II.- Se DECLARA LA NULIDAD LISA Y LLANA de la resolución impugnada, la cual quedó precisada en el Resultando Primero del presente fallo.
Actor: ABC AEROLINEAS, S.A. DE C.V
Demandado: REPRESENTANTE LOCAL TERMINAL II AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CANCÚN QUINTANA ROO, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA REPRESENTACIÓN LOCAL TERMINAL IV DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN
Visto el estado procesal del expediente, tomando en consideración que mediante acuerdo de 13 de enero de 2021, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58-11 y 58-12 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente, se otorgó a las partes el término de TRES DÍAS HÁBILES para que presentaran sus alegatos, sin que a la presente fecha los hayan formulado; con fundamento en lo previsto en los artículos 47 y 58-12 de la Ley de la materia, así como el 36, fracción VII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se tiene por precluído el derecho de las partes para formular alegatos en el presente juicio.- Finalmente, y toda vez que la instrucción del presente juicio cerró el día de la fecha, se ordena reservar los autos para la elaboración del proyecto de sentencia correspondiente.
Actor: ABC AEROLINEAS, S.A. DE C.V
Demandado: REPRESENTANTE LOCAL TERMINAL II AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CANCÚN QUINTANA ROO, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA REPRESENTACIÓN LOCAL TERMINAL IV DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN
Visto el estado procesal del expediente, tomando en consideración que mediante acuerdo de 13 de enero de 2021, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58-11 y 58-12 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente, se otorgó a las partes el término de TRES DÍAS HÁBILES para que presentaran sus alegatos, sin que a la presente fecha los hayan formulado; con fundamento en lo previsto en los artículos 47 y 58-12 de la Ley de la materia, así como el 36, fracción VII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se tiene por precluído el derecho de las partes para formular alegatos en el presente juicio.- Finalmente, y toda vez que la instrucción del presente juicio cerró el día de la fecha, se ordena reservar los autos para la elaboración del proyecto de sentencia correspondiente.
Actor: ABC AEROLINEAS, S.A. DE C.V
Demandado: REPRESENTANTE LOCAL TERMINAL II AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CANCÚN QUINTANA ROO, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA REPRESENTACIÓN LOCAL TERMINAL IV DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN
con fundamento en el artículo 36, fracción II y VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, vigente, se hace efectivo el apercibimiento decretado en el auto de 17 de agosto de 2020 y SE TIENE POR NO PRESENTADA LA CONTESTACIÓN DE DEMANDA, y por tanto, SE TIENE POR PRECLUÍDO EL DERECHO DE LA AUTORIDAD DEMANDADA PARA FORMULAR LA CONTESTACIÓN DE DEMANDA.-
Actor: ABC AEROLINEAS, S.A. DE C.V
Demandado: REPRESENTANTE LOCAL TERMINAL II AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CANCÚN QUINTANA ROO, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA REPRESENTACIÓN LOCAL TERMINAL IV DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN
con fundamento en el artículo 36, fracción II y VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, vigente, se hace efectivo el apercibimiento decretado en el auto de 17 de agosto de 2020 y SE TIENE POR NO PRESENTADA LA CONTESTACIÓN DE DEMANDA, y por tanto, SE TIENE POR PRECLUÍDO EL DERECHO DE LA AUTORIDAD DEMANDADA PARA FORMULAR LA CONTESTACIÓN DE DEMANDA.-
Actor: ABC AEROLINEAS, S.A. DE C.V
Demandado: REPRESENTANTE LOCAL TERMINAL II AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CANCÚN QUINTANA ROO, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA REPRESENTACIÓN LOCAL TERMINAL IV DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN
Se da cuenta con el oficio presentado el día 10/03/2020 mediante el cual la autoridad llamada a juicio formula su contestación a la demanda, ofrece pruebas, señala domicilio para oír y recibir notificaciones y designa delegados de su parte. REQUIÉRASELE A LA AUTORIDAD para que en el término de cinco días hábiles exhiba copias de traslado suficientes del oficio de contestación de demanda toda vez que fue omisa, apercibida de que en caso de omisión SE TENDRÁ POR NO PRESENTADO el oficio de contestación de la demanda.
Actor: ABC AEROLINEAS, S.A. DE C.V
Demandado: REPRESENTANTE LOCAL TERMINAL II AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CANCÚN QUINTANA ROO, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA REPRESENTACIÓN LOCAL TERMINAL IV DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN
Se da cuenta con el oficio presentado el día 10/03/2020 mediante el cual la autoridad llamada a juicio formula su contestación a la demanda, ofrece pruebas, señala domicilio para oír y recibir notificaciones y designa delegados de su parte. REQUIÉRASELE A LA AUTORIDAD para que en el término de cinco días hábiles exhiba copias de traslado suficientes del oficio de contestación de demanda toda vez que fue omisa, apercibida de que en caso de omisión SE TENDRÁ POR NO PRESENTADO el oficio de contestación de la demanda.
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