Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Acrelag, S.a. De C.v
Demandado: Titular De La Subdelegación Hidalgo, De La Delegación Regional Jalisco Del Instituto Mexicano Del Seguro Social
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 15553/17-17-03-9 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Acrelag, S.a. De C.v en contra de Titular De La Subdelegación Hidalgo, De La Delegación Regional Jalisco Del Instituto Mexicano Del Seguro Social en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 04 de Septiembre del 2017 y cuenta con 29 Notificaciones.
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Actor: ACRELAG, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación Hidalgo, de la Delegación Regional Jalisco del Instituto Mexicano del Seguro Social
Se da cuenta con el oficio rec
Actor: ACRELAG, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación Hidalgo, de la Delegación Regional Jalisco del Instituto Mexicano del Seguro Social
Se da cuenta con el oficio rec
Actor: ACRELAG, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación Hidalgo, de la Delegación Regional Jalisco del Instituto Mexicano del Seguro Social
Se da cuenta con el escrito recibido el 1 de agosto de 2018, a través del cual la parte actora revoca y autoriza a diversas personas. Se tiene por revocada la autorización conferida y por autorizados a las personas señaladas en el escrito de cuenta para oír notificaciones e imponerse de autos en términos de la última parte, del último párrafo del artículo 5 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Actor: ACRELAG, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación Hidalgo, de la Delegación Regional Jalisco del Instituto Mexicano del Seguro Social
Se da cuenta con el escrito recibido el 1 de agosto de 2018, a través del cual la parte actora revoca y autoriza a diversas personas. Se tiene por revocada la autorización conferida y por autorizados a las personas señaladas en el escrito de cuenta para oír notificaciones e imponerse de autos en términos de la última parte, del último párrafo del artículo 5 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Actor: ACRELAG, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación Hidalgo, de la Delegación Regional Jalisco del Instituto Mexicano del Seguro Social
Se da cuenta con el oficio número recibido el 8 de agosto de 2018, a través del cual el Actuario del Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, transcribe el acuerdo de 7 de agosto de 2018, a través del cual la Presidenta de dicho Tribuna, admite a trámite el juicio de garantías interpuesto por la parte actora, en contra de la sentencia dictada por esta Sala el 8 de mayo de 2018, mismo que quedó radicado con el número de amparo D.A. 460/2018; asimismo, requiere a esta Sala para que en el término de tres días, remita la constancia de notificación realizada a la autoridad tercero interesada.- Mediante atento oficio que al efecto se gire al Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, infórmesele que a la fecha no obran en autos el acuse de recibo relativo al acuerdo de fecha 9 de julio de 2018 del Titular de la Subdelegación Hidalgo, de la Delegación Regional Jalisco del Instituto Mexicano del Seguro Social, y que mediante diverso proveído de 10 de agosto de 2018, se solicitó al encargado del Servicio Postal correspondiente el referido acuse, y que tan pronto como se cuente con él, le será enviado en los términos requeridos.
Actor: ACRELAG, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación Hidalgo, de la Delegación Regional Jalisco del Instituto Mexicano del Seguro Social
Se da cuenta con el oficio número recibido el 8 de agosto de 2018, a través del cual el Actuario del Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, transcribe el acuerdo de 7 de agosto de 2018, a través del cual la Presidenta de dicho Tribuna, admite a trámite el juicio de garantías interpuesto por la parte actora, en contra de la sentencia dictada por esta Sala el 8 de mayo de 2018, mismo que quedó radicado con el número de amparo D.A. 460/2018; asimismo, requiere a esta Sala para que en el término de tres días, remita la constancia de notificación realizada a la autoridad tercero interesada.- Mediante atento oficio que al efecto se gire al Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, infórmesele que a la fecha no obran en autos el acuse de recibo relativo al acuerdo de fecha 9 de julio de 2018 del Titular de la Subdelegación Hidalgo, de la Delegación Regional Jalisco del Instituto Mexicano del Seguro Social, y que mediante diverso proveído de 10 de agosto de 2018, se solicitó al encargado del Servicio Postal correspondiente el referido acuse, y que tan pronto como se cuente con él, le será enviado en los términos requeridos.
Actor: ACRELAG, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación Hidalgo, de la Delegación Regional Jalisco del Instituto Mexicano del Seguro Social
En virtud de que no obra en autos del expediente al rubro citado el acuse de recibo del oficio por el que se notificó el acuerdo de 9 de julio de 2018 al Titular de la Subdelegación Hidalgo, de la Delegación Regional Jalisco, del Instituto Mexicano del Seguro Social; mediante atento oficio que se gire al Encargado del Servicio Postal correspondiente, requiérasele para que en el término de tres días hábiles remita el acuse de recibo del oficio 17-3-3-42515/18, por el que se notificó el acuerdo de 9 de julio de 2018 al Titular de la Subdelegación Hidalgo, de la Delegación Regional Jalisco, del Instituto Mexicano del Seguro Social, o bien, informe a esta Sala la fecha en que fue entregada la pieza postal, apercibido de que en caso de no cumplir el presente requerimiento, se le impondrá como medida de apremio una multa hasta por la cantidad de mil pesos. Lo anterior en virtud de que dicho acuse resulta necesario para continuar el trámite de la demanda de amparo interpuesta por la parte actora.
Actor: ACRELAG, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación Hidalgo, de la Delegación Regional Jalisco del Instituto Mexicano del Seguro Social
En virtud de que no obra en autos del expediente al rubro citado el acuse de recibo del oficio por el que se notificó el acuerdo de 9 de julio de 2018 al Titular de la Subdelegación Hidalgo, de la Delegación Regional Jalisco, del Instituto Mexicano del Seguro Social; mediante atento oficio que se gire al Encargado del Servicio Postal correspondiente, requiérasele para que en el término de tres días hábiles remita el acuse de recibo del oficio 17-3-3-42515/18, por el que se notificó el acuerdo de 9 de julio de 2018 al Titular de la Subdelegación Hidalgo, de la Delegación Regional Jalisco, del Instituto Mexicano del Seguro Social, o bien, informe a esta Sala la fecha en que fue entregada la pieza postal, apercibido de que en caso de no cumplir el presente requerimiento, se le impondrá como medida de apremio una multa hasta por la cantidad de mil pesos. Lo anterior en virtud de que dicho acuse resulta necesario para continuar el trámite de la demanda de amparo interpuesta por la parte actora.
Actor: ACRELAG, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación Hidalgo, de la Delegación Regional Jalisco del Instituto Mexicano del Seguro Social
Se da cuenta con el escrito recibido el 6 de julio de 2018, por el que se promueve juicio de amparo en contra de la sentencia emitida por esta Sala en el presente juicio, el 8 de mayo de 2018. Certifíquese al pie de la demanda de amparo. Ríndase el informe justificado que corresponde a esta Sala como autoridad responsable y, PREVIA CARPETA FALSA QUE SE ELABORE en la que obre copia certificada de la resolución reclamada y sus constancias de notificación, de la demanda de amparo, de las constancias de emplazamiento a la autoridad tercero interesada y del informe justificado, remítanse los autos al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en turno, para la tramitación del juicio de amparo. Se instruye a la C. Actuaria adscrita a esta Sala que proceda a correr traslado con copias simples de la demanda de amparo al tercero interesado; y, en su oportunidad, remita el informe justificado que corresponde a esta Sala a la autoridad jurisdiccional competente. Finalmente toda vez que la quejosa solicita la suspensión de la ejecución del acto reclamado, túrnese los autos a la Sala para que provea lo conducente.
Actor: ACRELAG, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación Hidalgo, de la Delegación Regional Jalisco del Instituto Mexicano del Seguro Social
En atención a la solicitud de suspensión de la ejecución del acto reclamado planteada por la actora en su escrito de demanda de amparo; decreta la suspensión de los actos reclamados por ACRELAG, S.A. DE C.V., para el efecto de que las cosas que se mantengan en el estado en que se encuentran, toda vez que el interés fiscal relativo a los créditos impugnados se encuentran garantizados, tal y como se desprende de las copias simples del mandamiento de ejecución, requerimiento de pago y acta de embargo, que obran agregadas en los autos del juicio en que se actúa.
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