Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Sala Regional Del Noroeste II de Salas Regionales
Actor: Agrícola Bacatete, S.a. De C.v
Demandado: Titular De La Subdelegación Hermosillo, Del Instituto Mexicano Del Seguro Social, Por Conducto De La Jefatura De Servicios Jurídicos De Dicho Instituto, En Ciudad Obregón
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 1920/24-02-01-3 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Agrícola Bacatete, S.a. De C.v en contra de Titular De La Subdelegación Hermosillo, Del Instituto Mexicano Del Seguro Social, Por Conducto De La Jefatura De Servicios Jurídicos De Dicho Instituto, En Ciudad Obregón en el Sala Regional Del Noroeste II en Salas Regionales, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 06 de Septiembre del 2024 y cuenta con 4 Notificaciones.
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Actor: AGRÍCOLA BACATETE, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación Hermosillo, del Instituto Mexicano del Seguro Social, por conducto de la Jefatura de Servicios Jurídicos de dicho Instituto, en Ciudad Obregón
Visto el escrito de demanda presentado en la Oficialía de Partes el 22 de agosto de 2024, a través del cual la parte actora, solicita la suspensión de la ejecución de los actos impugnados. SE CONCEDE LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL de la ejecución de los actos impugnados, toda vez que de las constancias exhibidas se advierte que se encuentra garantizado el interés fiscal ante la autoridad exactora. Asimismo, se requiere a la autoridad para que en CUARENTA Y OCHO HORAS, rinda su informe correspondiente, con el apercibimiento que transcurrido dicho término, con o sin el informe se procederá a resolver de manera definitiva sobre suspensión solicitada
Actor: AGRÍCOLA BACATETE, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación Hermosillo, del Instituto Mexicano del Seguro Social, por conducto de la Jefatura de Servicios Jurídicos de dicho Instituto, en Ciudad Obregón
Visto el escrito de demanda presentado en la Oficialía de Partes el 22 de agosto de 2024, a través del cual la parte actora, solicita la suspensión de la ejecución de los actos impugnados. SE CONCEDE LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL de la ejecución de los actos impugnados, toda vez que de las constancias exhibidas se advierte que se encuentra garantizado el interés fiscal ante la autoridad exactora. Asimismo, se requiere a la autoridad para que en CUARENTA Y OCHO HORAS, rinda su informe correspondiente, con el apercibimiento que transcurrido dicho término, con o sin el informe se procederá a resolver de manera definitiva sobre suspensión solicitada
Actor: AGRÍCOLA BACATETE, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación Hermosillo, del Instituto Mexicano del Seguro Social, por conducto de la Jefatura de Servicios Jurídicos de dicho Instituto, en Ciudad Obregón
Se da cuenta con el escrito de demanda presentada el 22 de agosto de 2024, previo depósito y por la parte actora. SE ADMITE LA DEMANDA. Emplácese a la autoridad demandada para que produzca su contestación. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por domicilio y correo electrónico los señalados y por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona para tal efecto, pero sólo aquellas que acrediten el legal ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho tendrán las facultades que enlista el último párrafo del artículo 5º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Se previene a las partes para que ejerzan su derecho a oponerse a la publicación de sus datos personales, de lo contrario se estará a lo dispuesto en la Ley aplicable. Se fija el día 30 de octubre de 2024 para cerrar instrucción.
Actor: AGRÍCOLA BACATETE, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación Hermosillo, del Instituto Mexicano del Seguro Social, por conducto de la Jefatura de Servicios Jurídicos de dicho Instituto, en Ciudad Obregón
Se da cuenta con el escrito de demanda presentada el 22 de agosto de 2024, previo depósito y por la parte actora. SE ADMITE LA DEMANDA. Emplácese a la autoridad demandada para que produzca su contestación. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por domicilio y correo electrónico los señalados y por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona para tal efecto, pero sólo aquellas que acrediten el legal ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho tendrán las facultades que enlista el último párrafo del artículo 5º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Se previene a las partes para que ejerzan su derecho a oponerse a la publicación de sus datos personales, de lo contrario se estará a lo dispuesto en la Ley aplicable. Se fija el día 30 de octubre de 2024 para cerrar instrucción.
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