Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Decimo Primera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Alejandro Guadalupe Prado Almeraya
Demandado: Director General Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 20352/24-17-11-8 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Alejandro Guadalupe Prado Almeraya en contra de Director General Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado en el Decimo Primera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 13 de Septiembre del 2024 y cuenta con 2 Notificaciones.
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Actor: ALEJANDRO GUADALUPE PRADO ALMERAYA
Demandado: DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
Se da cuenta con el escrito depositado en las oficinas del Servicio Postal Mexicano el 20 de agosto de 2024 e ingresado el 04 de septiembre de 2024. SE ADMITE LA DEMANDA EN LA VÍA ORDINARIA. Se emplaza a la autoridad demandada. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. Se requiere a la parte actora. Se tiene como domicilio físico el indicado en el escrito inicial de demanda, por señalado el correo electrónico y por autorizadas a las personas mencionadas. Se autoriza el uso de medios electrónicos. Se informa a la autoridad demandada que para la entrega de traslados, las personas que comparezcan deberán presentar una credencial institucional vigente. Se apercibe a las partes para que ejerzan su derecho a oponerse a la publicación de sus datos personales.MARTHA FABIOLA
Actor: ALEJANDRO GUADALUPE PRADO ALMERAYA
Demandado: DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
Se da cuenta con el escrito depositado en las oficinas del Servicio Postal Mexicano el 20 de agosto de 2024 e ingresado el 04 de septiembre de 2024. SE ADMITE LA DEMANDA EN LA VÍA ORDINARIA. Se emplaza a la autoridad MARTHA FABIOLA demandada. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. Se requiere a la parte actora. Se tiene como domicilio físico el indicado en el escrito inicial de demanda, por señalado el correo electrónico y por autorizadas a las personas mencionadas. Se autoriza el uso de medios electrónicos. Se informa a la autoridad demandada que para la entrega de traslados, las personas que comparezcan deberán presentar una credencial institucional vigente. Se apercibe a las partes para que ejerzan su derecho a oponerse a la publicación de sus datos personales.
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