Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Alfonso Darío Jasso Y Ostos
Demandado: Dirección De Prestaciones Económicas, Sociales Y Culturales Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 15733/17-17-03-3 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Alfonso Darío Jasso Y Ostos en contra de Dirección De Prestaciones Económicas, Sociales Y Culturales Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 25 de Septiembre del 2017 y cuenta con 47 Notificaciones.
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Actor: ALFONSO DARÍO JASSO Y OSTOS
Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Del estudio practicado a las constancias que obran en autos se desprende que mediante proveído de 1° de julio de 2021, se concedió a la parte actora el término de tres días para que manifestara lo que a su derecho conviniera respecto del cumplimiento dado por la autoridad a la sentencia definitiva de 21 de junio de 2018, así como a la sentencia de queja de 06 de febrero de 2020; toda vez que dicho acuerdo le fue notificado el 13 de agosto de 2021, sin que la parte actora haya hecho manifestación alguna; se tiene por cumplimentada la sentencia definitiva de 21 de junio de 2018, así como a la sentencia de queja de 06 de febrero de 2020, en los términos que informó la autoridad demandada
Actor: ALFONSO DARÍO JASSO Y OSTOS
Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Del estudio practicado a las constancias que obran en autos se desprende que mediante proveído de 1° de julio de 2021, se concedió a la parte actora el término de tres días para que manifestara lo que a su derecho conviniera respecto del cumplimiento dado por la autoridad a la sentencia definitiva de 21 de junio de 2018, así como a la sentencia de queja de 06 de febrero de 2020; toda vez que dicho acuerdo le fue notificado el 13 de agosto de 2021, sin que la parte actora haya hecho manifestación alguna; se tiene por cumplimentada la sentencia definitiva de 21 de junio de 2018, así como a la sentencia de queja de 06 de febrero de 2020, en los términos que informó la autoridad demandada
Actor: ALFONSO DARÍO JASSO Y OSTOS
Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el oficio ingresado el día 24/06/2021 a través del cual la Autoridad demandada informa el cumplimiento de la sentencia dictada por esta Sala.- Téngase por recibido el oficio de cuenta y en cuanto a su contenido dese vista a la Parte Actora a fin de que manifieste lo que a su derecho convenga o se tendrá por cumplida la misma.
Actor: ALFONSO DARÍO JASSO Y OSTOS
Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el oficio ingresado el día 24/06/2021 a través del cual la Autoridad demandada informa el cumplimiento de la sentencia dictada por esta Sala.- Téngase por recibido el oficio de cuenta y en cuanto a su contenido dese vista a la Parte Actora a fin de que manifieste lo que a su derecho convenga o se tendrá por cumplida la misma.
Actor: ALFONSO DARÍO JASSO Y OSTOS
Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con los escritos presentados en este Tribunal los días 18/02/2021 y 08/04/2021, por el cual la parte actora manifiesta que la autoridad no ha dado cumplimiento a la sentencia definitiva. Visto lo anterior, TÉNGASE POR RECIBIDO EL ESCRITO DE CUENTA, y en atención a su contenido, MEDIANTE oficio se gire a la Autoridad Demandada REQUIÉRASELE para que en TRES DÍAS, informe a esta Sala respecto al cumplimiento de la sentencia definitiva emitida por esta Sala en el entendido de que transcurrido dicho término, con informe o sin él, esta Sala resolverá si hubo incumplimiento injustificado de la sentencia de referencia, y se procederá, según sea el caso.
Actor: ALFONSO DARÍO JASSO Y OSTOS
Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con los escritos presentados en este Tribunal los días 18/02/2021 y 08/04/2021, por el cual la parte actora manifiesta que la autoridad no ha dado cumplimiento a la sentencia definitiva. Visto lo anterior, TÉNGASE POR RECIBIDO EL ESCRITO DE CUENTA, y en atención a su contenido, MEDIANTE oficio se gire a la Autoridad Demandada REQUIÉRASELE para que en TRES DÍAS, informe a esta Sala respecto al cumplimiento de la sentencia definitiva emitida por esta Sala en el entendido de que transcurrido dicho término, con informe o sin él, esta Sala resolverá si hubo incumplimiento injustificado de la sentencia de referencia, y se procederá, según sea el caso.
Actor: ALFONSO DARÍO JASSO Y OSTOS
Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el escrito presentado en este Tribunal el día 11/01/2021, por el cual la parte actora manifiesta que la autoridad no ha dado cumplimiento a la sentencia definitiva. Visto lo anterior, TÉNGASE POR RECIBIDO EL ESCRITO DE CUENTA, y en atención a su contenido, MEDIANTE oficio se gire a la Autoridad Demandada REQUIÉRASELE para que en TRES DÍAS, informe a esta Sala respecto al cumplimiento de la sentencia definitiva emitida por esta Sala en el entendido de que transcurrido dicho término, con informe o sin él, esta Sala resolverá si hubo incumplimiento injustificado de la sentencia de referencia, y se procederá, según sea el caso.
Actor: ALFONSO DARÍO JASSO Y OSTOS
Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el escrito presentado en este Tribunal el día 11/01/2021, por el cual la parte actora manifiesta que la autoridad no ha dado cumplimiento a la sentencia definitiva. Visto lo anterior, TÉNGASE POR RECIBIDO EL ESCRITO DE CUENTA, y en atención a su contenido, MEDIANTE oficio se gire a la Autoridad Demandada REQUIÉRASELE para que en TRES DÍAS, informe a esta Sala respecto al cumplimiento de la sentencia definitiva emitida por esta Sala en el entendido de que transcurrido dicho término, con informe o sin él, esta Sala resolverá si hubo incumplimiento injustificado de la sentencia de referencia, y se procederá, según sea el caso.
Actor: ALFONSO DARÍO JASSO Y OSTOS
Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el oficio de 26 de octubre de 2020 a través del cual la autoridad demandada, exhibe las constancias con las que acredita dar cumplimiento a la sentencia pronunciada el 21 de junio de 2018, así como a la sentencia de queja de 06 de febrero de 2020.- Agréguese a sus autos el oficio de cuenta y con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 297 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la materia, córrase traslado a la parte actora para que en el término de TRES DÍAS manifieste lo que a su derecho convenga en relación con el cumplimiento dado a las sentencias dictadas en el presente juicio, por la autoridad demandada, en el entendido de que de no hacerlo, se tendrán por cumplidas las referidas sentencias
Actor: ALFONSO DARÍO JASSO Y OSTOS
Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el oficio de 26 de octubre de 2020 a través del cual la autoridad demandada, exhibe las constancias con las que acredita dar cumplimiento a la sentencia pronunciada el 21 de junio de 2018, así como a la sentencia de queja de 06 de febrero de 2020.- Agréguese a sus autos el oficio de cuenta y con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 297 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la materia, córrase traslado a la parte actora para que en el término de TRES DÍAS manifieste lo que a su derecho convenga en relación con el cumplimiento dado a las sentencias dictadas en el presente juicio, por la autoridad demandada, en el entendido de que de no hacerlo, se tendrán por cumplidas las referidas sentencias
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