Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Primera Sala Regional Del Noroeste I de Salas Regionales
Actor: Aram Humberto Hodoyan Navarro
Demandado: Aduana De Tijuana, Baja California
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 2546/23-01-01-5 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Aram Humberto Hodoyan Navarro en contra de Aduana De Tijuana, Baja California en el Primera Sala Regional Del Noroeste I en Salas Regionales, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 11 de Octubre del 2023 y cuenta con 14 Notificaciones.
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Actor: ARAM HUMBERTO HODOYAN NAVARRO
Demandado: Aduana de Tijuana, Baja California
téngase por recibido el oficio y anexos de cuenta para los efectos legales correspondientes, y por rendido el informe que le fue solicitado a la autoridad demandada, en el auto de fecha 7 de marzo de 2024, dejándose sin efectos el apercibimiento decretado en el mismo.- Ahora bien, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 66, segundo párrafo, del Código Federal de Procedimientos Civiles que continúa en vigor atento a lo dispuesto en el Artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de junio de 2023, de aplicación supletoria en el juicio contencioso administrativo; dese vista al actor con el oficio y anexos de cuenta, para los efectos legales correspondientes.- Asimismo, se tiene por cumplimentada la sentencia definitiva dictada en el presente juicio, toda vez que la autoridad aduanera acreditó en autos la devolución del pago de lo indebido al demandante, por lo tanto, procédase mandar archivar este expediente como totalmente concluido.-
Actor: ARAM HUMBERTO HODOYAN NAVARRO
Demandado: Aduana de Tijuana, Baja California
téngase por recibido el oficio y anexos de cuenta para los efectos legales correspondientes, y por rendido el informe que le fue solicitado a la autoridad demandada, en el auto de fecha 7 de marzo de 2024, dejándose sin efectos el apercibimiento decretado en el mismo.- Ahora bien, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 66, segundo párrafo, del Código Federal de Procedimientos Civiles que continúa en vigor atento a lo dispuesto en el Artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de junio de 2023, de aplicación supletoria en el juicio contencioso administrativo; dese vista al actor con el oficio y anexos de cuenta, para los efectos legales correspondientes.- Asimismo, se tiene por cumplimentada la sentencia definitiva dictada en el presente juicio, toda vez que la autoridad aduanera acreditó en autos la devolución del pago de lo indebido al demandante, por lo tanto, procédase mandar archivar este expediente como totalmente concluido.-
Actor: ARAM HUMBERTO HODOYAN NAVARRO
Demandado: Aduana de Tijuana, Baja California
hágase del conocimiento a las partes que la sentencia definitiva emitida en el presente juicio quedó firme el día 2 de febrero de 2024.- Ahora bien, toda vez que ya transcurrió en exceso el término de un mes con que contaba la autoridad para cumplir con el fallo emitido en este juicio, de conformidad a lo dispuesto por el ordinal 297 fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, que continúa en vigor atento a lo dispuesto en el Artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de junio de 2023, de aplicación supletoria en el juicio contencioso administrativo; SE REQUIERE A LA AUTORIDAD DEMANDADA, para que en el término de TRES DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación del presente auto informe respecto del cumplimiento de la sentencia definitiva dictada en este juicio, o bien, señale las causas que lo impidan, con el apercibimiento que en caso de incumplimiento, se procederá conforme a derecho.-
Actor: ARAM HUMBERTO HODOYAN NAVARRO
Demandado: Aduana de Tijuana, Baja California
hágase del conocimiento a las partes que la sentencia definitiva emitida en el presente juicio quedó firme el día 2 de febrero de 2024.- Ahora bien, toda vez que ya transcurrió en exceso el término de un mes con que contaba la autoridad para cumplir con el fallo emitido en este juicio, de conformidad a lo dispuesto por el ordinal 297 fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, que continúa en vigor atento a lo dispuesto en el Artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de junio de 2023, de aplicación supletoria en el juicio contencioso administrativo; SE REQUIERE A LA AUTORIDAD DEMANDADA, para que en el término de TRES DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación del presente auto informe respecto del cumplimiento de la sentencia definitiva dictada en este juicio, o bien, señale las causas que lo impidan, con el apercibimiento que en caso de incumplimiento, se procederá conforme a derecho.-
Actor: ARAM HUMBERTO HODOYAN NAVARRO
Demandado: Aduana de Tijuana, Baja California
SE DECLARA CERRADA LA INSTRUCCIÓN EN EL PRESENTE JUICIO y se da cuenta para que se proceda a dictar la resolución que en derecho corresponda.-
Actor: ARAM HUMBERTO HODOYAN NAVARRO
Demandado: Aduana de Tijuana, Baja California
I.- La parte actora probó su pretensión, por lo que;II.- Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada descrita en el Resultando Primero de esta sentencia.III.- De igual forma, se ordena a la autoridad devuelva a la parte actora el pago que realizó con motivo de la resolución impugnada, junto con sus actualizaciones e intereses correspondientes de conformidad con los artículos 17-A y 22-A, del Código Fiscal de la Federación.IV.- NOTIFÍQUESE.
Actor: ARAM HUMBERTO HODOYAN NAVARRO
Demandado: Aduana de Tijuana, Baja California
SE DECLARA CERRADA LA INSTRUCCIÓN EN EL PRESENTE JUICIO y se da cuenta para que se proceda a dictar la resolución que en derecho corresponda.-
Actor: ARAM HUMBERTO HODOYAN NAVARRO
Demandado: Aduana de Tijuana, Baja California
I.- La parte actora probó su pretensión, por lo que;II.- Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada descrita en el Resultando Primero de esta sentencia.III.- De igual forma, se ordena a la autoridad devuelva a la parte actora el pago que realizó con motivo de la resolución impugnada, junto con sus actualizaciones e intereses correspondientes de conformidad con los artículos 17-A y 22-A, del Código Fiscal de la Federación.IV.- NOTIFÍQUESE.
Actor: ARAM HUMBERTO HODOYAN NAVARRO
Demandado: Aduana de Tijuana, Baja California
SE DESECHA LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA POR NOTORIAMENTE EXTEMPORÁNEA, en consecuencia, se hace efectivo el apercibimiento contenido en el proveído de fecha 3 de octubre de 2023, TENIENDOSE POR NO CONTESTADA LA DEMANDA, así como por ciertos los hechos que el actor le imputa de manera precisa a la autoridad demandada, salvo que por las pruebas rendidas o por hechos notorios resulten desvirtuados.- Una vez notificado el acuerdo de mérito, dígase al archivista adscrito a esta Sala, que turne el presente expediente de manera inmediata a la mesa correspondiente, con el fin de continuar con la tramitación del juicio.-
Actor: ARAM HUMBERTO HODOYAN NAVARRO
Demandado: Aduana de Tijuana, Baja California
hágase del conocimiento de las partes que cuentan con un plazo de tres días hábiles después a aquél en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, para formular alegatos por escrito, y una vez transcurrido el plazo mencionado, con alegatos o sin ellos, se declarara cerrada la instrucción del presente juicio.-
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