Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Aseguradora Aserta, S.a. De C.v
Demandado: Coordinador De Garantías Y Procedimientos Legales De La Dirección General De Asuntos Jurídicos De La Tesorería De La Federación, De La Secretaria De Hacienda Y Crédito Publico
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 3182/24-17-03-8 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Aseguradora Aserta, S.a. De C.v en contra de Coordinador De Garantías Y Procedimientos Legales De La Dirección General De Asuntos Jurídicos De La Tesorería De La Federación, De La Secretaria De Hacienda Y Crédito Publico en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 28 de Febrero del 2024 y cuenta con 11 Notificaciones.
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Actor: ASEGURADORA ASERTA, S.A. DE C.V
Demandado: Coordinador de Garantías y Procedimientos Legales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Tesorería de la Federación, de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico
Dberá estarse a lo acordado en auto de 10 de junio de 2024
Actor: ASEGURADORA ASERTA, S.A. DE C.V
Demandado: Coordinador de Garantías y Procedimientos Legales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Tesorería de la Federación, de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico
Dberá estarse a lo acordado en auto de 10 de junio de 2024
Actor: ASEGURADORA ASERTA, S.A. DE C.V
Demandado: Coordinador de Garantías y Procedimientos Legales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Tesorería de la Federación, de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico
Se da cuenta con el escrito presentado en la Oficialía de Partes el 18/04/2024 por el que se promueve juicio de amparo en contra de la sentencia de fecha 22/04/24, emitida por esta Sala en el presente juicio. Certifíquese al pie de la demanda de amparo en los términos de ley para la tramitación del juicio de garantías del promovente; dígase al C. Actuario adscrito a esta sala que proceda a correr traslado a los Terceros Perjudicados, para que en el término de ley ocurran al Tribunal Colegiado del 1er Circuito en Materia Administrativa en turno, a defender sus intereses. Ríndase el Informe Justificado que corresponde a esta Sala como autoridad responsable, remítanse los autos al Tribunal de referencia, para la tramitación del Juicio de Amparo.
Actor: ASEGURADORA ASERTA, S.A. DE C.V
Demandado: Coordinador de Garantías y Procedimientos Legales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Tesorería de la Federación, de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico
En esa tesitura, de lo antes expuesto, fundado y con apoyo en los artículos 46, fracción I, 49, 50, y 52, fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, es de resolverse y se resuelve:I.- La parte actora no probó los extremos de su acción, en consecuencia;II.- Se reconoce la validez de la resolución impugnada, la cual quedó debidamente precisada en el resultando primero del presente fallo. III.- NOTIFÍQUESE.
Actor: ASEGURADORA ASERTA, S.A. DE C.V
Demandado: Coordinador de Garantías y Procedimientos Legales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Tesorería de la Federación, de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico
En esa tesitura, de lo antes expuesto, fundado y con apoyo en los artículos 46, fracción I, 49, 50, y 52, fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, es de resolverse y se resuelve:I.- La parte actora no probó los extremos de su acción, en consecuencia;II.- Se reconoce la validez de la resolución impugnada, la cual quedó debidamente precisada en el resultando primero del presente fallo. III.- NOTIFÍQUESE.
Actor: ASEGURADORA ASERTA, S.A. DE C.V
Demandado: Coordinador de Garantías y Procedimientos Legales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Tesorería de la Federación, de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico
Se da cuenta con el oficio presentado el 26/03/2024, por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalada la dirección de correo electrónico referido y por designados a sus delegados. Se ordena dar vista a la parte actora para los efectos legales correspondientes. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS. Transcurrido el término de ley quedará cerrada la instrucción del juicio, debiendo darse cuenta con el mismo a la Sala para que se dicte la Sentencia correspondiente.
Actor: ASEGURADORA ASERTA, S.A. DE C.V
Demandado: Coordinador de Garantías y Procedimientos Legales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Tesorería de la Federación, de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico
Se da cuenta con el oficio presentado el 26/03/2024, por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalada la dirección de correo electrónico referido y por designados a sus delegados. Se ordena dar vista a la parte actora para los efectos legales correspondientes. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS. Transcurrido el término de ley quedará cerrada la instrucción del juicio, debiendo darse cuenta con el mismo a la Sala para que se dicte la Sentencia correspondiente.
Actor: ASEGURADORA ASERTA, S.A. DE C.V
Demandado: Coordinador de Garantías y Procedimientos Legales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Tesorería de la Federación, de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico
Se da cuenta con la promoción presentada el 12/02/2024, por la parte actora. SE ADMITE LA DEMANDA. Emplácese a la autoridad demandada para que produzca su contestación. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por domicilio y correo electrónico los señalados y por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona para tal efecto, pero sólo aquellas que acrediten el legal ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho tendrán las facultades que enlista el último párrafo del artículo 5º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Se previene a las partes para que ejerzan su derecho a oponerse a la publicación de sus datos personales, de lo contrario se estará a lo dispuesto en la Ley aplicable. Se fija el día _______ para cerrar instrucción.
Actor: ASEGURADORA ASERTA, S.A. DE C.V
Demandado: Coordinador de Garantías y Procedimientos Legales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Tesorería de la Federación, de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico
Se da cuenta con la promoción presentada el 12/02/2024, por la parte actora. SE ADMITE LA DEMANDA. Emplácese a la autoridad demandada para que produzca su contestación. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por domicilio y correo electrónico los señalados y por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona para tal efecto, pero sólo aquellas que acrediten el legal ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho tendrán las facultades que enlista el último párrafo del artículo 5º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Se previene a las partes para que ejerzan su derecho a oponerse a la publicación de sus datos personales, de lo contrario se estará a lo dispuesto en la Ley aplicable. Se fija el día _______ para cerrar instrucción.
Actor: ASEGURADORA ASERTA, S.A. DE C.V
Demandado: Coordinador de Garantías y Procedimientos Legales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Tesorería de la Federación, de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico
En cumplimiento a lo dispuesto en los puntos Primero y Tercero del Acuerdo G/JGA/11/2022 dictado en sesión de cuatro de marzo de dos mil veintidós por la Junta de Gobierno y Administración de este Tribunal, por el cual se adscribió a la Magistrada SOFÍA LORENA PÉREZ MAGAÑA a la Segunda Ponencia de la Tercera Sala Regional Metropolitana, con sede en la Ciudad de México, con efectos a partir del día 07 de marzo de 2022; se hace del conocimiento de las partes que las actuaciones que se dicten en el presente asunto, serán proveídas y firmadas por la MAGISTRADA SOFÍA LORENA PÉREZ MAGAÑA
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