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Berc & Hom S.c | Titular De La Subdelegación 10 Churubusco Exp: 28459/19-17-03-7

Tribunal Federal De Justicia Administrativa > Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Berc & Hom, S.c
Demandado: Titular De La Subdelegación 10 Churubusco De La Delegación Sur Del D.f. Del I.m.s.s
Materia: Administrativa o Fiscal

RESUMEN: El Expediente 28459/19-17-03-7 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Berc & Hom, S.c en contra de Titular De La Subdelegación 10 Churubusco De La Delegación Sur Del D.f. Del I.m.s.s en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 17 de Enero del 2020 y cuenta con 28 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 28459/19-17-03-7

  • 21 de Octubre del 2021

    Actor: BERC & HOM, S.C

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    SE ACUSA RECIBO DE EJECUTORIA EXPEDIENTE Y OFICIOS

  • 21 de Octubre del 2021

    Actor: BERC & HOM, S.C

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    SE ACUSA RECIBO DE EJECUTORIA EXPEDIENTE Y OFICIOS

  • 29 de Junio del 2021

    Actor: BERC & HOM, S.C

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    Con fundamento en el artículo 36, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el dieciocho de julio de dos mil dieciséis, TÉNGASE POR RECIBIDO EL OFICIO DE CUENTA, el cual se manda agregar a sus autos para los efectos legales a que haya lugar, y en atención a su contenido, con las copias simples y como lo dispone el numeral 17 del Acuerdo G/JGA/35/2016 que establece los lineamientos de la notificación electrónica, córrase traslado con copia simple del recurso de referencia a la parte actora, para que ocurra al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en turno, a manifestar lo que a su derecho convenga. Una vez satisfecho lo anterior, y que obren en autos las constancias de emplazamiento, PREVIA CARPETA FALSA QUE SE ELABORE, en los términos del artículo 63, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, REMÍTANSE los autos originales al Tribunal de referencia, para la tramitación del mismo.

  • 20 de Mayo del 2021

    Actor: BERC & HOM, S.C

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    Con fundamento en los artículos 33, fracción II, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y 104, fracción III, Constitucional, TÉNGASE POR RECIBIDO EL OFICIO DE CUENTA Y ANEXO, mismos que se mandan agregar a sus autos, y en atención a su contenido, como un principio de ejecución, ESTA INSTRUCCIÓN DEJA SIN EFECTOS la sentencia de 28 de octubre de 2020, misma que fue materia del juicio de amparo directo con número de Toca D.A. 33/2021.- Asimismo, mediante atento oficio que, EN EL TÉRMINO DE VEINTICUATRO HORAS, se gire al DECIMOCUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO, acúsese recibo del oficio 355/2021-B, del testimonio de la ejecutoria dictada el 28 de octubre de 2020, y de los autos del juicio 28459/19-17-03-7, integrados por un expediente principal y una carpeta de suspensión, lo anterior para los efectos legales conducentes.- Túrnense las actuaciones para emitir la sentencia que cumplimente la ejecutoria de mérito.

  • 20 de Mayo del 2021

    Actor: BERC & HOM, S.C

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    Con fundamento en los artículos 33, fracción II, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y 104, fracción III, Constitucional, TÉNGASE POR RECIBIDO EL OFICIO DE CUENTA Y ANEXO, mismos que se mandan agregar a sus autos, y en atención a su contenido, como un principio de ejecución, ESTA INSTRUCCIÓN DEJA SIN EFECTOS la sentencia de 28 de octubre de 2020, misma que fue materia del juicio de amparo directo con número de Toca D.A. 33/2021.- Asimismo, mediante atento oficio que, EN EL TÉRMINO DE VEINTICUATRO HORAS, se gire al DECIMOCUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO, acúsese recibo del oficio 355/2021-B, del testimonio de la ejecutoria dictada el 28 de octubre de 2020, y de los autos del juicio 28459/19-17-03-7, integrados por un expediente principal y una carpeta de suspensión, lo anterior para los efectos legales conducentes.- Túrnense las actuaciones para emitir la sentencia que cumplimente la ejecutoria de mérito.

  • 20 de Mayo del 2021

    Actor: BERC & HOM, S.C

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    I. La parte actora acreditó los extremos de su pretensión, en consecuencia;

    II.- Se declara la nulidad de la resolución impugnada, precisada en el Resultando Primero del presente fallo.

  • 20 de Mayo del 2021

    Actor: BERC & HOM, S.C

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    I. La parte actora acreditó los extremos de su pretensión, en consecuencia;

    II.- Se declara la nulidad de la resolución impugnada, precisada en el Resultando Primero del presente fallo.

  • 28 de Enero del 2021

    Actor: BERC & HOM, S.C

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    Se da cuenta con el escrito presentado en la Oficialía de Partes Común de este Tribunal por medio del cual, el representante legal de la sociedad citada al rubro, interpone por conducto de esta Sala demanda de amparo, en contra de la sentencia pronunciada por el Magistrado Instructor dirigida al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en Turno, acompañando 5 copias para el traslado correspondiente. Con fundamento en el artículo 36, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal TÉNGASE POR RECIBIDO EL ESCRITO DE CUENTA, con sus anexos, los cuales se mandan agregar a sus autos para los efectos legales a que haya lugar, y en atención a su contenido hágase constar por la Secretaria de Acuerdos, al calce del escrito de la demanda en comento, la fecha de notificación de la sentencia reclamada por la quejosa y la de presentación de la misma, así como los días inhábiles que mediaron entre ambas fechas Con copia simple y como lo dispone el numeral 178, fracción II, del ordenamiento en cita, córrase traslado para los efectos legales a que haya lugar, a la autoridad señalada como tercero interesado, a saber Una vez efectuado el emplazamiento respectivo, tal y como lo dispone el artículo 178, fracción III, de la Ley de Amparo vigente, MEDIANTE ATENTO OFICIO que se gire, REMÍTANSE los autos originales al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en Turno, en vía de informe...SE CONCEDE LA SUSPENSIÓN

  • 28 de Enero del 2021

    Actor: BERC & HOM, S.C

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    Con fundamento en los artículos 36, fracción VII de la Ley Orgánica de este Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el dieciocho de julio de dos mil dieciséis, dígase a la autoridad oficiante que la sentencia definitiva dictada por esta Sala, fue notificada a la parte actora el día doce de noviembre de dos mil veinte, y posteriormente el nueve de diciembre siguiente, la
    representante legal de la empresa citada al rubro, interpuso demanda de amparo en contra de la sentencia referida con anterioridad, por lo que se informa que aún no ha quedado firme misma. Lo anterior se hace de su conocimiento para los efectos legales procedentes

  • 28 de Enero del 2021

    Actor: BERC & HOM, S.C

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    Con fundamento en los artículos 36, fracción VII de la Ley Orgánica de este Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el dieciocho de julio de dos mil dieciséis, dígase a la autoridad oficiante que la sentencia definitiva dictada por esta Sala, fue notificada a la parte actora el día doce de noviembre de dos mil veinte, y posteriormente el nueve de diciembre siguiente, la
    representante legal de la empresa citada al rubro, interpuso demanda de amparo en contra de la sentencia referida con anterioridad, por lo que se informa que aún no ha quedado firme misma. Lo anterior se hace de su conocimiento para los efectos legales procedentes

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