Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Segunda Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Bertha Alicia Caro Salinas
Demandado: Jefa De Servicios De Asignación De Derechos De La Subdirección De Pensiones, De La Dirección Normativa De Prestaciones Económicas, Sociales Y Culturales, Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales Para Los Trabajadores Del Estado
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 20571/24-17-02-6 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Bertha Alicia Caro Salinas en contra de Jefa De Servicios De Asignación De Derechos De La Subdirección De Pensiones, De La Dirección Normativa De Prestaciones Económicas, Sociales Y Culturales, Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales Para Los Trabajadores Del Estado en el Segunda Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 13 de Septiembre del 2024 y cuenta con 2 Notificaciones.
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Actor: BERTHA ALICIA CARO SALINAS
Demandado: Jefa de Servicios de Asignación de Derechos de la Subdirección de Pensiones, de la Dirección Normativa de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado
SE ADMITE LA DEMANDA EN LA VÍA ORDINARIA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. EMPLÁCESE a la *, para que formule su contestación a la demanda. Se tiene como domicilio y como correo electrónico de la parte actora los señalados en el escrito de demanda, y por autorizadas a las personas que en el mismo nombra. Por último, se hace del conocimiento a las partes del derecho que les asiste para oponerse por escrito en relación con terceros a la publicación de sus datos personales.
Actor: BERTHA ALICIA CARO SALINAS
Demandado: Jefa de Servicios de Asignación de Derechos de la Subdirección de Pensiones, de la Dirección Normativa de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado
SE ADMITE LA DEMANDA EN LA VÍA ORDINARIA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. EMPLÁCESE a la *, para que formule su contestación a la demanda. Se tiene como domicilio y como correo electrónico de la parte actora los señalados en el escrito de demanda, y por autorizadas a las personas que en el mismo nombra. Por último, se hace del conocimiento a las partes del derecho que les asiste para oponerse por escrito en relación con terceros a la publicación de sus datos personales.
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