Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Primera Sala Regional Del Noroeste I de Salas Regionales
Actor: Bom Servicios Integrales, Sociedad Civil
Demandado: Administración Desconcentrada De Auditoría Fiscal En Baja California "1".- Mexicali, B.c
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 3213/19-01-01-6 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Bom Servicios Integrales, Sociedad Civil en contra de Administración Desconcentrada De Auditoría Fiscal En Baja California "1".- Mexicali, B.c en el Primera Sala Regional Del Noroeste I en Salas Regionales, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 16 de Octubre del 2019 y cuenta con 25 Notificaciones.
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Actor: BOM SERVICIOS INTEGRALES, SOCIEDAD CIVIL
Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal en Baja California "1".- Mexicali, B.C
SE TIENEN POR RECIBIDOS LOS AUTOS DEL JUICIO
Actor: BOM SERVICIOS INTEGRALES, SOCIEDAD CIVIL
Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal en Baja California "1".- Mexicali, B.C
SE TIENEN POR RECIBIDOS LOS AUTOS DEL JUICIO
Actor: BOM SERVICIOS INTEGRALES, SOCIEDAD CIVIL
Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal en Baja California "1".- Mexicali, B.C
SE ATIENDE REQUERIMIENTO POR EL TRIBUNAL DE ALZADA.
Actor: BOM SERVICIOS INTEGRALES, SOCIEDAD CIVIL
Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal en Baja California "1".- Mexicali, B.C
SE ATIENDE REQUERIMIENTO POR EL TRIBUNAL DE ALZADA.
Actor: BOM SERVICIOS INTEGRALES, SOCIEDAD CIVIL
Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal en Baja California "1".- Mexicali, B.C
SE DA CUENTA CON EL ESCRITO PRESENTADO POR EL ACTOR, ASÍ COMO CON EL OFICIO REMITIDO POR EL TRIBUNAL DE ALZADA A TRAVÉS DEL CUAL INFORMAN QUE SE PRESENTÓ RECURSO DE REVISIÓN EN CONTRA DE LA EJECUTORIA DICTADA EN EL AMPARO PROMOVIDO POR LA PARTE ACTORA. EN CONSECUENCIA, SE DEJA SIN EFECTOS FIRMEZA. SE ORDENA GIRAR OFICIO.
Actor: BOM SERVICIOS INTEGRALES, SOCIEDAD CIVIL
Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal en Baja California "1".- Mexicali, B.C
SE DA CUENTA CON EL ESCRITO PRESENTADO POR EL ACTOR, ASÍ COMO CON EL OFICIO REMITIDO POR EL TRIBUNAL DE ALZADA A TRAVÉS DEL CUAL INFORMAN QUE SE PRESENTÓ RECURSO DE REVISIÓN EN CONTRA DE LA EJECUTORIA DICTADA EN EL AMPARO PROMOVIDO POR LA PARTE ACTORA. EN CONSECUENCIA, SE DEJA SIN EFECTOS FIRMEZA. SE ORDENA GIRAR OFICIO.
Actor: BOM SERVICIOS INTEGRALES, SOCIEDAD CIVIL
Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal en Baja California "1".- Mexicali, B.C
SE TIENE POR RECIBIDA EJECUTORIA DICTADA POR EL TRIBUNAL DE ALZADA, EN CONSECUENCIA, SE DECLARA FIRME LA SENTENCIA DICTADA EN EL PRESENTE JUICIO.
Actor: BOM SERVICIOS INTEGRALES, SOCIEDAD CIVIL
Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal en Baja California "1".- Mexicali, B.C
SE TIENE POR RECIBIDA EJECUTORIA DICTADA POR EL TRIBUNAL DE ALZADA, EN CONSECUENCIA, SE DECLARA FIRME LA SENTENCIA DICTADA EN EL PRESENTE JUICIO.
Actor: BOM SERVICIOS INTEGRALES, SOCIEDAD CIVIL
Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal en Baja California "1".- Mexicali, B.C
R E S U E L V E:
I.- Ha resultado infundada la causal de improcedencia propuesta por la autoridad demandada, en consecuencia, NO HA LUGAR A SOBRESEER EL PRESENTE JUICIO, por los motivos y fundamentos expuestos en el Considerando Tercero de este fallo.
II.- La parte actora no acreditó su pretensión, en consecuencia;
III.- Se reconoce la validez de la resolución impugnada, cuyas características quedaron precisadas en el Resultando 1°, de este fallo.
IV.- NOTIFÍQUESE.
Actor: BOM SERVICIOS INTEGRALES, SOCIEDAD CIVIL
Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal en Baja California "1".- Mexicali, B.C
R E S U E L V E:
I.- Ha resultado infundada la causal de improcedencia propuesta por la autoridad demandada, en consecuencia, NO HA LUGAR A SOBRESEER EL PRESENTE JUICIO, por los motivos y fundamentos expuestos en el Considerando Tercero de este fallo.
II.- La parte actora no acreditó su pretensión, en consecuencia;
III.- Se reconoce la validez de la resolución impugnada, cuyas características quedaron precisadas en el Resultando 1°, de este fallo.
IV.- NOTIFÍQUESE.
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