Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Primera Sala Regional Del Noroeste I de Salas Regionales
Actor: Carmen Ramírez Arriaga
Demandado: Subdelegación De3 Prestaciones Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado En Baja California
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 3781/19-01-01-1 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Carmen Ramírez Arriaga en contra de Subdelegación De3 Prestaciones Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado En Baja California en el Primera Sala Regional Del Noroeste I en Salas Regionales, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 03 de Diciembre del 2019 y cuenta con 27 Notificaciones.
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Actor: CARMEN RAMÍREZ ARRIAGA
Demandado: Subdelegación de3 Prestaciones Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado En Baja California
SE REQUIERE a la autoridad demandada para que dentro del término de los TRES DÍAS HÁBILES siguientes a aquél en que surta sus efectos la notificación del presente acuerdo, informe si ya dio cumplimiento a lo ordenado en la sentencia definitiva
Actor: CARMEN RAMÍREZ ARRIAGA
Demandado: Subdelegación de3 Prestaciones Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado En Baja California
SE REQUIERE a la autoridad demandada para que dentro del término de los TRES DÍAS HÁBILES siguientes a aquél en que surta sus efectos la notificación del presente acuerdo, informe si ya dio cumplimiento a lo ordenado en la sentencia definitiva
Actor: CARMEN RAMÍREZ ARRIAGA
Demandado: Subdelegación de3 Prestaciones Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado En Baja California
Se tiene por precluido el derecho de la autoridad para rendir el informe dentro de la instancia de queja en cuestión, por tanto, dese cuenta a la Sala para que proceda a dictar la sentencia interlocutoria que en derecho corresponda.
Actor: CARMEN RAMÍREZ ARRIAGA
Demandado: Subdelegación de3 Prestaciones Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado En Baja California
En mérito de lo antes expuesto y fundado y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 50 y 58, fracción II, inciso a), ordinal 3, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, esta SalaR E S U E L V E:I.- Es procedente y fundada la queja interpuesta por la parte actora, en consecuencia:II.- Se otorga al Titular de la Subdelegación de Prestaciones, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Delegación Estatal de Baja California, por conducto de la Unidad Jurídica de dicha Delegación, un plazo de tres días hábiles, para que cumpla con la sentencia definitiva, en los términos descritos en la parte final del considerando tercero de la presente sentencia de queja. III.- Se apercibe a dicha persona servidora pública de que, en caso de incumplimiento a esta resolución, se le impondrá una multa en los términos previstos en el artículo 58, fracción I, inciso a), de la citada Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Actor: CARMEN RAMÍREZ ARRIAGA
Demandado: Subdelegación de3 Prestaciones Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado En Baja California
Dígase a las partes del juicio que la sentencia definitiva ha quedado firme.
Actor: CARMEN RAMÍREZ ARRIAGA
Demandado: Subdelegación de3 Prestaciones Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado En Baja California
Se tiene por precluido el derecho de la autoridad para rendir el informe dentro de la instancia de queja en cuestión, por tanto, dese cuenta a la Sala para que proceda a dictar la sentencia interlocutoria que en derecho corresponda.
Actor: CARMEN RAMÍREZ ARRIAGA
Demandado: Subdelegación de3 Prestaciones Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado En Baja California
En mérito de lo antes expuesto y fundado y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 50 y 58, fracción II, inciso a), ordinal 3, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, esta SalaR E S U E L V E:I.- Es procedente y fundada la queja interpuesta por la parte actora, en consecuencia:II.- Se otorga al Titular de la Subdelegación de Prestaciones, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Delegación Estatal de Baja California, por conducto de la Unidad Jurídica de dicha Delegación, un plazo de tres días hábiles, para que cumpla con la sentencia definitiva, en los términos descritos en la parte final del considerando tercero de la presente sentencia de queja. III.- Se apercibe a dicha persona servidora pública de que, en caso de incumplimiento a esta resolución, se le impondrá una multa en los términos previstos en el artículo 58, fracción I, inciso a), de la citada Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Actor: CARMEN RAMÍREZ ARRIAGA
Demandado: Subdelegación de3 Prestaciones Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado En Baja California
Dígase a las partes del juicio que la sentencia definitiva ha quedado firme.
Actor: CARMEN RAMÍREZ ARRIAGA
Demandado: Subdelegación de3 Prestaciones Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado En Baja California
La parte actora comparece a realizar diversas manifestaciones en relación a la instancia de queja promovida en el presente asunto; al respecto SE ACUERDA: se tiene por presentado el escrito de cuenta, el cual se ordena agregar a los autos del presente juicio, y en atención a su contenido, dígase al compareciente que deberá estarse a lo acordado en el proveído de fecha 1° de septiembre de 2022.
Actor: CARMEN RAMÍREZ ARRIAGA
Demandado: Subdelegación de3 Prestaciones Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado En Baja California
SE REQUIERE a la autoridad demandada para que dentro del término de los TRES DÍAS HÁBILES informe si ya dio cumplimiento a lo ordenado en la sentencia definitiva dictada en el presente asunto.
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