Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Central Mexicana De Servicios Generales De Alcoholicos Anonimos, A.c
Demandado: Administración De Apoyo Jurídico De Servicios Al Contribuyente "1" De La Administración General De Servicios Al Contribuyente Del S.a.t
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 156/20-17-03-4 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Central Mexicana De Servicios Generales De Alcoholicos Anonimos, A.c en contra de Administración De Apoyo Jurídico De Servicios Al Contribuyente "1" De La Administración General De Servicios Al Contribuyente Del S.a.t en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 17 de Enero del 2020 y cuenta con 22 Notificaciones.
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Actor: CENTRAL MEXICANA DE SERVICIOS GENERALES DE ALCOHOLICOS ANONIMOS, A.C
Demandado: Administración de Apoyo Jurídico de Servicios al Contribuyente "1" de la Administración General de Servicios al Contribuyente del S.A.T
SE ACUSA DE RECIBO
Actor: CENTRAL MEXICANA DE SERVICIOS GENERALES DE ALCOHOLICOS ANONIMOS, A.C
Demandado: Administración de Apoyo Jurídico de Servicios al Contribuyente "1" de la Administración General de Servicios al Contribuyente del S.A.T
SE ACUSA DE RECIBO
Actor: CENTRAL MEXICANA DE SERVICIOS GENERALES DE ALCOHOLICOS ANONIMOS, A.C
Demandado: Administración de Apoyo Jurídico de Servicios al Contribuyente "1" de la Administración General de Servicios al Contribuyente del S.A.T
Vistos los autos del expediente en que se actúa, y de un análisis integral practicado al mismo, se advierte que por oficio SGA-ATR-140/20 la Secretaria General de Acuerdos de este Tribunal, ejerce la facultad de atracción, así las cosas, mediante proveído de esta misma fecha, se declaró cerrada la instrucción y toda vez que no existen cuestiones pendientes por resolver.- Con fundamento en el artículo 36, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en relación con el artículo 48, inciso d), de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente, MEDIANTE ATENTO OFICIO que al efecto se gire la SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS DE ESTE TRIBUNAL, remítansele los autos originales del juicio que se actúa, para que se emita la sentencia que en derecho corresponda, toda vez que se encuentra debidamente cerrada la instrucción en el mismo.
Actor: CENTRAL MEXICANA DE SERVICIOS GENERALES DE ALCOHOLICOS ANONIMOS, A.C
Demandado: Administración de Apoyo Jurídico de Servicios al Contribuyente "1" de la Administración General de Servicios al Contribuyente del S.A.T
Vistos los autos del expediente en que se actúa, y de un análisis integral practicado al mismo, se advierte que por oficio SGA-ATR-140/20 la Secretaria General de Acuerdos de este Tribunal, ejerce la facultad de atracción, así las cosas, mediante proveído de esta misma fecha, se declaró cerrada la instrucción y toda vez que no existen cuestiones pendientes por resolver.- Con fundamento en el artículo 36, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en relación con el artículo 48, inciso d), de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente, MEDIANTE ATENTO OFICIO que al efecto se gire la SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS DE ESTE TRIBUNAL, remítansele los autos originales del juicio que se actúa, para que se emita la sentencia que en derecho corresponda, toda vez que se encuentra debidamente cerrada la instrucción en el mismo.
Actor: CENTRAL MEXICANA DE SERVICIOS GENERALES DE ALCOHOLICOS ANONIMOS, A.C
Demandado: Administración de Apoyo Jurídico de Servicios al Contribuyente "1" de la Administración General de Servicios al Contribuyente del S.A.T
Finalmente, toda vez que la instrucción del presente juicio cerró el día en que se actúa por ministerio de ley, se ordena remitir los autos para la elaboración del proyecto de sentencia correspondiente.-
Actor: CENTRAL MEXICANA DE SERVICIOS GENERALES DE ALCOHOLICOS ANONIMOS, A.C
Demandado: Administración de Apoyo Jurídico de Servicios al Contribuyente "1" de la Administración General de Servicios al Contribuyente del S.A.T
Finalmente, toda vez que la instrucción del presente juicio cerró el día en que se actúa por ministerio de ley, se ordena remitir los autos para la elaboración del proyecto de sentencia correspondiente.-
Actor: CENTRAL MEXICANA DE SERVICIOS GENERALES DE ALCOHOLICOS ANONIMOS, A.C
Demandado: Administración de Apoyo Jurídico de Servicios al Contribuyente "1" de la Administración General de Servicios al Contribuyente del S.A.T
SE TIENE POR NO CUMPLIDO el requerimiento formulado en autos, por lo que se hace se hace efectivo el apercibimiento decretado en el proveído de mérito, en consecuencia, se informa a las partes que las resoluciones y actuaciones dictadas por la Sala Superior de este Tribunal les serán notificadas en el domicilio que obre en autos, lo que se informa para los efectos legales a que haya lugar.-
Actor: CENTRAL MEXICANA DE SERVICIOS GENERALES DE ALCOHOLICOS ANONIMOS, A.C
Demandado: Administración de Apoyo Jurídico de Servicios al Contribuyente "1" de la Administración General de Servicios al Contribuyente del S.A.T
SE TIENE POR NO CUMPLIDO el requerimiento formulado en autos, por lo que se hace se hace efectivo el apercibimiento decretado en el proveído de mérito, en consecuencia, se informa a las partes que las resoluciones y actuaciones dictadas por la Sala Superior de este Tribunal les serán notificadas en el domicilio que obre en autos, lo que se informa para los efectos legales a que haya lugar.-
Actor: CENTRAL MEXICANA DE SERVICIOS GENERALES DE ALCOHOLICOS ANONIMOS, A.C
Demandado: Administración de Apoyo Jurídico de Servicios al Contribuyente "1" de la Administración General de Servicios al Contribuyente del S.A.T
con fundamento en el artículo 47 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, disponen de un término de CINCO DÍAS HÁBILES para formular sus alegatos, el que correrá a partir de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación del presente acuerdo.
Actor: CENTRAL MEXICANA DE SERVICIOS GENERALES DE ALCOHOLICOS ANONIMOS, A.C
Demandado: Administración de Apoyo Jurídico de Servicios al Contribuyente "1" de la Administración General de Servicios al Contribuyente del S.A.T
con fundamento en el artículo 47 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, disponen de un término de CINCO DÍAS HÁBILES para formular sus alegatos, el que correrá a partir de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación del presente acuerdo.
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