Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Primera Sala Regional Del Noreste de Salas Regionales
Actor: Daniel Vázquez Leyva
Demandado: Administración Desconcentrada Jurídica De Nuevo León "2" Del Servicio De Administración Tributaria
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 4620/24-06-01-9 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Daniel Vázquez Leyva en contra de Administración Desconcentrada Jurídica De Nuevo León "2" Del Servicio De Administración Tributaria en el Primera Sala Regional Del Noreste en Salas Regionales, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 06 de Septiembre del 2024 y cuenta con 2 Notificaciones.
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Actor: DANIEL VÁZQUEZ LEYVA
Demandado: ADMINISTRACIÓN DESCONCENTRADA JURÍDICA DE NUEVO LEÓN "2" del Servicio de Administración Tributaria
Se da cuenta con la promoción presentada el día 05/07/2024. SE ADMITE a trámite la demanda. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. Emplácese a la autoridad demandada para que produzca su contestación en el término legal. Se tiene por domicilio y correo electrónico los señalados, y por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona para tal efecto, pero sólo aquellas que acrediten el legal ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho tendrán las facultades que enlista el último párrafo del artículo 5º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. En relación con la medida cautelar previa, se niega la medida cautelar solicitada. SE REQUIERE a la autoridad demandada para que rinda su informe respectivo Se previene a las partes para que ejerzan su derecho a oponerse a la publicación de sus datos personales, de lo contrario se estará a lo dispuesto en la Ley aplicable.
Actor: DANIEL VÁZQUEZ LEYVA
Demandado: ADMINISTRACIÓN DESCONCENTRADA JURÍDICA DE NUEVO LEÓN "2" del Servicio de Administración Tributaria
NOGALES GAONASe da cuenta con la promoción presentada el día 05/07/2024. SE ADMITE a trámite la demanda. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. Emplácese a la autoridad demandada para que produzca su contestación en el término legal. Se tiene por domicilio y correo electrónico los señalados, y por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona para tal efecto, pero sólo aquellas que acrediten el legal ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho tendrán las facultades que enlista el último párrafo del artículo 5º de la Ley Federal NOGALES GAONAde Procedimiento Contencioso Administrativo. En relación con la medida cautelar previa, se niega la medida cautelar solicitada. SE REQUIERE a la autoridad demandada para que rinda su informe respectivo Se previene a las partes para que ejerzan su derecho a oponerse a la publicación de sus datos personales, de lo contrario se estará a lo dispuesto en la Ley aplicable.
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