Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Elmex Superior, S.a. De C.v
Demandado: Directora De Procedimientos Administrativos De La Secretaría Del Trabajo Y Previsión Social Del Gobierno Del Estado De Hidalgo
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 26899/23-17-03-5 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Elmex Superior, S.a. De C.v en contra de Directora De Procedimientos Administrativos De La Secretaría Del Trabajo Y Previsión Social Del Gobierno Del Estado De Hidalgo en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 02 de Enero del 2024 y cuenta con 20 Notificaciones.
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Actor: ELMEX SUPERIOR, S.A. DE C.V
Demandado: Directora de Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado de Hidalgo
En mérito de lo expuesto, fundado y con apoyo en los artículos 8°, fracción IV, y 9°, fracción II (a contrario sensu), 46, fracción I, 49, 50, 51, fracción IV, y 52, fracciones II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con los diversos 31, segundo párrafo y 36, fracciones VIII y XII, de la Ley Orgánica de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se RESUELVE:I. - Han resultado procedentes pero infundadas las causales de improcedencia y sobreseimiento planteadas por la representación de la autoridad demandada, en consecuencia:II. - No es de sobreseerse, ni se sobresee en el presente juicio contencioso administrativo.III. - La parte actora probó los hechos constitutivos de su pretensión, en consecuencia:IV. - Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada, precisada en el resultando primero del presente fallo. V. - NOTIFÍQUESE.
Actor: ELMEX SUPERIOR, S.A. DE C.V
Demandado: Directora de Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado de Hidalgo
En mérito de lo expuesto, fundado y con apoyo en los artículos 8°, fracción IV, y 9°, fracción II (a contrario sensu), 46, fracción I, 49, 50, 51, fracción IV, y 52, fracciones II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con los diversos 31, segundo párrafo y 36, fracciones VIII y XII, de la Ley Orgánica de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se RESUELVE:I. - Han resultado procedentes pero infundadas las causales de improcedencia y sobreseimiento planteadas por la representación de la autoridad demandada, en consecuencia:II. - No es de sobreseerse, ni se sobresee en el presente juicio contencioso administrativo.III. - La parte actora probó los hechos constitutivos de su pretensión, en consecuencia:IV. - Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada, precisada en el resultando primero del presente fallo. V. - NOTIFÍQUESE.
Actor: ELMEX SUPERIOR, S.A. DE C.V
Demandado: Directora de Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado de Hidalgo
Se da cuenta con el oficio presentado el 26/03/2024. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por autorizados a los delegados señalados. Se ordena dar visita a la parte actora para los efectos legales conducentes. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS, de no darse cuestión que previamente tenga que desahogarse. Transcurrido el término de ley quedará cerrada la instrucción del juicio, debiendo darse cuenta con el mismo a la Sala para que se dicte la Sentencia correspondiente.
Actor: ELMEX SUPERIOR, S.A. DE C.V
Demandado: Directora de Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado de Hidalgo
Se da cuenta con el oficio presentado el 26/03/2024. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por autorizados a los delegados señalados. Se ordena dar visita a la parte actora para los efectos legales conducentes. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS, de no darse cuestión que previamente tenga que desahogarse. Transcurrido el término de ley quedará cerrada la instrucción del juicio, debiendo darse cuenta con el mismo a la Sala para que se dicte la Sentencia correspondiente.
Actor: ELMEX SUPERIOR, S.A. DE C.V
Demandado: Directora de Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado de Hidalgo
Se da cuenta con la promoción presentada el 26/02/2024 por el que la parte actora formula su ampliación de demanda y ofrece pruebas. SE TIENE POR FORMULADA LA AMPLIACIÓN DE DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. Se ordena dar vista a la autoridad demandada para que en el término de ley produzca su contestación respectiva, apercibida que, de no hacerlo en tiempo y forma, se estará a lo dispuesto en la Ley.
Actor: ELMEX SUPERIOR, S.A. DE C.V
Demandado: Directora de Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado de Hidalgo
Se da cuenta con la promoción presentada el 26/02/2024 por el que la parte actora formula su ampliación de demanda y ofrece pruebas. SE TIENE POR FORMULADA LA AMPLIACIÓN DE DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. Se ordena dar vista a la autoridad demandada para que en el término de ley produzca su contestación respectiva, apercibida que, de no hacerlo en tiempo y forma, se estará a lo dispuesto en la Ley.
Actor: ELMEX SUPERIOR, S.A. DE C.V
Demandado: Directora de Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado de Hidalgo
Visto el estado procesal que guarda la carpeta en que se actúa, se observa que el 02 de enero de 2024, -previo el aviso de correo electrónico de fecha 11 de diciembre de 2023- se notificó por Boletín Jurisdiccional a la autoridad demandada, el auto de fecha 01 de diciembre de 2024 en el cual se otorgó el término de ley para que rindiera el informe en relación a la solicitud de suspensión formulada por la actora, diligencia que corrió del 08 al 09 de enero de 2024, sin que a la fecha la autoridad demandada haya ejercido ese derecho, por lo que, se le tiene por precluido el mismo para realizar las señaladas manifestaciones.- Se procede a dictar la sentencia interlocutoria que corresponda.
Actor: ELMEX SUPERIOR, S.A. DE C.V
Demandado: Directora de Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado de Hidalgo
Se da cuenta con el oficio presentado el 31/01/2024 por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. Se ordena dar vista a la parte actora para que formule su ampliación a la demanda en el término de Ley. Se tienen por señalados como delegados a las personas designadas para tal efecto. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el señalado, y como dirección de correo electrónico el referido.
Actor: ELMEX SUPERIOR, S.A. DE C.V
Demandado: Directora de Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado de Hidalgo
Se cuenta con la promoción recibida el 29/11/2023 en la que se impugna mediante juicio tradicional la resolución que señala. Visto el contenido de la promoción y considerando que en este asunto la resolución impugnada se ubica en el supuesto de procedencia de la vía sumaria, se ordena TRAMITAR EL PRESENTE JUICIO EN LA VÍA SUMARIA.
Actor: ELMEX SUPERIOR, S.A. DE C.V
Demandado: Directora de Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado de Hidalgo
En mérito de lo expuesto, fundado y con apoyo en los artículos 24, segundo párrafo, 28 y 58-9, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en concordancia con el diverso 36, fracciones VI y IX, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se RESUELVE:I. - Ha resultado procedente la solicitud de suspensión presentada por la actora, en consecuencia;II. - Se concede la suspensión definitiva de la ejecución de los actos traídos a juicio, debidamente detallados en el primer resultando de la presente sentencia, la cual surtirá sus efectos conforme a lo resuelto en el último considerando.
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