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Emeterio Flores Prieto | Dirección De Prestaciones Económicas Exp: 26496/19-17-03-6

Tribunal Federal De Justicia Administrativa > Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Emeterio Flores Prieto
Demandado: Dirección De Prestaciones Económicas, Sociales Y Culturales Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Materia: Administrativa o Fiscal

RESUMEN: El Expediente 26496/19-17-03-6 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Emeterio Flores Prieto en contra de Dirección De Prestaciones Económicas, Sociales Y Culturales Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 04 de Febrero del 2020 y cuenta con 27 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 26496/19-17-03-6

  • 28 de Abril del 2022

    Actor: EMETERIO FLORES PRIETO

    Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

    Se da cuenta con el oficio recibido el 22 de febrero de 2022, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, a través del cual la autoridad demandada remite las constancias con las que acredita dar cumplimiento a la sentencia definitiva dictada por este Órgano Colegiado el 30 de octubre de 2020.- En virtud de lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 297 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la materia, córrase traslado al actor, para que en el término de TRES DÍAS manifieste lo que a su derecho convenga en relación con el cumplimiento dado por la autoridad demandada a la sentencia pronunciada en el presente juicio, en el entendido de que de no hacerlo, se tendrá por cumplida la referida sentencia

  • 28 de Abril del 2022

    Actor: EMETERIO FLORES PRIETO

    Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

    Se da cuenta con el oficio recibido el 22 de febrero de 2022, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, a través del cual la autoridad demandada remite las constancias con las que acredita dar cumplimiento a la sentencia definitiva dictada por este Órgano Colegiado el 30 de octubre de 2020.- En virtud de lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 297 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la materia, córrase traslado al actor, para que en el término de TRES DÍAS manifieste lo que a su derecho convenga en relación con el cumplimiento dado por la autoridad demandada a la sentencia pronunciada en el presente juicio, en el entendido de que de no hacerlo, se tendrá por cumplida la referida sentencia

  • 11 de Marzo del 2022

    Actor: EMETERIO FLORES PRIETO

    Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

    Del análisis practicado a los autos del presente juicio, se advierte que no existen constancias del cumplimiento dado a la sentencia emitida por esta Sala el 30 de octubre de 2020, habiendo transcurrido en exceso el plazo concedido en la sentencia definitiva; por lo que, con fundamento en los artículos 57, párrafo primero y 58, fracción I, inciso a) de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, mediante atento oficio que al efecto se gire a la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, se le requiere, para que en el término de tres días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a aquel en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, acredite ante esta Sala el cumplimiento dado a la sentencia definitiva de 30 de octubre de 2020, con el apercibimiento de que en caso de incumplimiento, se le impondrá la multa prevista en el precepto legal en cita.

  • 11 de Marzo del 2022

    Actor: EMETERIO FLORES PRIETO

    Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

    Del análisis practicado a los autos del presente juicio, se advierte que no existen constancias del cumplimiento dado a la sentencia emitida por esta Sala el 30 de octubre de 2020, habiendo transcurrido en exceso el plazo concedido en la sentencia definitiva; por lo que, con fundamento en los artículos 57, párrafo primero y 58, fracción I, inciso a) de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, mediante atento oficio que al efecto se gire a la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, se le requiere, para que en el término de tres días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a aquel en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, acredite ante esta Sala el cumplimiento dado a la sentencia definitiva de 30 de octubre de 2020, con el apercibimiento de que en caso de incumplimiento, se le impondrá la multa prevista en el precepto legal en cita.

  • 11 de Marzo del 2022

    Actor: EMETERIO FLORES PRIETO

    Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

    Se da cuenta con el escrito recibido el 17 de febrero de 2022, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, por el que la actora pretende interponer queja por omisión de la sentencia de definitiva emitida por esta sala de fecha 30 de octubre 2020.- Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo en relación con el artículo 36, fracción VI, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se tiene por recibido el escrito de cuenta, sin que haya lugar a acordar de conformidad su admisión, toda vez que la QUEJA interpuesta quedó SIN MATERIA, en virtud de que, a la fecha, esta Sala inició de oficio el procedimiento tendiente a exigir el cumplimiento de la sentencia dictada en el presente juicio, en términos del artículo 58, fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, habiendo previamente determinado la omisión de la autoridad demandada de dar cumplimiento a la misma en el plazo legal establecido al efecto; siendo precisamente la determinación del incumplimiento de la autoridad demandada y la exigencia del cumplimiento de la sentencia dictada en el juicio que es la materia de la queja interpuesta

  • 11 de Marzo del 2022

    Actor: EMETERIO FLORES PRIETO

    Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

    Se da cuenta con el escrito recibido el 17 de febrero de 2022, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, por el que la actora pretende interponer queja por omisión de la sentencia de definitiva emitida por esta sala de fecha 30 de octubre 2020.- Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo en relación con el artículo 36, fracción VI, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se tiene por recibido el escrito de cuenta, sin que haya lugar a acordar de conformidad su admisión, toda vez que la QUEJA interpuesta quedó SIN MATERIA, en virtud de que, a la fecha, esta Sala inició de oficio el procedimiento tendiente a exigir el cumplimiento de la sentencia dictada en el presente juicio, en términos del artículo 58, fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, habiendo previamente determinado la omisión de la autoridad demandada de dar cumplimiento a la misma en el plazo legal establecido al efecto; siendo precisamente la determinación del incumplimiento de la autoridad demandada y la exigencia del cumplimiento de la sentencia dictada en el juicio que es la materia de la queja interpuesta

  • 26 de Noviembre del 2021

    Actor: EMETERIO FLORES PRIETO

    Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

    Se da cuenta con el oficio recibido el 5 de octubre de 2021, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, a través del cual la representación legal de la autoridad demandada, informa de las gestiones que se encuentra realizando, a fin de dar cumplimiento a la sentencia dictada en el presente juicio.- Con fundamento en el artículo 36, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, aplicable en términos de los artículos Primero y Quinto Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016, téngase por recibido el oficio de cuenta y por vertidas las manifestaciones en él contenidas, en mérito de las cuales, se ordena dar vista a la parte actora para los efectos legales a los que haya lugar.

  • 26 de Noviembre del 2021

    Actor: EMETERIO FLORES PRIETO

    Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

    Se da cuenta con el oficio recibido el 5 de octubre de 2021, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, a través del cual la representación legal de la autoridad demandada, informa de las gestiones que se encuentra realizando, a fin de dar cumplimiento a la sentencia dictada en el presente juicio.- Con fundamento en el artículo 36, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, aplicable en términos de los artículos Primero y Quinto Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016, téngase por recibido el oficio de cuenta y por vertidas las manifestaciones en él contenidas, en mérito de las cuales, se ordena dar vista a la parte actora para los efectos legales a los que haya lugar.

  • 23 de Agosto del 2021

    Actor: EMETERIO FLORES PRIETO

    Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

    Se da cuenta con el oficio recibido el 1 de julio de 2021, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, a través del cual el del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, designa como delegados a diversas personas para oír y recibir notificaciones.- En virtud de lo anterior y con fundamento en el artículo 5, último párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se tienen como delegados de la autoridad demandada a las personas mencionadas en los oficios de cuenta.

  • 23 de Agosto del 2021

    Actor: EMETERIO FLORES PRIETO

    Demandado: Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

    Se da cuenta con el oficio recibido el 1 de julio de 2021, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, a través del cual el del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, designa como delegados a diversas personas para oír y recibir notificaciones.- En virtud de lo anterior y con fundamento en el artículo 5, último párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se tienen como delegados de la autoridad demandada a las personas mencionadas en los oficios de cuenta.

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